ALAI, América Latina en Movimiento
2003-09-01
Negociando con la salud: Acuerdo sobre la Propiedad Intelectual y el acceso a medicamentos en el Area de Libre Comercio de las Américas (ALCA)
Médicos Sin Fronteras
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Los
medicamentos son un lujo para demasiadas personas en Latinoamérica
y el Caribe. Sin embargo, en algunos países de Latinoamérica
y el Caribe, este hecho está empezando a cambiar en lo
referente a medicamentos para el SIDA, ya que la competencia de
medicamentos genéricos está reduciendo los precios
drásticamente. Pero esta dinámica positiva se ve ahora
amenazada por el anteproyecto de las disposiciones relativas a la
propiedad intelectual contenido en el Acuerdo del Área de
Libre Comercio de las Américas (ALCA), una propuesta de
acuerdo comercial regional que abarca a todo el continente americano,
excepto Cuba. Para evitar la desaparición de la competencia
que está reduciendo los precios de los medicamentos y haciendo
que los tratamientos sean más accesibles, Médicos Sin
Fronteras (MSF) hace un llamamiento a los países del
continente americano para que excluyan todas las disposiciones
relativas a la propiedad intelectual contenidas en el Acuerdo del
ALCA. Si en el acuerdo del ALCA se proponen nuevas normas más
estrictas sobre la propiedad intelectual, perjudicará la salud
de los ciudadanos de los países americanos.
ANTECEDENTES
El debate
internacional de los últimos cuatro años sobre el
impacto de las normas comerciales internacionales en la salud pública
y el acceso a los medicamentos, ha suscitado preocupación en
cuanto a los efectos de la protección de la propiedad
intelectual (en especial las patentes) sobre los precios y el acceso
a los medicamentos. Las patentes son instrumentos de las políticas
públicas que se supone que garantizan que la sociedad se
beneficie de cualquier tipo de innovación. Pero en el caso de
los medicamentos, cuando la protección de patentes es
demasiado estricta en un país en vías de desarrollo,
puede limitar la capacidad de los gobiernos y del sector privado de
producir o importar productos más accesibles. Sin embargo, los
gobiernos del continente americano no están indefensos. Pueden
contribuir a contrarrestar los efectos negativos de las patentes
incluyendo en sus leyes nacionales medidas de control para proteger
la salud pública.
Este derecho está
recogido en el Acuerdo sobre Aspectos sobre Derechos de Propiedad
Intelectual relativos al Comercio (ADPIC) de la Organización
Mundial de Comercio (OMC). Fue reforzado en la IV reunión
ministerial de la OMC en Doha (Qatar) en noviembre de 2001 en la
Declaración Ministerial sobre el Acuerdo de ADPIC y la Salud
Pública, conocida como la “Declaración de
Doha”. Esta Declaración antepuso la protección
de la salud pública a la protección de los intereses
privados comerciales. Asimismo, confirmó el derecho de los
países a tomar medidas para limitar los efectos del monopolio
establecido por las patentes cuando sea necesario, a fin de proteger
la salud pública y fomentar el acceso universal a los
medicamentos.
La Declaración
de Doha reafirmó el derecho al uso de las salvaguardas
dispuestas en el ADPIC, entre las que se incluyen:
-
El derecho de los países a emitir, según su criterio,
una licencia obligatoria (véase el glosario en la página
11) no sólo en casos de emergencia.
-
El derecho de los países a determinar qué constituye
una emergencia nacional o un caso extremo de urgencia, en cuyo caso
el procedimiento de emisión de una licencia obligatoria se
facilita y acelera.
Algunos países
están empezando a hacer uso de las salvaguardas reafirmadas en
Doha. Sin embargo, los países ricos están
presionando a los países en vías de desarrollo para que
acepten propuestas en negociaciones comerciales multilaterales,
regionales y bilaterales que limitarían su capacidad de
implementar la Declaración de Doha y proteger la salud
pública. Los países del continente americano
soportan la mayor parte de esta presión. Por ejemplo,
Estados Unidos ha negociado un acuerdo bilateral con Chile y está
negociando un acuerdo regional con cinco países de
Centroamérica (Costa Rica, El Salvador, Honduras, Guatemala y
Nicaragua) conocido como el Acuerdo de Libre Comercio de
Centroamérica (CAFTA, en sus siglas en inglés),
susceptible de entrar en vigor a finales de 2003. Estos
Acuerdos se están ofreciendo como modelos a lo ancho del
continente del Acuerdo del Área de Libre Comercio de las
Américas (ALCA).[1]
El ALCA es el intento de mayor alcance en el ámbito
internacional de debilitar la Declaración de Doha.
