Ahora que sí van las cooperativas, vamos a hacerlo bien

07/03/2012
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Aunque pareciera que las cooperativas van a jugar un importante papel dentro del conjunto de organizaciones que coexistirán en la economía cubana, en tanto formas empresariales más socializadas que las privadas (autoempleo y cuentapropistas que contratan trabajo asalariado), no queda claro si se les piensa dar prioridad, como se ha hecho en muchos países, cuyas constituciones, leyes, y políticas públicas reconocen explícitamente las ventajas de las cooperativas sobre las empresas privadas y se establece que ellas sean privilegiadas por el Estado (Venezuela, Ecuador, etc.). Las medidas adoptadas en los últimos años y los debates del VI Congreso del PCC hechos públicos parecen indicar que ha sido menos complicado aceptar la creación de empresas privadas capitalistas (así el marxismo identifica a aquellas donde se contrata fuerza de trabajo asalariada de forma permanente) que cooperativas. Una de las razones por las que su avance en Cuba ha encontrado tantas barreras está en la persistencia de algunos prejuicios y confusiones sobre ellas. .

 
La cooperativa no es tanto una forma de propiedad legal de los medios de producción de una empresa, sino más bien un modelo de gestión empresarial diseñado para funcionar de la forma más democrática posible para sus asociados; y, en presencia de instituciones de coordinación que lo permitan, también para grupos sociales externos a ella. Una cooperativa no es una unión de accionistas (como sí son las sociedades mercantiles, anónimas o no), sino de personas que, independientemente del capital aportado, tienen el mismo poder de participar en la toma de decisiones y sus ingresos o beneficios dependerán del trabajo realizado y los criterios que ellos decidan. Aunque las cooperativas pueden contratar fuerza de trabajo temporal e incluso permanente, ello debe ser en menor proporción al número de asociados (no más del 20 o 30%) y con el compromiso de que si un trabajador contratado de forma permanente desea asociarse este debe tener la posibilidad de hacerlo, una vez que haya cumplido con los requisitos de entrada.

Por tanto, no cualquier empresa independiente del Estado es una cooperativa. Aquellos interesados en crear sus propios negocios, o funcionarios públicos que procuran descargar a las instituciones estatales de algunas de sus actividades, deben saber que la cooperativa es solo una opción para los casos donde la nueva empresa se guíe por los principios ya mencionados, y, en primer lugar, tome decisiones de manera realmente democrática.

Beneficios de la promoción de cooperativas para Cuba
Además de sus ventajas en el aspecto motivacional, en los modelos de gestión participativos son más óptimas las decisiones, el flujo de información es mayor y más confiable, están mejor preparados para la innovación, poseen mayor tendencia a internalizar intereses sociales, etcétera.

La consolidación y expansión de cooperativas en nuestro país traería por tanto importantes beneficios. Ello aumentaría la productividad del sector no estatal y la calidad de sus productos, sin que aumente la concentración de los medios de producción, y con mayor equidad en los ingresos. Al mismo tiempo, facilitaría la cohesión social mediante la coordinación entre los intereses de las empresas no estatales y los intereses sociales de las comunidades, representados en gobiernos municipales, consejos populares u otras organizaciones sociales; y su control mediante vías directas (participación en cooperativas “múltiples”(2) y, en la mayoría de los casos, mediante vías indirectas (regulaciones, contratos) más fáciles de fiscalizar dada su obligatoria e inevitable transparencia.

La expansión de cooperativas también impulsaría a las empresas privadas a mejorar los salarios y condiciones de trabajo de los trabajadores contratados, pues crearía alternativas de empleo más digno y justo. Además, si se establecen mecanismos y espacios de coordinación (condiciones en los contratos de arrendamiento, cooperativas múltiples, planificación democrática) con gobiernos locales, podrían disminuir los precios de los bienes y servicios que se ofertan en el sector no estatal.

