Comentarios desde la experiencia colombiana[1]

Transnacionalización y mercantilización de la educación pública

15/04/2004
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La "revolución educativa" que se adelanta en Colombia se encuentra inscrita dentro de las tendencias de política educativa neoliberal, que se han venido profundizando en el país a lo largo del último lustro. El gobierno de Uribe Vélez representa no sólo el cierre del ciclo de reformas neoliberales en este importante sector social. En su administración no está exclusivamente en consideración la culminación de los "nuevos" diseños institucionales -en cuanto "reglas de juego"- para la educación pública y su plena implantación, de acuerdo con las elaboraciones sectoriales de política por parte del capital transnacional y de sus instituciones de regulación supranacional. Más allá de ello, las transformaciones a que está siendo sometida la educación pública dan cuenta de la preparación y ejecución de un proyecto capitalista más integral y más complejo: La creación de un mercado mundial de la educación. Dicho proyecto pasa por la ruta de la mercantilización en el espacio educativo nacional estatal y concibe ésta como parte esencial de un nuevo tipo de inserción en el capitalismo transnacionalizado. Un examen de la política educativa como política sectorial no permitiría llegar a una aseveración de estas características. Para ello es necesario considerar, primero, que se está asistiendo a la consolidación de un nuevo sistema de poder transnacional, cuyo fundamento constitucional se encuentra en el "libre mercado", como principio de estructuración normativa básica de la organización política, económica y social de ese capitalismo transnacionalizado. Segundo, que la constitución política del mercado total, como proyecto político, cuenta con dispositivos de poder imperiales, políticos, económicos, sociales, militares e institucionales, para su plena implantación[2]. Tercero, que el gobierno de Uribe Vélez en Colombia se autocomprende como parte plenamente subordinada a ese proyecto y como un agente facilitador de ese proyecto en la región andina. El papel de súbdito de Estados Unidos es cuando menos notorio, protuberante. Si la "revolución educativa" neoliberal se lee en esa cartografía, los ejes de la política educativa, el "aumento de la cobertura, el mejoramiento de la calidad y de la eficiencia". Ya no se trata solamente de la conversión del derecho a la educación en la prestación del servicio de educación. Sino de éste, en una mercancía transable. La posición del gobierno de Uribe Vélez frente a las negociaciones de la OMC sobre el comercio de servicios, al proyecto de Área de Libre Comercio de las Américas, Alca y al proyecto de tratado bilateral de libre comercio con Estado Unidos permite sustentar esta afirmación. En estos tres escenarios está proyectada la mercantilización de la educación, en cuanto bien sujeto a transacciones de carácter comercial. La OMC y el proyecto de mercantilización de la educación La OMC es una de las instituciones de regulación clave del capitalismo transnacionalizado, surgida en 1995. De una institución cuya función original se centraba en la regulación del comercio de bienes, evolucionó hacia una organización que de manera creciente busca regular todas las fases del proceso de producción-reproducción. La OMC es la expresión normativa del proyecto político de constitución política del mercado total[3]. Actualmente posee, entre otros, tres instrumentos de regulación normativa: el GATT (Acuerdo general sobre comercio y aranceles), que incluye normas sobre dumping, subvenciones, aspectos comerciales de las inversiones, agricultura, textiles y confecciones, entre otros. El TRIPS (Acuerdo sobre derechos de propiedad intelectual en el comercio transfronterizo), que regula aspectos de la protección de patentes y de marcas, secretos empresariales, derechos de autor, patentes sobre seres vivos, entre otros. El GATS (Acuerdo General sobre el comercio transfronterizo de servicios), que contie Precisamente en este último se encuentra incorporado el proyecto de mercantilización de la educación[5]. Dicho proyecto resulta del inicio de la ronda de ampliación del comercio de servicios, en febrero de 2002, promovida especialmente por Estados Unidos, pero en la que han participado activamente la Unión Europea y otros países capitalistas. Tal ronda, de llevarse a cabo el cronograma previsto, conduciría