Más que un mecanismo de refrendación de los acuerdos de paz

Se requiere un nuevo sujeto capaz de cambiar el poder en Colombia

04/03/2016
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Quieren los encaramados en el poder que sea un plebiscito el mecanismo de refrendación de los acuerdos que surjan de la mesa de diálogos de La Habana, a sabiendas de que no se ha acordado entre las dos partes y que es un requisito para la firma del Acuerdo general del fin del conflicto.

 

Pretenden que un pueblo ajeno a los diálogos de paz o en el peor de los casos opuesto al mismo con los argumentos de quienes manipulan su conciencia y enajenan su propio interés, pase por alto no sólo ese compromiso, sino que desbordados con el poder que conquistaron como debocadas fieras sobre millones de víctimas a lo largo de años de confrontación; aspiran que millones de víctimas de su estrategia de muerte, los exalten como los héroes de una guerra sin vencedores ni vencidos, salvo la montaña de muertos que yacen insepultos en los campos.

 

Es tal el grado de poder que concentran los empotrados en el poder del Estado, que se dan el lujo de dividirse en dos bandos, quienes arrogantes y con sus manos aún sangrantes quieren continuar con el baile de la muerte, y quienes saciados de acumulación y mando apuestan por detener la orgía macabra. Sólo disputan el modo como quieren seguir la conducción de un Estado que asumen como propio.

 

El plebiscito es un mecanismo que tiene serios inconvenientes que han sido explicados por diferentes expertos en asuntos constitucionales y legales. El primero, no puede ser una decisión unilateral que una de las partes le imponga a la otra. En este caso, el gobierno insiste y se muestra agresivo y desafiante al insistir en el plebiscito, tal y como lo expresó recientemente Santos ante el país por los medios de comunicación cuando dijo que “Lo que se firme en La Habana lo someteré a plebiscito, les guste o no a las FARC”.

 

Además de esta arrogante actitud, el plebiscito sería inapropiado para refrendar los acuerdos porque, aunque es un mecanismo de consulta popular consagrado en la Constitución, la Ley 134/94 lo regula de la siguiente manera, “El plebiscito es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo.” Es decir, solo puede ser convocado por el presidente.

 

Hay dudas serias sobre el carácter vinculante del plebiscito. Es decir, lo acordado en La mesa de diálogos de La Habana pasaría a ser norma, lo cual genera dudas, ya que la Corte Constitucional en Sentencia C-150 de abril 8 de 2015 concluía: “En síntesis, el plebiscito tiene como finalidad avalar o rechazar una decisión del ejecutivo con propósitos fundamentalmente políticos y no normativos (…)”.

 

En esta misma dirección, el Congreso aprobó recientemente la Ley estatutaria que convoca el plebiscito para la paz, donde se afirma que “La decisión aprobada a través del Plebiscito para la Refrendación del Acuerdo Final (…), tendrá un carácter vinculante para efectos del desarrollo constitucional y legal del Acuerdo. En consecuencia, el Congreso, el Presidente de la República y los demás órganos, instituciones y funcionarios de Estado, dentro de la órbita de sus respectivas competencias, dictarán las disposiciones que les correspondan para acatar el mandato proveniente del veredicto del pueblo expresado en las urnas.”

 

Esta Ley estatutaria baja, además, el umbral al 13% del censo electoral que está en 33’820.199, lo que quiere decir que con solo 4´396.625 votos sería aprobado, cuando lo que habría que buscar es que una inmensa mayoría lo votara para que el acuerdo obtenga una sólida base de legitimidad y una aplastante victoria. De acuerdo a la norma que establece el plebiscito, para que éste pase el umbral se necesitarían 16’910.099 votos, es decir el 50% del censo electoral, el cual sería difícil de alcanzar si tenemos en cuenta el abstencionismo que caracteriza las elecciones en Colombia. Sin embargo, el reto de la paz nos obliga a derrotar hasta el abstencionismo.

 

Y si además se dice que lo que se acuerde en La Habana habría que someterlo a una comisión legislativa, en quienes se delegaría la tarea de crear la normatividad que le dará vida a lo acordado, cuando la magnitud de las reformas constitucionales que plantean los acuerdos, desbordan las funciones de una comisión legislativa, entonces el plebiscito definitivamente no debería ser el mecanismo de refrendación que se acoja.

 

Construir un proceso que desemboque en una Asamblea Nacional Constituyente como punto de llegada, puede ser el escenario democrático más idóneo para hacer las reformas de fondo y estructurales que requiere una sociedad que busca salir de más de 50 años de confrontación armada, y abrir completamente las puertas a un proceso de apertura democrática que incluya a quienes históricamente fueron excluidos de la participación política por vías legales.

 

Transitar a un nuevo momento requiere convocar el constituyente primario y sus demandas de justicia, democracia, participación y vida digna para todos. Con base en mandatos populares y legítimos que recojan la voz y demandas de las mayorías silenciadas.

 

La Constitución del 91 no cumplió con el mandato que le otorgó la Asamblea Constituyente cuando afirma en el preámbulo “…asegurar a sus integrantes (el pueblo colombiano), la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz…”. Ni tampoco hizo realidad el cumplimiento de la paz como un Derecho Fundamental, como lo ordena el Art. 22: “La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.”

 

Se le han hecho tantas enmiendas y cambios que hoy no interpreta el interés general de las mayorías sino el particular de una minoría que se ha quedado con las riquezas del país; ha embargado la soberanía nacional a una potencia extranjera; y el modelo económico que rige nuestra política económica, el neoliberalismo, tiene soporte legal en ella la Constitución del 91, dando vía libre a las privatizaciones y los TLCs que empobrecieron el campo y sus gentes con las importaciones que hoy tienen en jaque la soberanía alimentaria. Todo esto tiene soporte legal en una Constitución que fue pensada para sacar al país de la crisis social y la guerra que ayer como hoy es el reto más grande a superar.

 

De lo que se trata hoy es de continuar avanzando en el proceso de formación que devuelva al constituyente primario su condición de sujeto de cambio, su virtud ciudadana superior: para que sea el único factor real de poder que modifique las profundas estructuras de injusticia que subyacen a este Estado y régimen político, modificando la balanza de fuerzas a su favor, y no como hasta ahora se ha mantenido, del lado de los poderosos de aquí y de allá.

https://www.alainet.org/es/articulo/175852
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