EL ÁREA
DE LIBRE COMERCIO DE LAS AMéRICAS (ALCA)
El
Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA) es una
propuesta de acuerdo comercial regional entre 34 países del
continente americano, incluyendo todo el norte, centro y sur de
América, y el Caribe, con la excepción de Cuba. Si se
ejecuta, será la mayor “zona de libre comercio”
del mundo, un mercado de 13 trillones de dólares americanos
que abarca a más de 800 millones de personas. Las
negociaciones del ALCA se iniciaron oficialmente en 1998 y su entrada
en vigor está prevista para 2005.
El anteproyecto
del Acuerdo del ALCA es una serie de propuestas que incluye
disposiciones sobre derechos de propiedad intelectual, servicios,
inversiones, agricultura y acceso a mercados, entre otras. Hay nueve
Grupos Negociadores del ALCA, entre los que se incluye uno sobre
propiedad intelectual, que están negociando el texto de los
capítulos del Acuerdo.[2]
En las
negociaciones referentes a la propiedad intelectual, Estados Unidos
presiona para aumentar la protección de la propiedad
intelectual sobre productos farmacéuticos que está en
manos de la industria farmacéutica innovadora (a veces llamada
“de marca”), así como para reducir el derecho de
los países de la zona a tomar medidas necesarias para proteger
la salud pública. En otras palabras, Estados Unidos está
intentando imponer criterios en productos farmacéuticos que
van mucho más allá de lo requerido en el Acuerdo de la
OMC sobre ADPIC,[3]
por ejemplo:
-
Limitaciones drásticas impuestas sobre las circunstancias en
las que pueden emitirse licencias obligatorias de productos
farmacéuticos, mientras que el ADPIC no incluye dichas
limitaciones. La Declaración de Doha, a la que se acogieron
todos los Estados miembros de la OMC, confirmó que los países
tienen "la libertad de determinar los motivos por los que se
otorgan dichas licencias." Las propuestas del texto
borrador del ALCA limitarían, por ejemplo, la emisión
de licencias obligatorias a “emergencias nacionales”
declaradas o a otras situaciones de extrema urgencia y sólo al
sector público. Esto supone que los países ya no
gozarían del derecho a emitir una licencia obligatoria para
poner remedio a los altos precios que limitan el acceso a los
medicamentos, o para fomentar la competencia en el sector privado y
aumentar el acceso a medicamentos básicos patentados.
-
La prórroga del derecho de patentes, excediendo los 20 años
requeridos en el ADPIC, lo cual prolongaría el monopolio
disfrutado por los titulares de patentes y retrasaría aún
más la introducción de productos genéricos.
-
Una nueva función para las autoridades reguladoras de
medicamentos, normalmente responsables de garantizar la seguridad y
eficacia de los medicamentos, pero sin gozar de ninguna prerrogativa
en cuanto a las patentes. Estas normas propuestas requerirían
que las autoridades reguladoras de medicamentos consideraran el
estado de patentes de medicamentos antes de otorgar el registro
sanitario de los fabricantes genéricos. En efecto, esto
provocaría la entrada en vigor de patentes inválidas,
ya que las autoridades reguladoras de medicamentos no poseen la
experiencia ni los medios para verificar si una patente cumple con
los requisitos necesarios.
-
Derechos exclusivos sobre los datos de prueba farmacéuticos
que se han facilitado a las autoridades reguladoras de medicamentos.
Como las empresas genéricas confían en estos datos para
demostrar que sus productos son seguros y eficaces, esta exclusividad
retrasará significativamente la introducción de
productos genéricos, aun en el caso en que no haya
limitaciones de patentes.
Otra cuestión
que preocupa respecto al actual texto borrador es que el Acuerdo
pueda limitar la importación paralela sólo dentro de la
región del ALCA, contrariamente a lo establecido en la
Declaración de Doha. Como consecuencia, los países del
ALCA no podrán comprar en el mercado internacional para
importar los medicamentos innovadores más económicos.
Además, el texto borrador incluye una propuesta que prohíbe
la exportación de medicamentos producidos bajo licencias
obligatorias, lo cual es hasta cierto punto lícito actualmente
según el Acuerdo de ADPIC.
