ALAI, América Latina en Movimiento
2001-03-15
ALCAY la amenaza para los programas sociales
Maude Barlow
|
| Clasificado en: | | Política: Politica, Estado, | Internacional: Internacional, Globalizacion, Organismos, Tratados, | Economía: Economia, DeudaExterna, Finanzas, Modelos, PoliticasEconomicas, RecursosNaturales, | |
| Disponible en: | |
Español
|
| Compartir: | |
|
|
La sostenibilidad del medio
ambiente y la justicia social en las Américas
Maude Barlow
Resumen
Los arquitectos del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA), cuyas
negociaciones se encuentran actualmente en curso con la participación de
34 países, tienen la intención de que éste sea el acuerdo de libre
comercio de más amplio alcance que se haya firmado en la historia. Si
bien el modelo se fundamenta en el Tratado de Libre Comercio de América
del Norte (TLC), el ALCA trasciende el alcance y poder del TLC.
En su estado actual, el ALCA introduciría en el Hemisferio Occidental
todas las disciplinas del acuerdo de servicios propuesto por la
Organización Mundial del Comercio (OMC)-Acuerdo General sobre el Comercio
de Servicios (GATS)-con los poderes del fallido Acuerdo Multilateral
sobre Inversiones (MAI), a fin de crear un nuevo poder comercial con una
nueva autoridad de amplios poderes que regiría cada aspecto de la vida en
Canadá y en las Américas.
El GATS, con negociaciones actualmente en curso en Ginebra, tiene el
mandato de liberalizar el comercio mundial de servicios, incluso todos
los programas públicos, y gradualmente eliminar todas las "barreras"
gubernamentales contra la competencia internacional en el sector de
servicios. El Comité de Negociaciones Comerciales del ALCA propone en
este momento incorporar al pacto hemisférico un acuerdo de servicios
similar y de mayor alcance. Propone además conservar y quizá expandir
las disposiciones de "inversionista-estado" del TLC que confieren a las
empresas el derecho sin precedentes de reivindicar sus intereses
comerciales mediante tribunales comerciales de carácter vinculante.
Si se combinan estos dos poderes en un solo acuerdo, se le dará a las
empresas transnacionales del hemisferio el derecho de competir en el
sector de servicios subvencionados por el gobierno, incluso sanidad,
educación, seguridad social, cultura y protección ambiental.
Por otra parte, el ALCA, tal como se lo ha propuesto, contiene nuevas
disposiciones en políticas de competencia, compras del sector público,
acceso a mercados y solución de controversias que, junto con la inclusión
de servicios e inversiones, podría socavar la habilidad de todos los
gobiernos de las Américas para crear y mantener leyes, normas y
reglamentos destinados a proteger la salud, seguridad y bienestar de los
ciudadanos y del medio ambiente que comparten. Además, los negociadores
del ALCA parecen haber decido emular a la OMC en vez del TLC en áreas
clave de normalización y solución de controversias, donde las reglas de
la OMC son más rigurosas.
Esencialmente, lo que han hecho los negociadores del ALCA, alentados por
la comunidad de las grandes empresas de cada país, es tomar los elementos
más ambiciosos de todos los acuerdos comercio e inversiones mundiales-ya
sea existentes o propuestos-y reunirlos en este evidentemente ambicioso
pacto hemisférico.
Una vez más, al igual que en acuerdos anteriores como el TLC o la OMC,
este tratado de libre comercio no contendrá en el texto principal ninguna
garantía que proteja a los trabajadores, derechos humanos, seguridad
social o normas sanitarias y ambientales. Una vez más, la sociedad civil
y la mayoría de los ciudadanos que desean un tipo diferente de acuerdo de
libre comercio han sido excluidos de las negociaciones y no podrán
participar en las deliberaciones de la Ciudad de Quebec en abril de 2001.
No obstante, nunca ha estado en juego tanto para los pueblos de las
Américas; parecería ser que una confrontación es inevitable.
¿Qué es el ALCA?
El Área de Libre Comercio de las Américas es el nombre que se da al
proceso de expansión del Tratado de Libre Comercio de América del Norte
(TLC) hacia los demás países del Hemisferio Occidental con la excepción
de Cuba. Con una población de 800 millones de habitantes y un PIB
combinado de USD 11 billones, el ALCA conformaría la zona de libre
comercio más grande del mundo. Si los informes provenientes de los
Grupos de Negociación encargados de los elementos clave del acuerdo son
correctos, el ALCA será el acuerdo de libre comercio de mayor envergadura
del mundo, con un alcance que influirá en todos los aspectos de la vida
de los ciudadanos de las Américas.
