La trampa de la regresividad fiscal: Ecuador y el FMI

28/03/2019
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 La anterior semana se develó la carta de intención con las condicionalidades que implicaron el acceso al crédito del Fondo Monetario Internacional –FMI- (monto innecesario de no haberse realizado la remisión tributaria a grandes empresas), suscrita por el ministro de finanzas y la gerente del Banco Central del Ecuador. En resumen, es posible indicar que dicha carta tiene como eje beneficiar a una élite y pauperizar a un gran conjunto de la población a través de varias políticas. Entre las principales se pueden mencionar las siguientes políticas: i) fiscal; ii) laboral; iii) estatal y; iv) banco central.[1] Debido a que cada aspecto debe ser profundizado, en esta ocasión se analizará la temática fiscal.

 

La política fiscal se va a basar en impuestos regresivos, ampliación de la base imponible y la eliminación del “distorsionante impuesto a la salida de divisas”. En efecto, la política fiscal del país tiene como fundamento que la élite de ingresos superiores no pague los impuestos que les corresponde y que eluden (no los pagan), en su lugar, el gran conjunto de la población –los de menores ingresos- van a pagar más tributos. De esa manera, en lo que a impuestos regresivos o indirectos se refiere, es probable que las intenciones se dirijan hacia aumentar el Impuesto al Valor Agregado –IVA- que ahora se encuentra en el 12% y/o empezar a gravar bienes que no lo están: como los alimentos. Eso va a generar una restricción del poder adquisitivo de las familias, disminuyendo el consumo y desalentando la demanda efectiva. Desde esa perspectiva, el estudio de Jorratt (2017) con información de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares Urbanos (ENIGHU) de 2003 demuestra que este es un impuesto regresivo, considerando que todos los índices que evalúan esta temática son negativos.

 

Tabla 1. Equidad vertical en el IVA con base de ingreso

 

Elaboración y Fuente: (Gómez Sabaini, Jiménez, & Martner, 2017, p. 163)

 

Por otro lado, si las personas con mayores ingresos no pagan sus impuestos, son las personas en rangos de menores ingresos las que van a cubrir estos montos, es decir, aumentar la base imponible. En el año 2018, el rango de ingresos de la tabla para el pago de impuesto a la renta establece que en ingresos anuales hasta USD 11 270 no pague nada por fracción básica. Es posible que personas en este rango de ingresos ahora tengan que pagar algún nivel de impuestos. Dicha alternativa será innecesaria de propugnar una política fiscal más progresiva que grave a la élite de mayores ingresos con más impuestos, sin embargo, dado el entramado en que los tomadores de decisiones de política pública son estas mismas élites es necesario recurrir a otras alternativas.

 

De esa manera, en concordancia con el ofrecimiento en la carta de intención de “eliminar las exenciones tributarias no justificadas, los regímenes especiales y las preferencias que en la actualidad benefician a los segmentos más ricos de la población” es necesario matizar el gasto tributario o los recursos que el Estado deja de recibir por una serie de exenciones tributarias en este grupo. En ese sentido, en el año 2012 se observa que el decil de mayores ingresos acumula el 99,69% del total del gasto tributario del impuesto a la renta de personas naturales en relación de dependencia (Deducciones Aportes IESS, Décimo tercer y décimo cuarta remuneración, Gastos Personales, Rebaja personas discapacitadas y tercera edad). Afectar a este decil es una opción. No obstante, en el “Informe del personal para la consulta del artículo iv de 2019 y solicitud de un acuerdo ampliado en el marco del comunicado de prensa del fondo ampliado; informe del personal; y declaración del director ejecutivo del Ecuador” no se menciona nada al respecto. Eso implica que esta posibilidad también es limitada.