Estas propuestas,
calificadas por muchos expertos como “ADPIC-plus,”[4]
someterían a los países del continente americano a los
regímenes más estrictos y gravosos del mundo en cuanto
a la propiedad intelectual. Haití, uno de los países
menos desarrollados, se vería obligado a tener normas
estrictas respecto a patentes, aunque la Declaración de Doha
permite que los países menos desarrollados no tengan patentes
de medicamentos hasta 2016. Una vez firmado, el Acuerdo sería
vinculante para los 34 países del ALCA y podría primar
sobre el ADPIC y la Declaración de Doha.
¿QUé
ESTÁ EN JUEGO PARA LOS CIUDADANOS DEL CONTINENTE AMERICANO?
La crisis del
VIH/SIDA y las significativas discrepancias por el acceso a
tratamientos para el SIDA entre los países ricos y pobres
constituye un ejemplo notable de lo que está en juego en las
negociaciones del ALCA para los ciudadanos del continente americano.
Ayuda a ilustrar en qué situación se encontrarán
los nuevos medicamentos para enfermedades endémicas en la
región, como el Chagas, la malaria y la leishmaniasis, a
partir de 2005, cuando todos los nuevos productos innovadores puedan
estar protegidos por patentes debido a las normas del ADPIC (Haití
debería ser una excepción porque está
clasificado como uno de los países menos desarrollados).
Según la
Organización Mundial de la Salud (OMS), en la actualidad hay
1,9 millones de personas que viven con VIH/SIDA en Latinoamérica
y el Caribe. El Caribe es la segunda zona más afectada del
mundo, después del África subsahariana. La epidemia de
SIDA también está incrementando otras enfermedades
infecciosas en la zona, como la tuberculosis.
En países
ricos como EEUU y Canadá, los medicamentos antirretrovirales
(ARV) se han extendido considerablemente y han mejorado las vidas de
personas que viven con VIH/SIDA, reduciendo las muertes relacionadas
con el SIDA en más del 70%.[5]
Pero en los países en vías de desarrollo del continente
americano, cientos de miles de personas que viven actualmente con
VIH/SIDA no tienen acceso a estos medicamentos vitales, porque no son
asequibles.
Los países
de Latinoamérica ya se encuentran en desventaja en lo que
respecta al acceso a medicamentos asequibles. En los últimos
años, la mayoría de las empresas fabricantes ha
respondido a la competencia de productos genéricos y a la
presión pública, adoptando diversas políticas de
fijación de precios de ARVs en países en vías de
desarrollo mediante la “Iniciativa para Acelerar el Acceso”
(IAA).[6]
Pero en su mayoría, los países de Latinoamérica
han quedado al margen.
Aunque
todas las empresas fabricantes han reducido considerablemente los
precios para los países menos desarrollados y el África
subsahariana, sólo Merck y Roche han establecido precios
diferenciales para los países en vías de desarrollo de
ingresos medios.[7]
Sin
embargo, el acceso a productos genéricos ha comenzado
recientemente a reducir los precios en Latinoamérica. En junio
de 2003, la Organización Panamericana de la Salud (OPS)
anunció la conclusión de las negociaciones de precios
con 10 países de Latinoamérica (Argentina, Bolivia,
Chile, Colombia, Ecuador, Méjico, Paraguay, Perú,
Uruguay y Venezuela) que incluían la industria genérica.
La competencia de productos genéricos provocó un
descenso en el coste anual por persona de tratamientos de primera
línea de 1.000-5.000 a 350-690 dólares americanos.
Ninguna de las empresas fabricantes innovadoras que producen ARVs
excepto Abbott Laboratories estaba dispuesta a proponer un precio
regional común y abandonaron estas negociaciones.[8]
Aunque algunos de estos medicamentos están patentados en
algunos países, los gobiernos no permitieron que este
obstáculo legal se interpusiera en la trayectoria de las
negociaciones finales y, como consecuencia, juntos podrían
ahorrar un coste estimado de 120 millones de dólares
americanos al año, siempre que se dieran en el lugar unas
condiciones flexibles para otorgar licencias obligatorias.
La
competencia de productos genéricos ha sido uno de los
mecanismos más importantes, fiables y poderosos para reducir
sistemáticamente los precios de los medicamentos. Si el
Acuerdo de ALCA finalmente refuerza la protección de patentes,
se eliminará la dinámica de la competencia que ha
motivado el descenso de los precios de ARV en algunos países
de ingresos bajos y medios del continente americano. Un acuerdo del
ALCA que contenga disposiciones ADPIC-plus tendría un impacto
catastrófico en las vidas de millones de personas que viven
con VIH/SIDA y otras enfermedades.