a que a partir de enero de 2005, entraría en vigencia el GATS ampliado. El proyecto de GATS ampliado comprende nuevos servicios, distintos a los prestados por el sector privado, como se aprecia en el cuadro 1. Cuadro 1 Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios Sectores de servicios - Proyecto de ampliación Sector de servicio 1. Servicios profesionales y empresariales 1.. Servicios de comunicación 1.. Servicios de construcción y montaje 1.. Servicios de venta 1.. Servicios de educación 1.. Servicios ambientales 1.. Servicios financieros 1.. Servicios médicos y sociales 1.. Servicios de viajes y turismo 1.. Servicios de recreación, cultura y deporte 1.. Servicios de transporte 1.. Otros servicios no enumerados Esta ampliación de los servicios, como se ve, incluye funciones que históricamente habían sido asumidas por el Estado (especialmente en la fase del llamado consenso keynesiano de acumulación) y en gran medida habían podido ser sustraídas de la lógica puramente mercantil. Esa es la circunstancia por ejemplo de la salud y de la educación. El proyecto de GATS, a juzgar por lo que se conoce, abarca todos los niveles de la educación, como se aprecia en el cuadro 2. Cuadro 2 Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios Servicios educativos - Proyecto Niveles educativos 1.. Sector educativo primario (preescolar) 1.. Sector educativo secundario (básica, media, técnica) 1.. Sector educativo terciario (universitaria, profesional) 1.. Educación para adultos 1.. Otros servicios (ofertas especiales en 1. y 2.) Al incorporarse la educación dentro del comercio de servicios, su funcionamiento entraría a regirse por las normas que regulan el funcionamiento de los mercados en la OMC. Lo primero, hace referencia al acceso a los mercados, que se presume debe ser "libre", esto es, sin ningún tipo de restricciones o limitaciones. En ese sentido, el GATS ampliado supondría la apertura a las inversiones extranjeras en el sector educativo y, en consecuencia, el ingreso de "nuevos operadores" al mercado, que ahora han de competir con los "operadores nacionales". En ese aspecto lo previsible sería el surgimiento de empresas multinacionales de la educación, que se disputarían los nuevos mercados que resultasen de la nueva ronda de liberalización de los servicios. De hecho ya existen algunas transnacionales de la educación, particularmente en el nivel terciario (superior). En segundo lugar, el libre acceso y la libertad de inversión en los servicios implicaría adicionalmente la entrada en rigor de cláusulas no discriminatorias, es decir, la cláusulas conocidas como del "trato de nación más favorecida" y del "trato nacional". El "trato de nación más favorecida" consiste en que toda ventaja, favor, privilegio o inmunidad que conceda un país a los inversionistas (empresarios) de cualquier otro país, se otorgará inmediatamente y sin condiciones a los inversionistas (empresarios) de los demás países[6]. El "trato nacional" consiste en que un país no otorgará a los inversionistas (empresarios) de otros países, un trato menos favorable que el que otorga a sus propios inversionistas (empresarios). De esa forma, el GATS ampliado se constituiría en un instrumento para el libre flujo de "operadores educativos", en el cual la "nacionalidad" del "operador del servicio" pierde relevancia. El "trato nacional" implica, por ejemplo, que si un Estado subsidia sus instituciones educativas, en En tercer lugar, la llegada de nuevos "operadores" extranjeros demanda transparencia en la regulación estatal, esto es, que cualquier modificación o reforma en las normas sobre servicios, incluidos los servicios educativos, debe ser informada oportunamente y no puede contravenir las normas vigentes de la OMC. En cuarto lugar, sólo quedaría excluido de esta regulación todo servicio que no se suministrare en condiciones comerciales o en competencia con uno o varios "operadores del servicio". El alcance del proyecto de GATS ampliado se aprecia aún más cuando se contemplan las modalidades de servicios transfronterizos (trasnacionales). Tales modalidades comprenden: 1.- Llevar el servicio más allá de la frontera. El servicio va y viene a través de la frontera. En el caso que nos ocupa se trataría, por ejemplo, de servicios de educación a través de la internet, o de las llamadas universidades virtuales. 2.