Desde el punto de vista de la ley, la figura de cooperativas permitiría legalizar e impulsar lo que viene ocurriendo de manera legal entre personas, con licencias de cuentapropismo o no, que producen colectivamente para poder disfrutar las ventajas de la especialización y las de mayores escalas de producción (como las Cooperativas de Producción Agropecuaria), o que producen de forma aislada y se asocian para disfrutar algunas de las ventajas de la cooperación (como las cooperativas de consumo de empresarios, tipo Créditos y Servicios), así como las prácticas autogestionarias que ocurren en unidades empresariales estatales y podrían resultar en un funcionamiento más efectivo.

Además, posibilitaría transferir la gestión de unidades empresariales estatales de una manera más socializada y efectiva que como se está haciendo actualmente: arrendando de manera individual a cada trabajador, para aquellas actividades divisibles (peluquería, reparaciones); o, cuando las actividades requieren de trabajo colectivo (gastronomía), a una sola persona —al parecer el administrador— que contrata a otros (3). Ahora que ya se está pasando al arrendamiento de unidades de empresas estatales de mayor tamaño, se hace evidente la necesidad de la coordinación en el proceso productivo: se nombran “coordinadores” cuando son más de tres trabajadores por cuenta propia que lo arriendan.

Una mejor opción para los casos de unidades con tres trabajadores o más, sería arrendarlas a cooperativas formadas preferiblemente por los actuales trabajadores de forma voluntaria e informada.

Esto le permitiría al Estado “deshacerse” de ellas, pero sin dividir colectivos de trabajadores que ya se conocen y tienen la experiencia de trabajar en equipo, y sin crear relaciones de subordinación entre ellos. Además, se establecerían relaciones contractuales de arrendamiento más estables, y sería más fácil controlar que se cumpla con sus cláusulas condicionantes, lo cual será muy importante cuando las actividades transferidas estén relacionadas con necesidades básicas de consumo.

Por último, pero no menos importante, la existencia de cooperativas verdaderas permitiría que las personas que las integran satisfagan no solo sus necesidades materiales sino también las espirituales de desarrollarse plenamente como seres humanos: autorrealización profesional, autoconfianza, relación armónica con otros y la naturaleza.

También promovería el avance de valores, actitudes y habilidades democráticas (igualdad, responsabilidad, solidaridad, tolerancia ante opiniones diferentes, comunicación, construcción de consensos, trabajo en equipo) para la toma efectiva de decisiones en esos y otros espacios; la búsqueda de soluciones colectivas, más justas y desalienantes que permitan prácticas emancipadoras e integradoras.

Estos beneficios se obtienen fundamentalmente de la posibilidad que ofrecen las cooperativas —y otras empresas gestionadas democráticamente— de combinar las motivaciones y condiciones requeridas para un desempeño empresarial efectivo junto con lo necesario para ejercer y consolidar determinados valores. Es decir, permitirían satisfacer necesidades materiales sin renunciar a las espirituales, que en realidad están estrechamente interrelacionadas. Así, estas formas organizativas permiten romper el ciclo de baja productividad-bajos ingresos, y generar un ciclo de mayor productividad-mayor desarrollo humano, que acercaría el horizonte socialista.

Limitaciones de las cooperativas para la construcción socialista
Algunas de las deficiencias de las cooperativas enumeradas a continuación pueden ser corregidas con la ayuda de instituciones externas. En otros casos, no se trata realmente de deficiencias propias de las cooperativas, sino de las políticas de promoción que se emplean o del contexto en que surgen.

No es una tarea sencilla ni rápida lograr una verdadera gestión democrática, donde la mayoría de los asociados realmente participen ejerciendo sus derechos y responsabilidades. Este cambio cultural requiere tiempo y continuidad. Para lograrlo, debe establecerse la educación cooperativa (valores, principios, ética, habilidades para la gestión democrática) como una actividad fundamental —quizás obligatoria para su constitución— y facilitarse la educación económica y técnica relevante, de manera que los asociados se sientan mejor preparados para tomar decisiones acertadas o puedan evaluar las decisiones tomadas por los directivos, y haya un ambiente de igualdad de capacidades. Para asegurar que los conocimientos y habilidades democráticos sean utilizados, debe supervisarse su funcionamiento utilizando métodos pedagógicos, acompañados de consultorías, asesorías o mediaciones; e incluso la intervención temporal de su órgano de dirección cuando sea necesario.