Guatemala
“La
situación de acceso a medicamentos en Guatemala es pésima,
es espantosa. Con respecto a VIH/ SIDA, en la actualidad hay en
Guatemala aproximadamente 1.500 personas que reciben tratamientos
antirretrovirales y MSF trata casi a un tercio de dichas personas.
Compramos productos genéricos de calidad. Si no existe un
compromiso sobre la posibilidad de comprar estos productos genéricos,
entonces será prácticamente imposible tratar a los
pacientes con VIH/SIDA en Guatemala. Si sólo se dispone de
medicamentos innovadores para tratar el VIH/SIDA, apenas habrá
pacientes que reciban un tratamiento.”
-
Luis Villa, Jefe de Misión de MSF en Guatemala
En Guatemala,
67.000 personas, de las cuales 4.800 son niños, viven con
VIH/SIDA.[9]
En el país no se presta mucha atención a esta dolencia.
Se dispone de ARVs, pero no son asequibles: el tratamiento que
ofrecen las empresas fabricantes innovadoras tiene un coste medio de
entre 320-800 dólares al mes, y los ingresos medios de un
guatemalteco son aproximadamente 160 dólares americanos al
mes. MSF trata a cerca de 400 pacientes con terapias con ARV en
hospi-tales ( en Ciudad de Guatemala y Coatepeque y tiene previsto
doblar el número de pacientes en tratamiento el próximo
año.
Como en Guatemala
los ARVs no están protegidos por patentes, MSF utiliza ARVs
genéricos en sus programas. Hace sólo un año,
esto suponía que la diferencia de precio entre lo que MSF
pagaba por medicamentos genéricos y el precio que el gobierno
guatemalteco pagaba por medicamentos originarios estaba entre 75-99%
(véase la tabla expuesta más abajo). Aunque los precios
de ARVs innovadores han descendido considerablemente en el pasado año
debido a la competencia de productos genéricos, como término
medio siguen siendo entre dos y cinco veces más caros que las
alternativas ofrecidas por productos genéricos de calidad. Si
el gobierno decidiera lanzar un programa nacional de tratamientos y
utilizar medicamentos genéricos, según la legislación
actual tendría derecho a comprar los medicamentos asequibles
que compra MSF. Pero si ALCA introduce normas nuevas y más
estrictas, el acceso a los medicamentos asequibles será mucho
más difícil y los presupuestos ya debilitados
des-tinados ( a la salud no alcanzarán para tanto.
Las patentes no
son la única forma de restricción de acceso a
medicamentos del Acuerdo de ALCA. En abril de 2003, bajo presión
para adoptar los criterios de EEUU de protección de datos
sobre pruebas farmacéuticas, el gobierno guatemalteco modificó
su proyecto de ley nacional sobre la propiedad intelectual. El nuevo
decreto 9-2003 otorga a las empresas fabricantes de productos
farmacéuticos cinco años de exclusividad sobre los
datos procedentes de pruebas que deben facilitar para obtener la
aprobación de un medicamento por parte de las autoridades que
regulan los medicamentos. Esto supone un retraso automático de
cinco años en la disponibilidad de medicamentos genéricos,
aunque no estén bajo patente. Para los miles de guatemaltecos
que viven con VIH, cinco años sin acceso a ARVs asequibles
puede significar la diferencia entre la vida y la muerte. MSF, junto
con grupos de la sociedad civil guatemalteca, insta al gobierno a
rechazar el decreto y abolir la exclusividad de datos, con el fin de
fomentar la competencia de productos genéricos y mejorar el
acceso a los medicamentos de calidad. Tal como están las
cosas, Guatemala es el único país de Centroamérica
que otorga cinco años de protección exclusiva para los
datos procedentes de pruebas, pero el ALCA amenaza con ampliar esta
disposición a todos los países del continente
americano.
Ejemplos
de precios en dólares americanos de ARV genéricos y de
medicamentos innovadores en Guatemala por paciente y año
|
Nombre
del medicamento (denominación común internacional)
|
Precio
de medicamentos genéricos (julio de 2003)
|
Precio
de medicamentos innovadores (julio de 2002)
|
Precio
de medicamentos innovadores (julio de 2003)
|
|
AZT+3TC
|
352
|
4.198
|
686[10]
|
|
D4T
(40 mg)
|
53
|
5.271
|
270[11]
|
Brasil
La amplia
disponibilidad de medicamentos asequibles puede ayudar a los países
a obtener resultados sorprendentes en programas de tratamiento de
VIH/SIDA. Al utilizar la producción local de genéricos
y la competencia para conseguir medicamentos de calidad a precios
bajos, el Programa Brasileño Nacional del SIDA garantiza el
acceso universal a tratamientos para todos los brasileños que
viven con VIH/SIDA. Si el ALCA hubiera estado en vigor cuando el
decreto presidencial ordenó el acceso universal, es dudoso que
el programa hubiera sido posible, y quizás Brasil no habría
podido conseguir su éxito espectacular: 90.000 muertes por
SIDA evitadas, 60.000 casos de SIDA prevenidos y 358.000
hospitalizaciones relacionadas con el SIDA evitadas entre 1996 y
2002, suponiendo un ahorro gubernamental de más de 2 billones
de dólares americanos en el mismo periodo.[12]
A los activistas
del SIDA en Brasil les preocupa el impacto negativo de las propuestas
de EEUU sobre la propiedad intelectual en el ALCA.