- Uso del servicio en el exterior. El consumidor va y viene a través de la frontera. En el caso de la educación se trata de los estudiantes que realizan estudios en el exterior o de los que llegan al respectivo país a realizar estudios. 3.- Presencia comercial. El prestador del servicio va y viene a través de la frontera. Este sería el caso típico de un inversionista extranjero, que opta por invertir en le sector educativo. 4.- Presencia de personas naturales. Se refiere a la migración transitoria de personas que trabajan en el sector de los servicios educativos de un país y que por razones de trabajo deben laborar en otro país. Para estas modalidades, el GATS ampliado contempla que no habría límites para acceder al mercado y tampoco respecto del "trato nacional". Como se aprecia con la extensión del GATS a la educación, se sientan las bases normativas para la organización de un mercado mundial de la educación. En la lógica capitalista tal mercado posee gran importancia si se considera que los gastos educativos a nivel mundial se estiman actualmente en 2 billones de dólares[7]. Con la ampliación del GATS se refuerza una tendencia que ya viene operando desde hace varios lustros en la educación superior y en la que algunos países como Estados Unidos, Gran Bretaña y Australia son verdaderos "líderes". Si se examina el asunto según las modalidades de la prestación del servicio ya anotadas, en la modalidad 1 se estima que el 6% de los estudiantes en educación superior en el mundo lo hacen a distancia; se registra igualmente la tendencia a la eliminación de las jornadas presenciales y se extiende con fuerza el concepto de universidad virtual. En la modalidad 2, es notorio el aumento de los estudiantes matriculados en terceros países. Durante los últimos veinte años el número de estudiantes extranjeros en Australia se ha duplicado y en Gran Bretaña se ha triplicado. Se calcula que un 7% en promedio de los ingresos universitarios en este país, proviene de tales estudiantes; en algunas universidades alcanza más del 30%. Estados Unidos obtuvo en 1999 ingresos por 9.000 millones de dólares por el mismo concepto. En la modalidad 3, es evidente el aumento de la oferta a través de sucursales en terceros países. En al año 2000, 35 universidades australianas desarrollaban 750 programas en el exterior y poseían cerca d De lo expuesto se puede inferir que la normativa de la OMC en materia de servicios representaría un golpe certero para la educación pública en cuanto reforzaría las tendencias a la privatización que se vienen consolidando durante la administración Uribe Vélez. La mercantilización en la lógica transnacional limitaría sensiblemente la posibilidad para concebir y desarrollar -desde la nacional-estatal- un proyecto educativo democrático y emancipatorio. Con ella se reforzaría más bien la instrumentalización de la educación para los propósitos del dominio y del control social por parte de las potencias capitalistas, especialmente de Estados Unidos, en el nuevo sistema de poder transnacional. El GATS representaría, en ese sentido, una verdadera anexión cultural. De otra parte, los efectos de la política neoliberal sobre la educación pública aparecen ahora extrapolados a escala transnacional: La exclusión educativa, la privatización de la calidad, la racionalidad económica capitalista (eficiencia) como fundamento de toda decisión de política educativa. Y algo cuando menos preocupante: con el GATS la educación se convertiría en otro lugar de controversia de los asuntos del comercio. Por ejemplo, ¡acceso al mercado educativo a cambio de la eliminación de los subsidios para el engorde de vacas! El GATS ampliado representa un proyecto, que como todo proyecto político, posee dificultades para su implantación. El reciente fracaso de la Ronda de Cancún de la OMC (septiembre de 2003) podría llevar a pensar que por lo pronto se aplaza el proyecto de comercio de servicios educativos, no se sabe si indefinidamente. Al no producirse acuerdos en la reducción y la eliminación de los subsidios agrícolas que Estados Unidos y la Unión Europea otorgan anualmente a sus productores (estimados en cerca de 318.000 millones dólares), un bloque de países en desarrollo, liderados por Brasil, India y China, no accedió a incorporar en la agenda de negociación los "temas de Singapur"[9]. Para la ampliación del comercio de servicios ello significaría una prolongación de los términos inicialmente previstos. La nueva ronda de negociaciones de la OMC debería estar concluida a principios de 2005[10]. Empero, para