Relacionado con lo anterior, cuando se establecen políticas públicas que promueven la creación de cooperativas, es importante tener en cuenta que la decisión de crear cooperativas debe ser iniciativa de los grupos de personas, lo que no impide que se les pueda impulsar y apoyar. Debe darse tiempo a que los beneficiarios de esos programas se conozcan antes de decidir (voluntariamente) con quiénes asociarse, ya que es importante que ellas estén formadas por personas que se tienen cierto grado de confianza y empatía; y que puedan comunicarse de manera efectiva. Por eso mismo, en las cooperativas ya establecidas, debe prestarse atención al crecimiento, de manera que los nuevos asociados entren de manera gradual.

La gestión democrática de las cooperativas puede resultar en que el tiempo que requiere la participación en la toma de decisiones cree una desventaja ante sus competidores. Por ello, las cooperativas deben buscar que los asociados puedan participar de la manera más directa posible en la mayor cantidad de decisiones, pero de manera que no disminuya la productividad del trabajo (al utilizar tiempo de trabajo para ello), y que no desacelere demasiado el funcionamiento de los procesos empresariales. Para lograr este balance pueden delegar las decisiones operativas a directivos elegidos, estableciendo claramente los criterios que ellos deben tener en cuenta al tomar las decisiones.

En las cooperativas de producción, algunos asociados pueden asumir comportamientos parasitarios. Como hay personas que necesitan una presión externa para motivarse hacia el trabajo, es recomendable que las cooperativas —además de vincular los ingresos a la productividad o resultados individuales (los cuales en procesos productivos más complejos resultan difíciles de medir)— establezcan mecanismos de supervisión colectiva para asegurar que cada asociado cumpla con sus responsabilidades, y de lo contrario sea sancionado, incluso con la expulsión de la cooperativa y responsabilidad penal.

Como toda empresa que opere en un sistema de relaciones de mercado, bajo la lógica de maximización de la ganancia, las cooperativas pueden ignorar o violar intereses sociales (precios especulativos, no pago de impuestos, no calidad de sus productos, contaminación, explotación de trabajo asalariado, etcétera). Por ello es crucial promover espacios de coordinación con gobiernos locales para asegurar que contribuyan a los objetivos de desarrollo del territorio y no atenten contra ellos; para eso se requiere que los gobiernos definan sus estrategias de la manera más participativa posible.

Finalmente, debe tenerse en cuenta que las cooperativas tradicionales (“de autonomía total”), dada la incapacidad del Estado de controlarlas directamente participando en su gestión, no son las formas empresariales más adecuadas para realizar actividades relacionadas con bienes o servicios de carácter estratégico (energía, comunicación, educación, salud, y otros sectores que así se consideren), las que requieren de grandes inversiones, compromisos a largo plazo y complejas exigencias. Asimismo, las cooperativas tradicionales no son las formas empresariales más adecuadas para la producción de bienes o servicios relacionados con necesidades básicas de consumo (alimentos, productos de aseo y limpieza, y servicios como el transporte, comunales, etc.), sobre todo en mercados desabastecidos.

Dependiendo de las particularidades de las actividades y el contexto en que se desarrollen, para aquellos casos en que no sea necesario una intervención directa en la toma de decisiones, se pueden utilizar cooperativas tradicionales bajo distintos contratos de arrendamiento más o menos estrictos (usufructo, concesión o franquicia) que establezcan los comportamientos esperados y las causas que llevarían a la cancelación del mismo. Mientras que para aquellos casos en que sí es necesario intervenir en la toma de decisiones, se pueden utilizar formas de “autonomía compartida” o cogestión, como las cooperativas múltiples, donde uno de los asociados sea el gobierno local y/o alguna organización que represente los intereses de las personas afectadas por su actividad.

Roles que podrían jugar las cooperativas en el nuevo modelo económico cubano
A pesar de las limitaciones de las cooperativas vistas anteriormente, los riesgos que su promoción pudiera generar son menores que los de las empresas privadas; aquellas tienen además potencialidades por encima de estas y de las estatales. En general, las cooperativas experimentan tasas de fracaso menores y son más propensas a articularse con intereses sociales más amplios que sus pares las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) no cooperativas.4 Además, la mayor parte de los riesgos de la promoción de cooperativas pueden ser evitados con políticas bien diseñadas e implementadas.

