Consejos comunales y arquitectura del Estado participativo

17/12/2006
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Según Aristóteles, en una democracia ideal todos los ciudadanos deberían conocerse entre sí. ¿Pero qué ciudadanos? La polis de Ática en el siglo V, hogar de la democracia ateniense, era habitada por unos 250.000 hombres, mujeres y niños. Sólo 30.000 hombres eran ciudadanos de todo derecho. Y de éstos, sólo unos 5.000 asistían regularmente a la Asamblea. En estas condiciones la justicia, la distribución de los bienes sociales y la defensa podían ser manejados directamente por la Asamblea, en la cual cada ciudadano podía escuchar y ser escuchado por todos los demás. La democracia directa era viable.

La población de Venezuela es cien veces la de Ática antigua. La comunicación directa entre todos los ciudadanos, la democracia directa, no es materialmente posible. Pero esto no quiere decir que el poder deba estar concentrado, como lo está ahora, en un pequeño grupo de dirigentes políticos. Hay una estrategia universal que permite resolver el problema de distribuir el control en un sistema muy grande: primero se le divide en subsistemas pequeños, manejables. Luego se crean mecanismos de comunicación entre los subsistemas, para asegurar el funcionamiento coordinado de la totalidad. Esta es, de hecho, la estrategia que usa la naturaleza para hacer de cien billones de células un hombre o una mujer, con sus sentimientos, sueños y aspiraciones.

Los Consejos Comunales reflejan parcialmente el ideal de la polis griega. La ley sancionada en abril pasado define a la comunidad, a su territorio y a su población; le otorga a cada comunidad el poder de definir sus funciones locales; los comités de tierras, comités de salud, mesas técnicas de agua y otros grupos de acción comunal, son incorporados como parte explícita de la comunidad; el Banco Comunal le da sustento económico. La ley consagra a la Asamblea como locus del poder ejecutivo local. Quedan afuera del alcance de la comunidad la justicia y la legislación.

La creación de los Consejos Comunales desplaza el centro de gravedad del poder hacia la gente. Pero para que este poder sea efectivo, la comunicación entre las diferentes comunidades es esencial. Es esta comunicación la que hará posible la identificación y coordinación de acciones de interés común. Y es de esta comunicación que emergerá, en la práctica, el nuevo Estado Participativo.

Aprovechando la analogía con la biología humana, podemos decir que es necesario integrar los órganos comunitarios en un sistema nervioso; que como todo sistema nervioso deberá proveer una comunicación fluida y bidireccional entre los órganos y el cerebro. Podemos llevar más allá este símil: el cerebro es un órgano especializado en coordinar y manejar información, pero no es sino un órgano más, incapaz de funcionar solo. De la misma manera, el ente o entes sobre los cuales recaiga la responsabilidad de la política nacional deben diseñarse para que sean comunidades, especializadas en políticas públicas. Y para que esta especialización no pueda ser asumida como fuente de privilegios y carta blanca para la monopolización del poder.

La reforma constitucional debe ir en esta dirección.
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