efectos del examen de las tendencias de política educativa es suficiente con tener en cuenta que el proyecto sigue allí, a la espera de "mejores condiciones"; que las presiones de Estados Unidos por sacarlo adelante , se mantendrán. Y que se activarán con mayor fuerza otras estrategias de liberalización de la economía que ya están en marcha. Desde tiempo atrás se tiene claro que la estrategia comercial de Estados Unidos comprende acuerdos multilaterales o bilaterales de libre comercio. Por ello, al tiempo que andaba el proyecto de OMC, se ha asistido a las negociaciones del proyecto de Área de Libre Comercio de la Américas, Alca y de acuerdos bilaterales. Precisamente en Cancún, la delegación estadounidense recordó a los demás miembros de la OMC que "Washington planea impulsar la liberalización del comercio a través de acuerdos bilaterales negociados con otros países o regiones. EE.UU. está tratando de negociar acuerdos de libre comercio con 14 países, incluyendo cinco en América Central". (...) Entre esos países se encuentra Colombia, cuyas elites dominantes, a través del gobierno de Uribe Vélez, vienen desde hace meses "rogando" por un acuerdo bilateral. Lo que para muchos países de la periferia capitalista ha sido celebrado como un avance en la consolidación de una posición de negociación soberana en Cancún, frente a los intereses de las potencias capitalistas y de las empresas multinacionales, para el gobierno de Uribe Vélez, es una oportunidad para ganar espacio en un acuerdo bilateral con Estados Unidos, que sólo sirve a un puñado de negociantes capitalistas criollos y afecta sensiblemente la posibilidad de un proyecto de economía nacional, al exponer la totalidad de la actividad económica y social a unas condiciones desiguales de competencia con las empresas multinacionales estadounidenses. Con razón el ministro Botero se apresuró a aseverar, en un comunicado oficial, que el resultado negativo de Cancún "no puede ser atribuido a los países de la Unión Europea ni a Estados Estado Unidos, que "expresaron su voluntad" para avanzar en la reducción de los subsidios agrícolas"[12]. La sujeción irrestricta del gobierno de Uribe Vélez a la estrategia comercial de Estados Unidos, con algunos pintorescos matices en el tema agrícola, permite aseverar dos cosas. Para este gobierno, la educación pública representa un sector susceptible de ser involucrado en el comercio de servicios; aún más, en consonancia con la ortodoxia neoliberal debe convertirse en una mercancía, en un bien transable. Segundo, aunque el discurso de la política educativa del "Estado comunitario" pareciera tener otros referentes, no debe quedar duda de que la "revolución educativa" refuerza en todo sentido la organización mercantil de la educación Colombia y se constituye en antesala para escenarios futuros de un comercio de servicios educativos. Si el proyecto de mercantilización de la educación pública por la vía de la ampliación del GATS puede tener algún retraso, es evidente que a través del proyecto de Alca y de la perspectiva de un acuerdo bilateral con Estados Unidos continúa su marcha. Probablemente con mayor opció El ALCA[13], el proyectado acuerdo de "libre comercio" con Estados Unidos y la educación pública Respecto de lo que es actualmente el proyecto de la OMC, el ALCA representa una versión más elaborada en cuanto a los alcances de sus definiciones normativas. La noción de constitución política del mercado total adquiere aquí toda su dimensión; sólo que se trata de un proyecto de transnacionalización regionalizada, bajo el poder imperial de Estados Unidos y de sus empresas multinacionales. Si bien es cierto que la perspectiva del ALCA se encuentra afectada por los procesos de crisis económica y social, así como por los cambios políticos en algunos países de América Latina[14], que indican una redefinición del proyecto, tramitado hasta ahora[15], hacia lo que se ha dado en llamar un "ALCA light"[16], el examen de los contenidos presentados en la reunión de Quito de 2002 mantiene vigencia en cuanto el proyecto continúa su trámite y tales contenidos dan cuenta de una visión política (en la forma de ordenamiento jurídico) sobre la forma como se quiere regular la organización económica y social del continente. Esta aseveración es igualmente válida para el caso de la educación pública. La normatividad hasta ahora prevista en el ALCA tendría unas repercusiones de la mayor magnitud: establecería una