Los acuerdos de comercio como colonialismo moderno:

El acuerdo de comercio entre la Unión Europea y MERCOSUR

06/08/2019
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Plus ça change, plus c’est la meme chose”

Jean Baptiste Karr

 

El comercio preferencial como instrumento colonialista

 

El historiador inglés Thomas Pakenham en su libro The Scramble for Africa (La Rebatiña por África) describe como se repartieron el continente africano las potencias europeas durante el siglo XIX. Un detalle técnico importante es que todos los jefes de esas expediciones armadas que exploraban la región todavía desconocida, parecían llevar en cada bolsillo de su sahariana un acuerdo de comercio preferencial, favorable solo para su país, cuya firma proponían a los jefes locales a medida que los conocían. Con ese proceder solo imitaban el de los agentes de la Compañía Inglesa de las Indias Orientales, quienes, firmando acuerdo comercial tras acuerdo comercial, con los gobernantes locales, desde los albores del siglo XVII; fue así como la honorable compañía terminó creando un imperio privado que gobernaba sobre todos los territorios de lo que ahora son estados independientes: India, Paquistán, Bangladesh y Myanmar.

 

Es curioso e indicativo que la bandera de Estados Unidos sea una copia de la de la bandera de la Compañía Inglesa de las Indias Orientales, la única empresa privada que ha gobernado un vasto imperio por encima y con la colaboración de los gobernantes de quienes solo formalmente dependían.

 

El Sistema Generalizado de Preferencias (SGP)

 

En el seno de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE, un club de países desarrollados) se acordó conceder un trato preferencial a la exportación de bienes provenientes de países en desarrollo. Ese trato favorable era auspiciado por la “Cláusula de Habilitación” acordada por el GATT en su Ronda Tokio, permitía un trato preferencial concedido por cada país desarrollado en forma unilateral y discrecional. El país que lo concedía lo expresaba mediante listas de productos y países beneficiarios. Las exportaciones del mundo en desarrollo hacia los países desarrollados crecieron mucho bajo el trato preferencial (libre de arancel) que amparaba el SGP. El objetivo de esa generosidad de los países desarrollados era el de no encarecer con aranceles unas importaciones que con frecuencia eran materia prima o insumos para sus industrias.

 

El SGP se aplicó mucho a las exportaciones provenientes de Asia, África, el Caribe y América Latina.

 

En Latinoamérica los principales beneficiarios fueron las repúblicas de América Central que exportaban a Estados Unidos. Ese trato preferencial fue creando una dependencia parecida a la adicción. Como era una ventaja arancelaria concedida unilateralmente y de naturaleza revocable, no tardó en ser usada como medio de chantaje político. De hecho, con mucha frecuencia Washington amenazaba a los gobiernos centroamericanos con suspender el trato SGP si no cedían a tal o cual exigencia.

 

Este chantaje violaba la misma cláusula de habilitación del GATT que no permitía el re uso del SGP en condiciones no discriminatorias y prohibía exigir alguna reciprocidad, porque se basaba en el reconocimiento del menor desarrollo de los países beneficiarios.

 

La inseguridad del SGP como instrumento para acceder en modo preferencial al mercado norteamericano fue uno de los argumentos del Lobby Centroamericano que presionaba a favor del acuerdo de libre comercio propuesto por Estados Unidos (CAFTA) argumentaban que mediante un acuerdo bilateral se garantizaba el trato preferencial que daba el SGP, sin estar sujetos a la voluble discrecionalidad de Washington.

 

Estados Unidos y sus recuerdos de vasallaje económico

 

Como hay poco de nuevo bajo el sol y los acuerdos comerciales preferenciales ya demostraron su utilidad para crear estados vasallos reunidos en grandes imperios, esa política se repite desde cuando, en 1993, los Estados Unidos lograron hacer firmar el TLCAN (Tratado de Libre Comercio de América del Norte). Ese acuerdo que incluye a Canadá, México y Estados Unidos, el TLCAN reproduce en cuanto a cobertura de temas y normas un acuerdo previo suscrito entre Canadá y Estados Unidos.