Aunque es cierto que la implementación de políticas públicas es complicada y siempre ocurren consecuencias no esperadas, los efectos negativos de darles preferencia seguramente serán mucho menos significativos que los de la expansión de empresas privadas que contratan trabajo asalariado y tienen una autonomía casi total frente a los intereses sociales. Los que temen que las cooperativas pueden convertirse en una fuerza de presión sobre el sistema político deberían estar más preocupados por la demostrada tendencia de los empresarios privados a penetrar los órganos de poder para asegurar que ellos respondan a sus intereses, generalmente opuestos a los sociales.

Las cooperativas podrían jugar roles importantes, sobre todo si no se les limita a la forma tradicional en que un grupo de personas tiene propiedad legal exclusiva sobre los medios de producción, resultando en una autonomía total. Como ha ocurrido en otros países, la creación de cooperativas podría ser promovida por el Estado, desde políticas nacionales y programas de gobiernos locales, hasta decisiones de instituciones estatales para contratar algunas de las actividades que hoy realizan las cooperativas.

Siendo más precisos, las organizaciones socioeconómicas bajo la figura legal cooperativa podrían jugar los roles siguientes:
 
o Cooperativas tradicionales de acuerdo a un marco legal establecido nacionalmente para su creación en todas las actividades no relacionadas con necesidades ni estratégicas ni básicas, como las que realizan hoy los trabajadores por cuenta propia, aunque modificando el actual listado de actividades permitidas —incluyendo las no relacionadas con consumo básico, como los servicios profesionales y otras actividades productivas.5 Estas cooperativas, como los trabajadores por cuenta propia, surgirían de forma espontánea y tendrían una autonomía o independencia casi absoluta, dentro del marco legal que se establezca, y cumpliendo los contratos de arrendamiento establecidos. Su creación podría ser también promovida por programas como las llamadas incubadoras de cooperativas.

o Cooperativas de producción formadas por un grupo de personas que trabaja de forma colectiva, como una alternativa a la contratación de trabajo asalariado por cuentapropistas, como vía para lograr economías de escala en los procesos productivos, sin concentración de riqueza ni relaciones de explotación.

o Cooperativas de consumo de empresarios formadas por trabajadores por cuenta propia que realizan una misma actividad o actividades relacionadas, y se asocian para disfrutar algunas de las ventajas de la integración y en particular de la cooperación.

Cooperativas de consumo de consumidores, para un grupo de personas interesado en asegurar la calidad-precio de los productos que consume, que puede comprar directamente a productores que garanticen los estándares deseados.

 Cooperativas de viviendas, para un grupo de personas interesadas en construir y/o mantener de manera colectiva sus viviendas.

 Cooperativas de ahorro y crédito, para un grupo de personas interesadas en ahorrar para garantizar mejores ingresos en el futuro o la posibilidad de adquirir productos.

 Cooperativas promovidas por gobiernos locales para realizar actividades que satisfagan necesidades básicas (bajo contratos de concesión u otra forma de arrendamiento) o no básicas.

o Cooperativas de producción de bienes básicos, que arrienden unidades de empresas subordinadas al gobierno, adquiriendo ciertos compromisos de ventas y/o precios.

 Cooperativas de producción de panes o dulces, u otros productos alimentarios o de limpieza, etcétera.

 Cooperativas agropecuarias de producción, para un grupo de personas interesado en utilizar tierra en usufructo (además de las CPA o quizás modificando la figura legal de la CPA; podrían utilizarse para la agricultura urbana).

o Cooperativas que ofertan servicios básicos que arrienden unidades de empresas subordinadas al gobierno, adquiriendo ciertos compromisos de trabajo y/o precios.

 Cooperativas de servicios comunales como la limpieza de calles, recogida de desechos, poda de árboles, etcétera.

