Colonialismo contemporáneo en el Caribe

22/04/2012
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Artículo publicado en la Revista América Latina en Movimiento No. 474: La descolonización inconclusa 06/02/2014
Antecedentes
 
El Caribe contemporáneo permanece como la región políticamente más diversa del mundo en un espacio geográfico tan pequeño.  A finales del siglo XIX, gran parte de la región se componía de dependencias coloniales controladas por varias naciones europeas. Tras la creación de las Naciones Unidas (ONU) en 1945, y la posterior ola de independencia que se aceleró a partir de 1960, muchas de las dependencias del Caribe obtuvieron su independencia política.  Otras -en particular, los departamentos de ultramar de Guadalupe, Martinica y la Guayana Francesa- se integraron políticamente con Francia. Para 1960, estas dos opciones políticas de la independencia y la integración, junto con la asociación libre, se habían convertido en las normas internacionales vigentes de la igualdad política, de conformidad con la Resolución 1541 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU).
 
Antes de la adopción de este criterio de autogobierno por las Naciones Unidas, los avances políticos en las Antillas Neerlandesas y Puerto Rico en la década de 1950 produjeron diferentes formas de autonomía, que sin embargo no reunían todos los requisitos para la igualdad política plena.
 
Mientras tanto, las seis restantes dependencias de Reino Unido -las Bermudas, las Islas Turcas y Caicos, Islas Caimán, Anguila, Islas Vírgenes Británicas y Montserrat- y la de Estados Unidos (EE.UU.) -las Islas Vírgenes-, fueron clasificadas por la ONU en 1946 como territorios no autónomos, junto con la mayor parte del mundo no-independiente.  Mientras que otros territorios no autónomos transitaron hacia el pleno autogobierno, la evolución política progresiva ha sido insuficiente en las dependencias de Reino Unido y EE.UU. en el Caribe.
 
Las dependencias de Reino Unido y Estados Unidos
 
Las deficiencias democráticas son evidentes en ambos grupos de dependencias, ya que ambos se rigen por la autoridad unilateral ejercida desde la metrópoli. La abolición por el Reino Unido del gobierno electo de las Islas Turcas y Caicos y su instauración del dominio colonial directo, hace más de tres años, es indicativo del abuso de ese poder unilateral.  Ninguno de los modelos de dependencia de Reino  Unido ni de EE.UU. estaba destinado a ser permanente, puesto que dichos sistemas quedan por debajo del umbral reconocido para el pleno autogobierno. Estos modelos de dependencia pueden ser considerados transitorios y preparatorios  para la consecución del pleno autogobierno exigido por la Carta de las Naciones Unidas y las resoluciones de la Asamblea General.
 
Para las dependencias del Reino Unido, la autoridad unilateral está codificada en las constituciones redactadas por la metrópoli, y se refleja en los "poderes reservados" ejercidos por el gobernador británico residente en la dependencia, que puede anular la legislación después de su adopción por el gobierno electo.  El gobernador británico también puede emitir decretos para promulgar leyes, de manera unilateral, sin el consentimiento y en contra de la voluntad del gobierno electo de la dependencia. Las iniciativas a partir de 1999 para "modernizar" las constituciones de las dependencias del Reino Unido no tenían como propósito transferir poderes a los territorios, como lo exige el mandato de descolonización internacional en virtud de la Resolución 1514 (XV) de la ONU. Más bien, el resultado ha consistido en mantener y fortalecer aún más los poderes unilaterales, aun cuando los cambios en la nomenclatura podrían sugerir lo contrario. Las nuevas disposiciones, por ejemplo, cambian el nombre "dependencia" por el de "territorio de ultramar”, y el título del Jefe de Gobierno electo cambió de “chief minister” (ministro jefe o principal)  a la de “Premier” (primer ministro).  Sin embargo, el poder unilateral de la metrópoli se mantiene intacto.
 