 

Al incluir a México se le conoce como NAFTA, por sus siglas en inglés. El NAFTA será la matriz de los acuerdos que luego firmarán otros países de América Latina con Estados Unidos: Chile, Centroamérica (CAFTA), Colombia, Perú. Todos ellos idénticos, porque en realidad son acuerdos de adhesión. Sus rasgos más salientes son: inclusión de una apertura irreversible del sector de los servicios (distribución, financieros, telecomunicaciones, profesionales, etc.); prolongación de los monopolios relacionados con la Propiedad Intelectual (patentes, derechos de autor, etc.); apertura sin reservas a la importación de productos agrícolas norteamericanos a precios subsidiados; apertura sin condiciones a las inversiones extranjeras donde se incluye una renuncia a la soberanía legal jurisdiccional porque admite el recurso a un arbitraje externo en caso de disputa entre el Estado y el inversionista extranjero. Esta norma limita las iniciativas que un Estado pueda legislar o alterar a favor de sus intereses al status quo normativo al momento del ingreso al país del inversionista extranjero. Una restricción inaceptable para un gobierno democrático. Por ese y otros motivos fracasó la propuesta norteamericana de esa matriz de acuerdo, ante la Unión Europea.

 

Para completar el cuadro de explotación colonial tradicional; las exportaciones de los socios de Estados Unidos en esos acuerdos de supuesto libre comercio, sus productos deben cumplir con unos requisitos en el proceso de producción detallados en complicadas “normas de origen”. En general esas normas de origen para manufacturas tienden a imponer el uso de materia prima e insumos provenientes de Estados Unidos. Por ejemplo: por lo barato de la mano de obra una parte importante de las exportaciones de Centroamérica son confecciones textiles de algodón; en el CAFTA dice que el hilo de las telas debe ser con algodón de la región del acuerdo, esa frase que aparentemente garantiza neutralidad disimula una realidad y es que, por los subsidios norteamericanos al algodón exportado, ningún país centroamericano produce algodón porque no se puede competir. Esa norma de origen obliga en la práctica a confeccionar con tela norteamericana, lo cual encarece talmente la confección textil, que algunos países del CAFTA importan la tela de Asia y prefieren exportar a Estados Unidos sin la preferencia arancelaria. En síntesis, los acuerdos de libre comercio con Estados Unidos lo que hacen es asegurar la penetración de las grandes empresas transnacionales norteamericanas, cuyos recursos financieros les permiten imponerse utilizando la técnica del dumping; un arma típica del capitalismo predatorio. Esa amenaza suele obligar a que los empresarios nacionales acepten vender cuando las transnacionales les ofrecen comprar las empresas nacionales líderes, de ese modo los empresarios se evitan una competencia desigual ruinosa, salvan su capital y lo invierten en otra parte.

 

Es curioso que los negociadores norteamericanos de ese libre comercio siempre proclaman las virtudes de la libre competencia, cuando en la realidad su objetivo en la negociación es obtener monopolios para las grandes empresas. Las principales víctimas de esa lucha desigual son las pequeñas y medianas empresas, aquellas que como han demostrado numerosos estudios son las que proporcionan mayor empleo y cuya existencia, según Sismondi, demuestra una mejor repartición de la riqueza. Los acuerdos de libre comercio negociados por Estados Unidos con sus vasallos políticos son un modo de consolidar ese vasallaje integrándolos en una red de acuerdos que constituyen un imperio económico dependiente de la economía de Estados Unidos y de la salud de del dólar norteamericano. Hace ya un rato que Estados Unidos dejó de ser la economía más grande del mundo. La economía más grande es la Unión Europea con un PIB de 16,884 millardos de€ en 2017, contra 15,77 millardos de € en el PIB (GDP) Estados Unidos. Las cifras son cercanas, solo que la economía de la UE crece más porque tiene un superávit comercial, mientras que los Estados Unidos tiene un déficit comercial crónico.