 

Finalmente, sobre el “distorsionante” impuesto a la salida de divisas –ISD- se trata de una búsqueda de parte de las élites empresariales por institucionalizar la fuga de capitales, es decir, la salida de dólares de la economía. En ese sentido, ni los funcionarios del FMI consideran que este es una opción válida y, aunque en un diminuto pie de página, se indica que no es un bueno momento para eliminarlo.[2] Sin embargo, plantean que en cierto momento es necesario realizarlo. Un escenario que sin duda no es viable pues el ISD genera el incentivo para matizar la fuga de capitales, misma que en momentos de crisis las élites muestran que no dudarán en realizarlo. En conclusión, el ISD debe mantenerse, incluso aumentar su nivel.

 

En medio de este proceso de firma y conocimiento de las condicionalidades de la carta del FMI, el ministro de finanzas también generó acercamientos con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos –OCDE-. Por lo que es conveniente considerar algunas diferencias entre este organismo y el Ecuador en temática fiscal. En un primer momento destaca que la carga tributaria es menor en el país. En 2014 la carga tributaria en Ecuador es del 19% y del 34,2% para los países de la OCDE (en promedio). De esa manera, los argumentos de que en el país los tributos son demasiado altos y ahuyentan la inversión o el bienestar de la sociedad se diluyen. Desde esa perspectiva, la recaudación en términos porcentuales del PIB alcanza el 0,6% y en la OCDE el 8,4%.  Eso incluye a la tasa media efectiva del decil de mayores ingresos que apenas llega al 3,4% mientras que a los países de la Unión Europea en promedio alcanza el 21,3% aproximadamente.

 

Tabla 2. América Latina (18 países) y Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE): nivel de la carga tributaria, incluidas las contribuciones de la seguridad social, 1990-2014 (En porcentajes del PIB).

 

Elaboración: (Gómez Sabaini, Jiménez, & Martner, 2017, p. 39).

 

Gráfico 1. América Latina (18 países) y Unión Europea (28 países): tasa media efectiva del décimo decil y su participación relativa en la recaudación del impuesto sobre la renta de las personas físicas, alrededor de 2014 (En porcentajes).

 

Elaboración: (CEPAL, 2018, p. 56).

 

En conclusión, las condiciones del FMI expresadas en la carta están claramente delineadas con las élites nacionales e internacionales y es la población que no pertenece a este selecto grupo quien va a experimentar un serio deterioro en sus condiciones de vida, desde la temática fiscal. Sin embargo, esta no es lo único que ocurrirá. Con estas políticas, lo más probable es que la desigualdad aumente considerablemente y fracture el desarrollo económico del país, como ha señalado la misma la CEPAL: la desigualdad es ineficiente. Y la política fiscal puede ser uno de los mecanismos para generar redistribución.

 

Bibliografía

 

CEPAL. (2018). El Panorama Fiscal de América Latina y el Caribe . Santiago de Chile: Impreso en Naciones Unidas.

 

Gómez Sabaini, J. C., Jiménez, J. P., & Martner, R. (2017). El nivel y la estructura de la carga tributaria en los países de la región. In J. C. Gómez Sabaini, & D. Morán, Consensos Y Confictos En La Política Tributaria De América Latina (pp. 33-64). Santiago de Chile: Impreso en Naciones Unidas.

 

 [1] Aquí un resumen de las condiciones del crédito: http://www.historiaypresente.com/ejes-del-acuerdo-ecuador-fmi/

 

[2] “Dado que la perspectiva de la balanza de pagos se ha deteriorado y que Ecuador está buscando un programa del Fondo, las circunstancias actuales pueden considerarse como crisis o condiciones inminentes de crisis. En este contexto, este podría no ser el momento adecuado para eliminar el impuesto a las transferencias al exterior (…), pero la medida no debería ser permanente, y deberían hacerse planes para su eliminación una vez que se restablezca la estabilidad macroeconómica, y la posición de la reserva se fortalece.” (IFM, 2019, p. 62)

 

Fuente: https://coyunturaisip.wordpress.com/2019/03/27/la-trampa-de-la-regresividad-fiscal-ecuador-y-el-fmi/


 


 

https://www.alainet.org/es/articulo/199013
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