“Mi país
debe ser capaz de emitir licencias obligatorias siempre que lo
necesite con el fin de incrementar el acceso de su población a
los medicamentos, y ningún acuerdo internacional, incluido el
ALCA, debe impedírselo. En la actualidad nuestro Programa
Nacional del SIDA está suministrando antirretrovirales
gratuitamente a 115.000 personas con VIH/SIDA. Los nuevos
medicamentos que algunos de nosotros necesitamos utilizar son ya muy
caros y para que el Programa Brasileño del SIDA funcione, es
imprescindible la emisión de licencias obligatorias. El
derecho a la salud es fundamental para todos los seres humanos y
ningún acuerdo comercial debe estar por encima de este
derecho.”
-
Jorge Beloqui, activista del SIDA, Grupo de Incentivo a Vida (GIV),
São Paulo
Perú
“Quiero ver crecer a mi hijo, quiero verle ir al colegio, quiero verle en su primera comunión, bailar con él cuando cumpla 18 años. Estos niños no saben lo que tienen [VIH/SIDA], tienen derecho a seguir viviendo, quieren vivir. Quiero los mejores medicamentos, pero los antirretrovirales están fuera de mi alcance.”
-Verónica,
paciente de 30 años de MSF, de Lima, Perú, cuyo marido
e hijo también tienen VIH/ SIDA
En Perú
aproximadamente 76.000 personas viven con VIH/SIDA,[13]
pero sólo alrededor del 2% de personas que viven con VIH/ SIDA
tiene acceso a ARVs. El coste del tratamiento más
económico del que se dispone es de 1.100 dólares
americanos anuales por persona, aproximadamente los ingresos anuales
medios de una familia.
MSF tiene dos
programas de prevención y tratamiento de VIH/SIDA en Perú,
uno en un suburbio al sur de Lima y otro en la Prisión de
Lurigancho. Para ayudar a las personas con VIH/SIDA a acceder a los
ARVs que alargan la esperanza de vida, MSF también apoya al
“Colectivo Para la Vida”, un grupo de ONGs peruanas y de
grupos de autoayuda que trabajan para incrementar el acceso a
medicamentos esenciales, incluyendo ARVs. MSF pretende introducir
terapias con ARVs en sus proyectos en 2004.
Los ARVs
genéricos están introduciéndose progresivamente
en el mercado peruano y están compitiendo con medicamentos de
empresas fabricantes de medicamentos innovadores, pero esto es sólo
posible porque en Perú todavía hay muy pocos
medicamentos que estén patentados. Desde la revisión de
la legislación regional andina para atenerse a lo dispuesto
por los ADPIC, actualmente se están presentando demandas para
patentes para los nuevos medicamentos que entren en el mercado, tales
como la combinación AZT+3TC, comercializada por
GlaxoSmithKline (GSK) como Combivirâ en 1998. Según la
legislación vigente en todos los países andinos, Perú
puede solicitar un recurso si GSK cobra un precio demasiado elevado.
Las disposiciones vigentes estipulan que sólo necesitan hacer
una declaración de interés público instando a la
oficina de patentes a otorgar una licencia obligatoria a los
fabricantes que puedan producir el medicamento a precios más
bajos. Este sencillo sistema de licencias obligatorias sería
de imposible aplicación con el actual borrador del ALCA.
¿la
fuerte protección de patentes no es fundamental para
garantizar el desarrollo de nuevos medicamentos?