Para las dependencias de EE.UU. -las Islas Vírgenes de los EE.UU. y Puerto Rico (así como varias dependencias en el Pacífico)-, se aplican poderes similares de la metrópoli. El Instrumento de Autoridad Unilateral (IAU) es la disposición general pertinente de la Constitución estadounidense, que autoriza al Congreso de EE.UU. aplicar leyes a las dependencias. Este modelo prevé un representante sin derecho a voto en la Cámara Baja del Congreso de EE.UU., pero ninguna participación en las elecciones presidenciales de la metrópoli. Una propuesta de constitución en el año 2009 para reemplazar a la Ley Orgánica de la metrópoli –sin cambiar el estatus de dependencia- contiene disposiciones para hacer frente a algunos aspectos del desequilibrio de poder político; pero las objeciones a su incompatibilidad con la autoridad unilateral de EE.UU. han estancado el proceso.
 
Similar a Reino Unido, EE.UU. practica una estrategia evasiva en materia colonial, al no participar en la labor del Comité de Descolonización de las Naciones Unidas sobre el contenido de las disposiciones de dependencia. La posición de EE.UU. es que las dependencias no han manifestado interés en modificar su estatus, lo cual evita la necesidad de que el metrópoli justifique el desequilibrio de poder político, así como su obligación de preparar las dependencias para el pleno gobierno propio, en virtud del artículo 73 (b) de la Carta de la ONU.
 
Países semiautónomos neerlandeses
 
Para los países semiautónomos neerlandeses, las disposiciones de la Carta de 1954 del Reino de los Países Bajos, para asegurar la "buena gobernanza" en los países semiautónomos del Caribe, han dado lugar a una expresión similar, si bien menos explícita, de poder unilateral de la metrópoli. A partir del desmantelamiento en 2010 de las Antillas Neerlandesas, compuestas por cinco islas, emergieron dos países semiautónomos: Curazao y Sint Maarten (isla de San Martín), en los que se ha impuesto un modelo de gestión menos autónomo, que desplazó el proceso presupuestario y otras competencias funcionales del gobierno electo a la metrópoli.
 
Una evaluación realizada por expertos, en 2012, del nivel de autogobierno de este nuevo modelo para Curazao, empleando indicadores específicos, reveló que el modelo original de país autónomo de 1954 incumplió incluso las normas internacionales menos precisas de autogobierno de ese momento, debido al desequilibrio de poder político. Por extensión, el modelo actual de gobierno semiautónomo en Curazao y Sint Maarten que resultó del desmantelamiento en 2010 de las Antillas Neerlandesas, redujo aún más el nivel de autogobierno, y no está en conformidad con las normas internacionales vigentes.
 
El ejercicio de desmantelamiento creó también tres “entidades públicas” parcialmente integradas a los Países Bajos: Saba, San Eustaquio y Bonaire.  No cuentan con el nivel de integración suficiente para dotar a sus pueblos de plenos derechos políticos; pero sí la suficiente como para crear tres nuevas fronteras de la Unión Europea en el Caribe, con implicaciones para la pesca, recursos naturales, la seguridad y la integración regional.
 
Conclusión
 
En las dependencias de Reino Unido y de EE.UU. que permanecen en el Caribe, nunca se ha emprendido ningún acto legítimo de autodeterminación, puesto que todas las iniciativas políticas y constitucionales se han llevado a cabo bajo la jurisdicción de las leyes de la metrópoli, y no bajo el derecho internacional. Entretanto, el actual modelo semiautónomo neerlandés no cumple con los estándares mínimos de una verdadera gobernanza autónoma ni de la igualdad política plena.
 
Las metrópolis respectivas han sostenido que las dependencias se encuentran satisfechas de sus sistemas de dependencia política, y equiparan el autogobierno a la celebración de elecciones. Sin embargo, esto es inconsistente con la realidad objetiva en las dependencias y los países autónomos, donde tanto líderes electos como la sociedad civil han expresado reiteradamente diversos grados de descontento con las deficiencias democráticas.
 
Para que las dependencias y los países semiautónomos puedan alcanzar el pleno autogobierno, será necesario un esfuerzo concertado de la comunidad internacional para aplicar el derecho internacional.  Dada la propensión de las metrópolis a mantener el control sobre los recursos y los flujos de capital en el Caribe no independiente, la plena autonomía seguirá siendo un reto substancial.
 
Dr. Carlyle G. Corbin es asesor internacional sobre la gobernanza y la diplomacia multilateral.
 
Este texto es parte de la revista “América Latina en Movimiento”, No 474, correspondiente a abril 2012 y que trata sobre " La descolonización inconclusa” disponible en http://alainet.org/publica/474.phtml.
 
https://www.alainet.org/es/active/54307
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