¿Es PETROBRAS empresa estatal?

08/04/2007
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El Presidente Rafael Correa, en entrevista mantenida con la periodista Luisa Delgadillo del Canal 5 de televisión, transmitida desde el Palacio de Gobierno el día de hoy, sostuvo, sobre la base de lo que le habría aseverado el Presidente del Brasil Luis Ignacio Da Silva, que PETROBRAS es una empresa estatal. Con lo cual quedaría, a su criterio, zanjada una de las observaciones que el Ministro de Energía Alberto Acosta formulara respecto al Memorando de Entendimiento suscrito en Brasil por el Presidente Ejecutivo de PETROECUADOR Jorge Pareja Yannuzzelli, con Petróleo Brasileiro S.A. PETROBRAS de Brasil.

La reserva del Ministro Acosta se sustenta en, que de acuerdo a lo Reformado por el Art. 26, lit. b, num. 1 del Decreto Ejecutivo 1420, publicado en el Registro Oficial No. 309 de 19 de Abril de 2001, los convenios de Alianzas Estratégicas sólo es posible suscribir con empresas estatales, de acuerdo a lo que estipula el Artículo 4 del Decreto reformado, el que expresa que: “Los convenios de Alianza Estratégica con empresas petroleras estatales, así como los contratos derivados de tales convenios, se suscribirán en forma directa, previa la aprobación del Consejo de Administración de PETROECUADOR”, como lo reconoce el propio Memorando de Entendimiento, al incluir la norma legal antes citada en su cláusula 4. Si ello es así vale la pena analizar si PETROBRAS es una empresa estatal o no.

Según lo que estipula, en forma explícita, la Ley 9.478, promulgada por Fernando Henrique Cardoso, el 6 de agosto de 1996, PETROBRAS es una empresa mixta. Efectivamente, el artículo 61 estipula en forma expresa que: “Petróleo Brasileiro S.A. - PETROBRAS es una sociedad de economía mixta vinculada al Ministerio de Minas y Energía, cuyo objeto consiste en realizar la investigación, exploración, refinación, proceso, comercio y transporte de petróleo proveniente del pozo, de esquisto o de otras rocas, de sus derivados, de gas natural y de otros hidrocarburos líquidos, así como cualesquier otras actividades correlacionadas o afines, conforme definidas en Ley”.

Ratifica el carácter de empresa mixta lo estipulado por la Ley 9.478, en su Artículo 62, en el que establece que: “La Unión mantendrá el control accionario de PETROBRAS con la propiedad de, como mínimo, cincuenta por ciento de sus acciones, más una acción del capital votante.” Cita que confirmar el carácter de empresa mixta, puesto que el poseer el 51 por ciento del total de acciones no niega el carácter de mixto. Por el contrario lo ratifica.

Ante lo evidente, el Ministro Alberto Acosta tiene toda la razón cuando sostiene que la firma del Memorando de Entendimiento suscrito por el Presidente Ejecutivo de PETROECUADOR, viola lo establecido en las leyes pertinentes. En consecuencia, la firma del Memorando es ilegal, por lo que el señor Presidente de la República, en cumplimiento de lo establecido en la Constitución de la República, en el artículo 171, numeral 1, que estipula que el Presidente de la República debe: “Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados y los convenios internacionales y demás normas jurídicas dentro del ámbito de su competencia”, no puede menos que disponer que, dada la evidente ilegalidad del instrumento suscrito, se proceda a anularlo.

Quito, 8 de abril del 2007
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