regulación para un mercado educativo "libre" en las "Américas". Aunque generalmente las tendencias a la mercantilización transnacional de la educación son examinadas en relación con las propuestas de definición amplia de servicios[17], una lectura transversal de la normatividad de los capítulos que conforman el proyecto de ALCA permite afirmar que las implicaciones para la educación pública trascienden el capítulo de los servicios. En efecto, desde la misma definición del propósito del ALCA, queda claro que se trata del "establecimiento de un área de libre comercio de conformidad con el Artículo XXIV del Acuerdo General de Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994 y su Entendimiento y el Artículo V del Acuerdo General sobre Comercio de Servicios" (GATS)[18]. En el segundo borrador, se estipula en un articulo del proyecto, de incalculables efectos, que "todos los países deben asegurar que sus leyes, reglamentos y procedimientos administrativos estén conformes con las obligaciones del presente Acuerdo"[19]. Tal formulación implicaría que cualquier definición de política educativa del orden nacional estatal o local estaría sujeta al "filtro" del ALCA. En la práctica se trataría de una renuncia total a la soberanía en este campo. El ALCA comprende la traducción de los presupuestos teóricos y políticos de la noción de "libre mercado" a todas las fase del proceso de producción-reproducción. La producción normativa abarca la producción, la circulación, la distribución y el consumo. No se trata de un acuerdo de libre comercio exclusivamente. La definición de los términos servicios e inversión deja en claro la pretensión de abarcar (mercantilizar) toda la organización económica y social. La noción normativa de "libre mercado" supone precisamente que se trata de regular el comercio de bienes y servicios y de las inversiones. Así mismo, la "apertura" del mercado a campos en los que su lógica aún no se ha introducido o, de haber ocurrido, apenas ha sido de manera parcial. Para la educación pública ello significa no sólo el salto mortal hacia el comercio "productos y servicios educativos", sino la entrada de nuevos inversionistas (productores del servicio), que se deben entender extranjeros, y más específicamente de multinacionales de la Ese ingreso de inversionistas multinacionales ocurriría sobre presupuestos de desnacionalización del sistema educativo, pues los proyectos de normatividad contemplan la superación (o el reforzamiento de la superación) de la organización nacional estatal con las cláusulas llamadas no discriminatorias, esto es, respecto del "trato nacional" y el "trato de nación más favorecida", ya examinadas en el caso de la OMC y con idénticos contenidos en el proyecto de ALCA. El concepto de "libertad económica" que atraviesa el acuerdo se encuentra reforzado con las cláusulas protectoras de la "libertad de empresa", del "libre acceso a los mercados" y de la "libre competencia". Así mismo, con la prevista sanción a prácticas que pudieran considerarse como desleales e inadecuadas. De esto último trata precisamente el capítulo sobre normas relativas a subsidios, antidumping y derechos compensatorios[20], que se mueve en el marco de las regulaciones de los Acuerdos Antidumping y del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (SMC) de la OMC. El proyecto de acuerdo prevé la adopción de medidas, "a nivel nacional o subregional, para proscribir las prácticas contrarias a la competencia". En igual sentido, está previsto el compromiso de cada parte a "permitir el acceso, en términos no discriminatorios, de las personas naturales o jurídicas domiciliadas en el territorio de cualquier parte, a los mecanismos y procedimientos previstos en su legislación nacional de competencia"[21] Dentro del proyecto de normatividad del ALCA merece especial atención la protección a los derechos de propiedad en general, y a la propiedad intelectual en particular[23]. Si bien pudiera afirmarse, que la normas sobre "libertad económica" se encuentran encaminadas a proteger y a afianzar los derechos de propiedad (privada), debe decirse que el segundo borrador incorpora un concepto de protección adicional que comprende factores de carácter extraeconómico en la protección de la propiedad de los inversionistas[24]. Tal concepto se había intentado introducir, en su momento, en el malogrado en 1998 Acuerdo Multilateral de Inversiones (AMI). El concepto de inversión en el Acuerdo apunta a