Algunos
argumentan que la concesión de patentes para proteger las
innovaciones farmacéuticas es la mejor forma de estimular la
investigación y el desarrollo (I+D) de nuevos medicamentos y
de otras tecnologías sanitarias. Mejor dicho, las patentes
forman parte de un sistema complejo que puede fomentar la
inversión en I+D en ciertas circunstancias, tales como cuando
puede esperarse una rentabilidad de la inversión. Pero, ¿qué
sucede en el caso de enfermedades como el dengue, la leishmaniasis,
el tracoma o la enfermedad de Chagas, que afectan a ciudadanos del
continente americano con poco o ningún poder adquisitivo?
La
tripanosomiasis americana, o enfermedad de Chagas, es responsable de
la muerte de aproximadamente 50.000 personas cada año en el
continente americano. Alrededor de 18 millones de personas viven con
el parásito en la sangre y unos 100 millones de personas
corren el riesgo de infección en 21 países de la
América central y sur. Esto supone aproximadamente el 25% de
la población de Latinoamérica. En Bolivia, por ejemplo,
3,5 millones de personas—casi la mitad de la población—corren
el riesgo de contraer la enfermedad de Chagas, que es la cuarta causa
principal de mortalidad en personas de entre 15 y 75 años.
La causa de la
enfermedad es el Trypanosoma cruzi, un parásito
hematófogo transmitido a los seres humanos por insectos que
viven en las paredes y tejados de casas de barro y paja, típicas
de las zonas rurales pobres y en los suburbios de Latinoamérica.
La enfermedad también puede transmitirse mediante
transfusiones de sangre y de madre a hijo.
No existe
tratamiento para la fase crónica de la enfermedad de Chagas,
que afecta seriamente a la salud, pudiendo llegar a ser mortal. Y
según un estudio de 2001 realizado por las principales
empresas farmacéuticas, sólo una de cada 11 empresas
farmacéuticas estaba investigando para desarrollar un
medicamento contra la enfermedad de Chagas, y ninguna había
puesto en el mercado un medicamento para dicha enfermedad en los
últimos cinco años.
Algunos
negociadores del ALCA quieren reforzar la protección de la
propiedad intelectual afirmando que así se crearán
incentivos para desarrollar nuevos medicamentos. Pero es evidente
que, sin un mercado lucrativo, una protección más
fuerte de la propiedad intelectual aumentará los precios sin
fomentar la investigación necesaria para enfermedades como el
Chagas, que carecen de un mercado lucrativo. MSF desarrolla
actualmente tres proyectos sobre esta enfermedad en Bolivia,
Guatemala y Nicaragua.
CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES
Como organización médica humanitaria, MSF ha comprobado sobre el terreno los efectos perjudiciales de la fuerte protección de patentes en países en vías de desarrollo (los precios elevados suponen que las personas no consiguen los medicamentos que necesitan). Las salvaguardas impuestas en el ADPIC, reforzadas en la Declaración de Doha, ofrecen el los mecanismos legales para que los países prioricen el derecho a la salud. ALCA representa una amenaza para esta posibilidad.
MSF hace un llamamiento a los países del continente americano para que cumplan con su obligación de anteponer las necesidades de salud de las personas a los intereses comerciales, aplicando la Declaración de Doha y utilizando las flexibilidades que existen en el ADPIC.
MSF hace un llamamiento a los países del continente americano para que excluyan del Acuerdo del ALCA todas las disposiciones relativas a la propiedad intelectual, con el fin de proteger la salud pública y fomentar el acceso de sus ciudadanos a los medicamentos.
MSF hace un llamamiento a la Organización Mundial de la Salud (OMS)/ Organización Panamericana de la Salud (PAHO) y a ONUSIDA para que apoyen públicamente que se excluyan del ALCA las disposiciones relativas a la propiedad intelectual.
Para millones de personas a lo largo y ancho de Latinoamérica y el Caribe, es cuestión de vida o muerte.
¡Los medicamentos no pueden ser un lujo!
¡La salud no es negociable!
MSF es una organización médica de acción humanitaria, internacional e independiente, que proporciona asistencia de emergencia a las víctimas de conflictos armados, epidemias, catástrofes naturales y provocadas por el hombre y a personas que carecen de asistencia sanitaria debido a la exclusión social o geográfica. MSF está presente en más de 80 países de todo el mundo. La organización fue galardonada con el Premio Nóbel de la Paz en 1999. En ese mismo año lanzó una Campaña Internacional para el Acceso a los Medicamentos Esenciales, que surgió directamente de la frustración que experimentaban los equipos médicos de MSF y a los que cada vez les era más difícil tratar a sus pacientes porque los medicamentos que necesitaban eran demasiado caros, ya no se producían, eran cada vez más ineficaces o simplemente no existían.
