Contra la injusticia tributaria (II)

30/06/2007
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Hoy entra en vigencia la reforma tributaria que impulsó el Poder Ejecutivo, y que fuera aprobada por el Poder Legislativo. Justo es decir que los cambios introducidos por los parlamentarios frenteamplistas mejoraron el proyecto inicial, al igual que lo hicieron con la actual Rendición de Cuentas. En ambos casos, sin embargo, las modificaciones realizadas al proyecto del Ejecutivo no logran modificar la cuestionable filosofía de las propuestas.

En la nota anterior se decía y se reafirma: con esta reforma se aumenta la carga sobre el trabajo y se disminuye la carga sobre el capital. El reprocesamiento de la información sobre la recaudación esperada por tipo de impuesto permite observar que se mantiene la recaudación del Impuesto al Valor Agregado y que se duplica lo que pagan trabajadores activos y pasivos: 150 millones de dólares por Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP) se transformarían en 280 millones por Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Uno. La reforma aprobada no es lo que históricamente propició la izquierda, la cual postuló que los impuestos indirectos son injustos y regresivos, ya que todas las personas tienen que pagar lo mismo, independientemente de sus posibilidades. Estos impuestos le pesan más a quienes reciben menos ingresos porque éstos representan un porcentaje mayor de los mismos.

Un sistema tributario equitativo, afirmaba el FA, tiene que asentarse en los impuestos directos, a la renta neta de las personas - cuando supere las cifras necesarias para el sustento familiar – y al capital, considerando los “gastos necesarios para producir y conservar la renta”. De ese modo se intentaba respetar las diferentes situaciones que se producen en la economía y que existen en la sociedad.

La actual reforma no va al fondo, no es estructural, en tanto mantiene las mismas bases de sustentación de los impuestos vigentes hasta ahora. El denominado IRPF es igual al IRP, dado que el sector que lo sostiene es el de los asalariados activos y pasivos, a partir de ingresos vergonzosamente bajos, a lo que se agregan otros provenientes del trabajo -honorarios y similares- y muy pocos del capital -alquileres e intereses, de algún tipo de depósitos. ”El IRPF, es una prolongación y ampliación del impuesto a los sueldos y jubilaciones que existía, y que, aunque se derogue en su forma actual, sobrevive, fortalecido, y con agregados en esta nueva denominación." (1)

En la elección de los impuestos se ha privilegiado la técnica tributaria - simplificación, racionalización y suficiencia - en desmedro de la equidad que debe ser el principal criterio para estructurar el sistema, si se respeta la posición de la izquierda en tanto postula y postuló que la tributación debe ser un instrumento de particular importancia para apoyar la distribución equitativa del ingreso y el desarrollo.

Con su pretendida neutralidad técnica, la ortodoxia económica privilegia “los negocios” a las necesidades sociales. Esa es una opción ética, política e ideológica, no científica.

Dos. La reforma afecta gravemente la “equidad horizontal” – todas las personas que tienen igual capacidad de pago deberían soportar igual contribución -en tanto este reforma constituye un sistema tributario dual: las rentas del capital tienen una tasa básica de 12 %, aunque se reduce a 7% sobre utilidades y dividendos y a 3% sobre los depósitos bancarios en pesos a más de un año; en tanto, los trabajadores deben pagar tasas progresionales – aplicables a cada tramo de ingreso- cuyo mínimo es 10 % y llega al 25 %. Es obvio que con este sistema las retribuciones del trabajo y las pasividades - a igual ingreso - pagaran más que los que reciben la renta del capital.

A título de ejemplo: si alguien recibe $ 40.000 mensuales por intereses de depósitos bancarios en el país pagará $ 1.200; si es un empresario que recibe utilidades por igual monto pagará $ 2.800; en caso de ser arrendatario de inmuebles tendrá que abonar $ 4.800; en cambio, si la percepción se deriva de intereses de bonos de deuda pública no paga nada, al igual que tampoco pagan nada las empresas instaladas en zonas francas. Pero, cuando ese dinero lo recibe un trabajador, un pasivo o un profesional, deberá tributar $ 5.351: ¿eso es equidad? ¡No! Se trata, claramente, de una discriminación obvia en favor del capital financiero internacional, generalmente especulativo - y las grandes empresas, en particular las transnacionales.