 Cooperativas de transporte que concesionen rutas de ómnibus o zonas de taxis.

o Cooperativas que producen bienes o servicios no básicos (algunas producciones de la industria ligera, servicios como peluquerías, reparaciones, restaurantes, etc.) que arrienden unidades de empresas subordinadas al gobierno, bajo contratos de arrendamiento.

o Cooperativas de consumidores de bienes básicos.

 Cooperativas de consumo agropecuario o “mercados agropecuarios” que podrían administrar, bajo contratos de concesión, esos mercados, de manera que una supervisión más efectiva asegure que los productos tengan los mejores precios y calidad posibles.

Ellas podrían ser cooperativas múltiples donde el gobierno sea uno de los asociados, de manera que se asegure la representación de todos los residentes en el territorio; y si los trabajadores de los mercados se organizan como cooperativas de producción, estas podría ser un tercer grupo de asociados de esas cooperativas de consumo. Ellas podrían establecer relaciones directas con cooperativas de producción agropecuaria, o formar cooperativas de segundo grado que faciliten la comercialización.

• Cooperativas promovidas por instituciones estatales para realizar actividades que resulta más efectivo contratar a terceros que realizar directamente.

o Cooperativas de producción de servicios como mantenimiento, seguridad y otras actividades de apoyo con medios de producción que pueden ser de la cooperativa o que la empresa se los arriende.

Cooperativas de producción de bienes y servicios relacionados que realicen las actividades principales de las empresas estatales, y tales que requieren altos grados de motivación, son difíciles de supervisar y los medios de producción no son complejos; estableciendo contratos de arrendamiento según las distintas situaciones (para aquellos casos en que se quiere mantener una marca reconocida, la franquicia sería lo recomendable, de lo contrario sería la concesión).

 Para aquellos casos en que no resulta recomendable arrendar los medios de producción, por ser complejos o costosos, quizás la mejor variante sería una cooperativa múltiple donde la empresa estatal (propietaria de los medios de producción) sea uno los “participantes” de la cooperativa y pueda por tanto asegurar que ellos sean usados adecuadamente.

 Para aquellos casos en que los bienes o servicios que producen son básicos, sería recomendable una cooperativa múltiple donde los clientes o usuarios puedan asegurar que sus intereses son tenidos en cuenta teniendo a una organización que les represente (consejo de usuarios o gobierno local) como uno de los “participantes” de la cooperativa.

Consideraciones finales

Ahora que se ha decidido comenzar con los experimentos de cooperativas en algunos sectores, es importante hacerlo bien, para que no se creen falsas cooperativas y que las que surjan con buenas intenciones no se desvirtúen. Es imprescindible facilitar que tengan las condiciones mínimas de éxito y el tiempo requerido para el desarrollo de su cultura organizacional; de manera que se puedan obtener los beneficios posibles, y se superen sus limitaciones y los riesgos que entrañan. Sería recomendable que grupos de personas interesadas en crear cooperativas y que logren el apoyo de sus gobiernos municipales o instituciones estatales, puedan hacerlo también de forma experimental. Crear cooperativas debe ser una opción para los cuentapropistas, sobre todo para los que arriendan unidades estatales donde hay tres o más trabajadores.

Notas

1. “Declaración de Identidad Cooperativa” de la Alianza Cooperativa Internacional, Manchester, 1995.

2. Las cooperativas “múltiples” o “de participantes/interesados múltiples” (multi-stakeholders) son aquellas compuestas por más de un tipo de “participantes”: trabajadores, consumidores o proveedores. Estas son básicamente formas de cogestión entre esos distintos grupos, pudiendo estar presentes organizaciones que representen intereses sociales.

3. Según Reuters (“Cuba Moving Some State-run Cafes into Private Hands”, 12/1/2012), más de doscientas unidades empresariales de gastronomía serán arrendadas a sus actuales administradores, los cuales asumirán la figura de cuentapropistas y contratarán a otros trabajadores como asalariados, también bajo la figura de trabajo por cuenta propia.

-  Camila Piñeiro Harnecker, Profesora, investigadora y consultora de empresas. Centro de Estudios de la Economía Cubana, Universidad de La Habana.

Publicado en la revista Temas
 
https://www.alainet.org/es/active/53231
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