 

De allí los esfuerzos norteamericanos para asegurarse mercados mediante acuerdos comerciales que le otorguen un acceso a mercados preferencial y la necesidad de convertir a sus socios comerciales en subalternos económicos. El último intento en esa dirección fue algo llamado Trans-Pacific Partnership que englobaba los satélites de Estados Unidos en la cuenca del Pacifico, para contrarrestar así la predominancia comercial de China. El acuerdo no llegó a ser porque Japón quedó afuera y porque el Presidente Trump lo desautorizó.

 

La Unión Europea

 

Desde los años 70 el Mercado Común Europeo mantuvo acuerdos comerciales con las antiguas colonias para comerciar con un mutuo trato arancelario preferencial. Ese hecho es posible que haya inspirado la política de acuerdos para un trato arancelario preferencial de Estados Unidos que no es otra cosa eso que ellos llaman Libre Comercio, para disimular algo lo que consiste en un trato discriminatorio que substancialmente viola las cláusulas sobre No discriminación contenidas tanto en el viejo GATT, como en el GATT de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

 

Como ya dijimos, los Estados Unidos comenzaron a imponer esos acuerdos de Comercio Preferencial a sus vasallos allá por los años 90, después de haberlos obligado a adherir al GATT en los años 80, en la época de mayor vulnerabilidad del Tercer Mundo por los refinanciamientos de la deuda externa. El propósito era de hacerlos adherir al GATT, que hasta entonces era un club de países ricos, porque en esos años el GATT negociaba la Ronda Uruguay en la que se planteaban novedades como un acuerdo sobre Comercio de Servicios (los obstáculos a la prestación de servicios no son aranceles sino normas y reglamentos) y un acuerdo sobre para el respeto de la Propiedad Intelectual, referidos básicamente relacionar el comercio internacional con el cumplimiento del Acuerdo de Paris sobre Propiedad Industrial (marcas y patentes, etc.).

 

Los acuerdos de libre comercio de Estados Unidos reflejan esas novedades, solo que con mayor pérdida de soberanía de lo acordado en el ámbito multilateral de la OMC. La Unión Europea no tardó en imitarlos y viene proponiendo un acuerdo muy similar, solo que la UE, por economía negociadora, prefiere hacerlo con bloques de integración económica que ya cuentan con un Mercado Común interno protegido por un Arancel Externo Común. Por eso negoció primero un acuerdo preferencial con el Mercado Común Centroamericano. Después comenzó a negociar con Mercosur, el principal bloque económico de Ibero-América (304 millones de habitantes) y la negociación duró 20 largos años: hasta el pasado 26 de junio cuando, por fin, se firmó un borrador de acuerdo que solo puede ser visto en el sitio en internet del Ministerio de Relaciones Exteriores de Argentina.

 

Ese acuerdo que merece ser estudiado con detenimiento, es bastante desequilibrado, porque en esencia abre los mercados de Mercosur a las manufacturas industriales europeas, con las que difícilmente las industrias argentinas y brasileñas podrán competir. Como contrapartida se extiende hasta casi 100.000 TM la cuota de exportación de carne de Mercosur a la Unión Europea y también abre el mercado europeo a otros productos agrícolas del Mercosur; pero se excluye el producto cuya exportación podría ser más rentable y extensa: el azúcar. En general el acuerdo asigna roles económicos que repiten el pasado colonial. Productos del campo contra manufacturas industriales. Otra novedad indicativa es que el acuerdo permite a las empresas europeas contratar europeos para llevar adelante sus actividades en el territorio del Mercosur, con la única condición de que hablen la lengua local; esa libertad aliviará el desempleo crónico de jóvenes profesionales en España y Portugal, pero por eso mismo esa cláusula recuerda la época en que las colonias eran el desaguadero para la juventud desocupada de las metrópolis europeas.

 

Almería 20/07/2019

 

 

 

https://www.alainet.org/es/articulo/201435
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