Piense usted ahora que es un trabajador que pretende recibir lo suficiente para tener acceso a la canasta familiar (2) la que en mayo alcanzó a $ 31.240. Si en su hogar usted es el único que trabaja deberá tener un ingreso nominal de $ 43.580 y luego de descontada la seguridad social (15%) y DISSE (3%) pagará $ 4.500 de IRPF. Pero si en su casa son dos los que trabajan y tienen un ingreso nominal de $ 20.240, luego de los descuentos pagarán entre ambos $ 1.960, o sea, $ 2.540 menos que en el caso anterior. Quiere decir que tampoco hay equidad horizontal entre los hogares de los trabajadores.

Lo anterior nos lleva a un tema central: ¿cuál es el criterio para determinar el mínimo no imponible? Actualmente éste es $ 98.160 anuales, que quiere decir que dividido por los 12 sueldos más el aguinaldo y el salario vacacional usted pagará a partir de un sueldo líquido de $ 7.140, que no alcanza a ser la cuarta parte de la canasta familiar. Ese mínimo no se corresponde con la doctrina del impuesto a la renta: "reproducir y mantener la capacidad para obtener los ingresos" y, menos aún, con la concepción histórica del Frente Amplio, que en 1999 proponía un mínimo no imponible mensual de $ 12.500. ¿Cómo se explica eso?

El ministro Astori tiene su respuesta: "El sistema dual diferencia el tratamiento de rentas de capital y del trabajo porque el comportamiento de unas y otras ha cambiado sustancialmente en los últimos años; así de sencillo. Entonces un proyecto que se presento hace diez años no puede ser igual a este, porque si lo es está cometiendo un gravísimo error: no tiene en cuenta la globalización de la economía mundial, el comportamiento de unas rentas y otras; la diferente capacidad de movilización que conduce seguramente a resultados nefastos."(3) ¡Nuevamente el terror mesiánico! Hay una sola verdad y un solo camino, quién no lo recorra sufrirá gravísimas consecuencias. Eso vale, para la reforma tributaria, la rendición de cuentas, el pago de la deuda, el porcentaje de inflación, la autonomía del Banco Central, los acuerdos con Estados Unidos, en fin, usted ya sabe...

El argumento central para imponer el sistema tributario dual es la diferente movilidad de los factores productivos y el supuesto cambio de la economía mundial en los últimos diez años. ¡Hay de usted! que piensa que la globalización y el neoliberalismo tienen varias décadas, al igual los cambios tecnológicos y la transmisión instantánea de información financiera a nivel mundial. El ministro parece ignorar cuando ocurrieron esos cambios y desconoce, también, que el factor trabajo también tiene movilidad y la misma se hace más notoria cuando las familias uruguayas despiden a sus hijos que se van a trabajar al exterior. Ellas lo saben bien: Uruguay es un país de emigrantes, es una nación expulsora de su fuerza de trabajo. La fragmentación de nuestras familias es uno de los costos que nos hace pagar la ortodoxia económica.

La REDIU sostiene que: “Un sistema tributario cobra importancia porque explícita o implícitamente elige los sectores estratégicos y los grupos sociales que prioriza en su programa y con ello el estilo de desarrollo a que se apunta" (4). Si se acepta el postulado anterior es claro y notorio que esta reforma no avanza hacia el Uruguay productivo con justicia social que necesita el país.

Notas

(1) REDIU, "Sistema Tributario y reforma: el desencanto uruguayo", 27-06-2007.
(2) Calculada por "Búsqueda", con base en un sistema de muestreo a los hogares.
(3) Expresiones del ministro de Economía en la interpelación realizada en la Cámara de Diputados el 9-11-2006.
(4) REDIU, Ibíd.


Antonio Elias
Docente universitario, sindicalista, miembro de la Red de Economistas de Izquierda (REDIU)

Publicado en la contratapa de “La República”, 1 de julio de 2007
https://www.alainet.org/es/active/18385
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