generar unas condiciones de libertad absoluta al flujo de inversiones entre los países (las empresas) del espacio geográfico del ALCA, que como ya se dijo también comprenden el sector educativo. Ello resulta de la amplia definición de lo que se entiende por inversión, de la eliminación de cualquier restricción sectorial o en c Precisamente en este último aspecto, el proyecto de legislación del ALCA desarrolla la tendencia de "libre mercado" que caracteriza a todo el Acuerdo. En efecto, la eventual o presunta inobservancia de normas del ALCA será resuelta en instancias de regulación de conflictos de carácter privado. En ese sentido el ALCA de cuenta de las transformaciones del derecho público internacional en el marco de los procesos de globalización capitalista y de la búsqueda de soluciones a conflictos mediante "mecanismos alternativos", como los tribunales de arbitramento. La solución de conflictos se basa en una redefinición de los sujetos jurídicos, pues aquí las controversias más que controversias entre Estados, que también las pudiera haber, serán controversias entre empresas y Estados. A menara de ilustración, cualquier decisión de política educativa tomada por el Estado (bien sea por el gobierno central o por los gobiernos locales), en cualquier campo, por ejemplo, respecto de cuestiones relacionadas con definiciones curr Dentro de la normatividad básica del ALCA se estableció que este Acuerdo "puede coexistir con acuerdos bilaterales y subregionales, en la medida que los derechos y obligaciones bajo tales acuerdos no estén cubiertos o excedan los derechos y obligaciones del ALCA". En ese aspecto el ALCA pareciera compatible con los demás acuerdos de "integración", que en el marco del "regionalismo abierto" se han impulsado en los últimos lustros, bien sea a través de acuerdos bilaterales o de convenios subregionales de "libre comercio". Los aspectos normativos básicos consideran de manera específica la situación y las condiciones de acceso de las llamadas economías débiles, también desde un concepto de "libre mercado". Lo que hasta ahora prevé la normatividad es una flexibilidad relativa en cuanto a los tiempos de implantación del ALCA en esos casos, más que tratos preferenciales o tratamientos especiales a sectores específicos de su actividad económica. Colombia no es considerada, en todo caso, un país de economía débil en El examen de estos aspectos básicos del ALCA permite afirmar que estamos en presencia de un proyecto con profunda y nefastas repercusiones para la educación pública. Más allá de la "mercantilización regionalizada" de la educación que conllevaría este Acuerdo, lo que está en juego es la posibilidad de afianzamiento de un proyecto capitalista de dominación política y sociocultural. La mercancía transnacionalizada llamada educación traería como uno de sus atributos (valor de uso) los contenidos de una transculturización, estructurada sobre un sistema de valores y unas visiones de sociedad "genuinamente" neoliberales, en cuya raíz se encuentra la consolidación del poder imperial de Estados Unidos. No habría lugar para la construcción de un proyecto político-pedagógico que diera cuenta de la riqueza cultural del país. La anexión no sólo se constituiría en el sentido económico. También alcanzaría la dimensión sociocultural. El proyecto político de Uribe Vélez, se encuentra plenamente subordinado, como ya se ha dicho, a las definiciones de política regional y subregional de Estados Unidos. Respecto del proyecto actual de ALCA no habido manifestación expresa alguna por parte de este gobierno para controvertir los lineamientos generales de esta estrategia de culminación y pretendida irreversibilidad de las reformas neoliberales del Consenso de Washington[25]. En el caso de la educación es, entre tanto, de conocimiento público que el Ministerio de Educación se ha venido preparando y está preparando al sector educativo para un escenario de comercio hemisférico de servicios educativos, sobre los supuestos de libre acceso, libre inversión y libre competencia. Además de los diseños de "estrategias de negociación" y de la consideración de escenarios posibles de mercado, resulta útil la mercantilización del sector educativo en plena marcha con la "revolución educativa". Ésta sería una suerte de fase de preparatoria de una "mercantiliz Para los negociantes de la educación, que ya los hay en todas las modalidades de la educación, el ALCA es concebido como un reto