MSF desarrolla
actualmente proyectos en 11 países del continente americano:
Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guatemala, Haití,
Honduras, Méjico, Nicaragua y Perú. Los equipos de MSF
proporcionan asistencia sanitaria primaria y materno-infantil, a
personas desplazadas y sin hogar y a poblaciones indígenas,
así como asistencia médica a personas con VIH/SIDA,
malaria, enfermedad de Chagas y otras enfermedades infecciosas.
Para obtener más información sobre ALCA y la Campaña de MSF para el Acceso a los Medicamentos Esenciales, visite:
www.accessmed-msf.org
www.msf.es
www.msf.org
GLOSARIO
¿Qué
es un medicamento genérico?
Según la
Organización Mundial de la Salud (OMS), un medicamento
genérico es un producto farmacéutico intercambiable con
el producto innovador, y que generalmente se fabrica sin licencia de
la empresa originaria. Los productos genéricos pueden
comercializarse bajo denominación internacional común o
también bajo otro nombre comercial. Genérico no
significa falsificación ni calidad inferior. La OMS, en
colaboración con otros organismos de las Naciones Unidas, ha
puesto en marcha recientemente un proyecto para “precalificar”
a ARVs y otros medicamentos para tratar el SIDA, entre los que se
incluyen los fabricantes de medicamentos genéricos. La OMS ha
“precalificado” muchos ARV genéricos afirmando que
cumplen los criterios internacionales de calidad, y la lista se
actualiza con regularidad.
¿Qué
es el ADPIC?
El Acuerdo de la
Organización Mundial de Comercio (OMC) sobre Aspectos sobre
Derechos de Propiedad Intelectual relativos al Comercio (ADPIC), que
vio la luz en 1995, es un acuerdo internacional sobre la protección
de varios derechos de la propiedad intelectual, con la inclusión
de patentes, derechos de autor y marcas registradas. Expone las
directrices para establecer los criterios mínimos relativos a
la protección de la propiedad intelectual que deben cumplir
todos los Miembros de la Organización Mundial de Comercio
dentro de unos periodos de tiempo específicos. La fecha límite
se ha prorrogado hasta 2016 para los países menos
desarrollados, según estipula el párrafo 7 de la
Declaración Ministerial de la Organización Mundial de
Comercio sobre el Acuerdo de ADPIC y la Salud Pública
(“Declaración de Doha”).
¿Qué
es la emisión de licencias obligatorias?
La emisión
de licencias obligatorias permite la producción o importación
de un medicamento genérico sin el consentimiento del titular
de la patente (aunque reciben una indemnización razonable).
Las licencias obligatorias pueden emitirse por las autoridades
públicas por varias razones, incluyendo, entre otras, el
control de la salud pública o las emergencias. Están
previstas en el ADPIC, y se consideran una herramienta habitual de
cualquier legislación válida referente a la propiedad
intelectual. Es una práctica muy común en los países
industrializados como EEUU. La emisión de licencias
obligatorias para productos farmacéuticos es una de las
herramientas legales más importantes para garantizar la
competencia de productos genéricos.
¿Qué
es la importación paralela?
La importación
paralela permite a un país “comprar” al mejor
precio un medicamento innovador en el mercado internacional, sin el
permiso del titular de la patente. Es una opción interesante
para países en vías de desarrollo cuando el mismo
medicamento innovador se vende a diferentes precios en diferentes
mercados. Muchos países europeos, como el Reino Unido, se
benefician de un comercio paralelo significativo para reducir el
coste general de medicamentos. La importación paralela sólo
se aplica a la compra de medicamentos innovadores y nunca a la de
genéricos.
¿Qué
son las "estrategias para acelerar la introducción de
medicamentos genéricos en el mercado"?
Para desarrollar
una versión genérica de un medicamento, el fabricante
debe someter su producto a varias pruebas. La “excepción
Bolar” es una estrategia para acelerar la introducción
de medicamentos genéricos permitiendo al fabricante llevar a
cabo dichas pruebas mientras el producto innovador aún está
bajo patente. El productor puede entonces lanzar el producto genérico
al mercado en cuanto la patente venza. Sin esta salvaguarda, la
introducción de un medicamento genérico puede
retrasarse entre dos y cuatro años tras el vencimiento de la
patente.
Médicos
Sin Fronteras
Apdo.
Postal 1844
01003
Guatemala, C.A.