y como una oportunidad, tal y como ocurre con el empresariado privado en general; como la posibilidad, a través de alianzas estratégicas", de conquistar nuevos mercados, de afianzar y ganar nuevas posiciones en el mercado interno, de incrementar sus ganancias. La producción del discurso en favor del ALCA por parte del gobierno y de intelectuales orgánicos del capital ha consolidado una posición antinacional, genuflexa a los intereses del imperio y en la que sólo cuenta la estrecha visión del negociante. Ello se ha hecho más evidente en relación con las "estrategias de negociación" en materia comercial del gobierno de Uribe Vélez: nada que le apueste al fortalecimiento de una posición negociadora subregional andina o suramericana frente a Estados Unidos. Más recientemente, frente a la perspectiva de un ALCA light, que, como ya se dijo, pareciera abrirse paso, ha ganado espacio la idea de trasladar las prioridades de "negociación" del ALCA hacia un acuerdo bilateral con Estados Unidos[26]. De nuevo aparece en este punto la "coincidencia" de intereses, que en el caso de Estados Unidos se verá probablemente estimulada ante el fracaso de la Ronda de Cancún. Por lo que se sabe, un acuerdo de libre comercio con Estados Unidos presumiría la plena subordinación al marco de negociación impuesto por la potencia imperial y sería, desde el punto de su contenido, idéntico a lo previsto en el ALCA. La diferencia radicaría en carácter bilateral del Acuerdo. Los "inversionistas" tendrían una identidad reconocida: multinacio Un escenario de acuerdo de libre comercio con Estados Unidos, que se aspira por parte del gobierno Uribe Vélez se concrete a más tardar en 2005, es similar en cuanto a sus efectos sobre la educación pública al examinado para el caso del ALCA, dado que los capítulos y los diseños de normatividad responderían al mismo libreto neoliberal. * Jairo Estrada Álvarez es profesor asociado del Departamento de Ciencia Política, Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, Universidad Nacional de Colombia Notas: [1] Una versión de este texto se encuentra en de mi libro La contra "revolución educativa". Política Educativa y neoliberalismo en el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, publicado en octubre de 2003.. [2] Escapa a los propósitos de este trabajo un análisis de los límites de tal proyecto, así como de las fuerzas mundiales de la resistencia y de la construcción de alternativas. [3] La idea de un estatuto para el libre flujo absoluto de capitales, impulsada por las potencias capitalistas y las empresas multinacionales con el proyecto de Acuerdo Multilateral de Inversiones - AMI sucumbió en 1998. Desde entonces, el proyecto político del capital en favor de una constitución política del mercado total se ha venido concretando a través de la OMC. [4] Desde 1996 se han intentado incluir en la agenda de negociaciones de la OMC otros temas. Éstos, conocidos como los temas de Singapur, incluyen inversiones, facilitación del comercio, transparencia en la compras gubernamentales y políticas de competencia. [5] En adelante me apoyo en Christoph Scherrer und andere (2003). GATS-Verhandlungsrunde im Bildungsbereich: Bewertung der Forderungen. Gutachten für die Max-Traeger-Stiftung, Universität Kassel, Kassel, März. [6] Se prevé en todo caso excepciones hasta un máximo de 10 años, respecto de la cantidad de oferentes del servicio, del valor del negocio, del monto de la participación de capital, entre otros. [7] David Hachfeld Wie Bildung zur Ware wird [8] Ibid. [9] Ver Portafolio y La República, 15.09.2003. Analistas señalan que las conversaciones habrían terminado antes de que los ministros pudieran entrar de lleno a tema más complicado, la agricultura, en temas como el acceso a mercados. El Tiempo, 16.09.2003 [10] El fracaso de la Ronda de Cancún representa un nuevo traspiés en el proyecto de liberalización absoluta de la economía mundial. Ya en Seattle, en 1999, se habían arrojado resultados similares, que apenas pudieron ser "enderezados" por la Ronda de Doha, en Qatar, en 2001. Lo que sigue ahora es "una reunión de altos funcionarios a más tardar en diciembre de 2003". Ibid. [11] "Vamos a buscar otros espacios" (...) "Siempre estaremos dispuestos a sumarnos [a la OMC], pero tampoco voy a esperar eternamente", afirmó Robert Zoellick, tras el fracaso de las conversaciones. El Tiempo, 16.09.2003, p.1-12. [12] Agregó además: "No puede entonces aceptarse, así suene popular y sirva a los intereses políticos de algunos países, que hemos vivido un nuevo episodio de confrontación entre los países ricos y aquellos de desarrollo incipiente". El Tiempo, 15.09.2003, p.1-11. [13] Un análisis extenso del ALCA lo realicé en mi trabajo La constitución política del mercado total. Reflexiones apropósito del Área de Libre Comercio de las Américas - Alca. En: Estrada Álvarez, Jairo (Compilador) (2003). Dominación, crisis y resistencias en el nuevo orden capitalista. Observatorio Político, Departamento de Ciencia Política, Universidad Nacional de Colombia, Bogotá, D.C. [14] Se trata de Brasil, Argentina y Venezuela, del "resurgimiento" reciente de MERCOSUR como opción de integración subregional y de un cierto fortalecimiento de la posición negociadora impulsada por estos países, especialmente por Brasil. [15] La última versión del proyecto de ALCA corresponde a los documentos presentados en noviembre 2 de 2002 en la reunión ministerial celebrada en Quito. [16] Dado que no parece presentarse avance alguno respecto de los subsidios estadounidenses a sus productos agrícolas (cerca de 100.000 millones de dólares en 2003), Brasil y otros países han manifestado que no incorporarían en la agenda de negociaciones temas relacionados con los servicios, las inversiones, las compras estatales, entre otros. El ALCA light tendería a un acuerdo estrictamente comercial. [17] Una de las propuestas señala, por ejemplo: "[1.6. a)Ninguna disposición de este Capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte prestar servicios o llevar a cabo funciones tales como la ejecución de las leyes, servicios de readaptación social, pensión o seguro de desempleo o servicios de seguridad social o [la seguridad o el seguro sobre el ingreso, la seguridad o el seguro social], bienestar social, educación pública, capacitación pública, salud y protección de la niñez. b)No obstante lo dispuesto en el Artículo 1.6.a, si un prestador de servicios de una Parte, debidamente autorizado, presta servicios o lleva a cabo funciones gubernamentales tales como servicios de readaptación social, pensión o seguro de desempleo o servicios de seguridad social, bienestar social, educación pública, capacitación pública, salud y protección de la niñez en territorio de otra Parte, la prestación de estos servicios estará protegida por las disposiciones de este Capítulo.]". [17] ALCA - Área de Libre Comercio de las Américas (2002). Borradores de Acuerdo. Capítulo sobre Servicios, art. 1º, Quito. En: www.ftaa- alca.org [18] Ibid. art. 1º. [19] Ibid. art. 28º. [20] Ver: ALCA - Área de Libre Comercio de las Américas (2002). Borrador de Acuerdo. Capítulo sobre subsidios, antidumping y derechos compensatorios, Quito, noviembre. En: www.ftaa-alca.org [21]Ver: ALCA - Área de Libre Comercio de las Américas (2002). Borrador de Acuerdo. Capítulo sobre Política de Competencia, art. 1º., Quito, noviembre. En: www.ftaa-alca.org [22] Sin contabilizar el mercado privado de la educación ya existente en el país y los gastos conexos a los gastos educativos en los que incurren padres de familia y estudiantes. [23] El ALCA protegería propiedad intelectual de empresas multinacionales, por ejemplo, sobre materiales pedagógicos y didácticos. [24] Por ejemplo, la protección frente eventuales desbordes del proceso político y social en protestas sociales o revoluciones. [25] Con excepción de las manifestaciones iniciales respecto de las políticas y los impactos sobre el sector agrícola por parte del ministro de Agricultura, Gustavo Cano, que en todo ya se "atemperaron" para sumarse a la política general. [26] Asesores gubernamentales como Rudolf Hommes han producido discurso, hasta la saciedad, sobre la conveniencia de un tratado de libre comercio con Estados Unidos. Frente a la agresiva estrategia de Brasil para un fortalecimiento de MERCOSUR, a la que se ha convocado al gobierno colombiano, han insistido en la necesidad de guardar distancia. El argumento es que sería más conveniente un acuerdo con Estados Unidos por la "complementariedad" de la economías, que con Brasil, dada la similitud en las posiciones sujetas a competencia, la cual favorecería más bien a los empresarios de este país. Por cierto, una forma cínica de sustentar un proyecto económico basado en la reprimarización, la desindustrialización y la terciarización precaria.
https://www.alainet.org/es/articulo/109789
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