Tlf.:
(502) 220-6042
Fax:
(502) 230-1601
E-mail:
msfe-guatemala@barcelona.msf.org
[1]
Debido a la falta de transparencia de las negociaciones de
Centroamérica (CAFTA), el texto
borrador del Acuerdo no se ha hecho público, por lo que es
imposible ofrecer un análisis detallado de las disposiciones
relativas a la propiedad intelectual propuestas. Sin embargo,
las disposiciones sobre propiedad intelectual de otros acuerdos
bilaterales de libre comercio (por ejemplo, el acuerdo entre Estados
Unidos y Singapur) son claramente ADPIC-Plus, y son consecuentes con
las disposiciones propuestas en el acuerdo del ALCA. Cabe suponer
con bastante seguridad que se están proponiendo las mismas
disposiciones en el CAFTA. Aunque se
excluyeran las disposiciones sobre propiedad intelectual del ALCA,
los países de Centroamérica podrían verse
limitados por normas más estrictas respecto a la propiedad
intelectual que lo requerido en ADPIC ya en diciembre de 2003 si se
concluyen las negociaciones dentro del periodo de tiempo propuesto.
[2]
Estos Grupos Negociadores se reúnen cada mes en Puebla,
Méjico. Además de las reuniones de los Grupos
Negociadores, el Comité Negociador de Comercio,
actualmente copresidido por Brasil y Estados Unidos, se reúne
regularmente (con los viceministros del comercio). Asimismo,
anualmente se celebran Reuniones Ministeriales del ALCA (con los
ministros de comercio). Las reuniones futuras más
importantes incluyen la VIII Reunión Ministerial, que se
celebrará los días 20-21 de noviembre de 2003 en
Miami, Florida, y la IX Reunión Ministerial, que se celebrará
en Brasil en 2004 y que está programada como la Reunión
del ALCA definitiva.
[4]
Obsérvese que ‘ADPIC-plus’ es un término
no técnico que alude a cualquier disposición de
propiedad intelectual que es más
estricta que lo exigido en el Acuerdo de ADPIC. Según la OMS,
"como el impacto en la salud pública de las
estipulaciones de ADPIC aún debe valorarse por completo, la
OMS recomienda que los países en vías de desarrollo
sean cautos en cuanto a la aplicación de la legislación
que sea más estricta que las estipulaciones de ADPIC.”
(WHO Policy Perspectives on Medicines, nº. 3, marzo de
2001)
[5]
Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CPE).
Informe sobre el control de VIH/ SIDA de 2001; 13 (no. 1):1-41.
[6]
La Iniciativa para Acelerar el Acceso (IAA) se estableció en
mayo de 2000 por Boehringer Ingelheim, Bristol-Myers Squibb,
GlaxoSmithKline, Merck, y Roche junto con UNAIDS, OMS, el Banco
Mundial, UNICEF, UNFPA, y Abbott Laboratories, que se unieron
posteriormente. Ver
http://www.unaids.org/acc_access/index.html.
[7]
Merck sigue una política específica de fijación
de precios para países de Índice de Desarrollo Humano
(IDH) medio con un predominio de VIH en adultos del 1% o superior, y
países con IDH medio y un predominio de VIH en adultos de
menos del 1%. Roche sigue una política específica
de fijación de precios establecida en marzo de 2003 para
países de ingresos medios-bajos, según la
clasificación del Banco Mundial. El resto de empresas
negocia los precios con PMD y países del África no
subsahariana “caso a caso.” Véase
“Untangling the web of price reductions: a pricing guide
for the purchase of ARVs for developing countries,” cuarta
edición, 24 de abril de 2003, Médecins Sans Frontières
(MSF). Disponible en ingles, francés y español
en
http://www.accessmed-msf.org/prod/publications.asp?scntid=9520031050482&contenttype=PARA&.
[10]
GlaxoSmithKline ofrece la misma combinación a 329 dólares
americanos al año a Países Menos Desarrollados
(Índice UN), al África subsahariana y a países
elegibles en la IAA. Aunque Honduras y Guatemala están en la
lista de países de la IAA (según la página web
de UNAIDS), no obtienen este precio.
[11]
Bristol-Myers Squibb ofrece el mismo medicamento a 55 dólares
americanos al año a países del África
subsahariana, pero exige al resto de países en vías de
desarrollo negociar los precios caso por caso mediante la IAA.
[12]
Paulo R. Teixeira, Marco Antonio
Vitoria, Jhoney Barcarolo. “The
Brazilian Experience in Providing Universal Access to Antiretroviral
Therapy.” In eds. J.P. Moati et. al., Economics of
AIDS and Access to HIV/AIDS Care in Developing Countires. Issues and
Challenges. Paris: ANRS/National Agency for AIDS Research,
2003. 80.