El ALCA fue lanzado por los 34 líderes de Norte, Centro y Suramérica y
del Caribe durante la Cumbre de las Américas celebrada en Miami, Florida,
en diciembre de 1994. En esa reunión, el Presidente Bill Clinton se
comprometió a hacer realidad el sueño del ex-presidente George Bush de
una acuerdo de libre comercio que abarcara desde Anchorage hasta Tierra
del Fuego, y vinculase las economías del hemisferio y profundizase la
integración de los países con fundamento en un modelo de libre mercado
como el TLC.
No obstante, hubo poco progreso real hasta la siguiente Cumbre de las
Américas, esta vez realizada en Santiago de Chile en abril de 1998,
momento en el cual los países establecieron un Comité de Negociaciones
Comerciales (CNC), compuesta por los viceministros de comercio de cada
país.
Con el apoyo de un comité tripartito integrado por el Banco
Interamericano de Desarrollo, la Organización de los Estados Americanos y
la Comisión Económica para Latinoamérica y el Caribe (CEPAL), se
establecieron nueve grupos de trabajo encargados de las áreas principales
de las negociaciones: servicios; inversiones; compras del sector público;
acceso a mercados (cobertura de aranceles, medidas no arancelarias,
procedimientos aduaneros, reglas de origen, normas y barreras técnicas
contra el comercio); agricultura; derechos de propiedad intelectual;
subsidios, antidumping y derechos compensatorios; política de competencia
y solución de controversias.
Se establecieron también tres comités especiales no negociadores
encargados de problemáticas relativas a las economías más pequeñas, la
sociedad civil y el comercio electrónico. Estos comités y grupos de
trabajo se reunieron con mayor frecuencia durante el transcurso de los
años 1999 y 2000, y en los primeros meses de 2001, con más de 900
negociadores comerciales y montañas de material en Miami, donde se
realiza la mayoría de las reuniones.
Desde el principio, las grandes empresas y sus asociaciones y grupos de
cabildeo han sido parte integral del proceso. En Estados Unidos, una
variedad de comités empresariales asesoran a los negociadores de ese país
y, bajo un sistema de comité de asesoría comercial, más de 500
representantes empresariales cuentan con autorización de seguridad
suficiente y acceso a los documentos de negociación del ALCA. En la
reunión ministerial celebrada en Toronto en noviembre de 1999, los
ministros de comercio de las Américas acordaron implementar 20 "medidas
de facilitación comercial" en el lapso máximo de un año a fin de agilizar
la integración aduanera.
Una de las tareas de los negociadores es comparar y consolidar los
componentes clave de una variedad de acuerdos comerciales y de inversión
establecidos en el área, con inclusión de: TLC, un acuerdo de libre
comercio e inversión entre Canadá, EE.UU. y México; Mercosur, un mercado
común del Cono Sur conformado por Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay;
el Pacto Andino; y Caricom, la comunidad del Caribe. Se ha firmado
también un número de tratados bilaterales de inversión (BIT) entre países
individuales sobre la base del modelo "inversionista-estado" del TLC, con
el cual las empresas pueden enjuiciar directamente a los gobiernos por
presuntas violaciones de derechos de propiedad sin que primero
intervengan sus propios gobiernos. Existen algunas diferencias entre
estos pactos y acuerdos. Por ejemplo, la meta de Mercosur es convertirse
en mercado común; el TLC, por otra parte, no ha establecido normas
laborales comunes entre los tres miembros y, claramente, Estados Unidos
no toleraría el libre movimiento de trabajadores provenientes de México.
En cambio, Mercosur contiene algunas disposiciones y programas de índole
social para trabajadores desplazados que no constan en el Tratado de
Libre Comercio de América del Norte.
Pero las similitudes entre estos tratados tienen más peso que las
diferencias. Tanto el TLC como Mercosur incluyen medidas para
liberalizar las inversiones extranjeras y otorgan derechos de tratamiento
nacional (no discriminatorio) a los inversionistas extranjeros. Ambos
prohíben los "requisitos de desempeño" mediante los cuales los
inversionistas extranjeros se verían obligados a promover la economía
local y apoyar a los trabajadores del lugar.
Además, ambos se fundamentan en un modelo de liberalización de comercio e
inversiones que se adhiere estrictamente a los Programas de Ajuste
Estructural (SAP) introducidos anteriormente en Latinoamérica por el
Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional (FMI). Bajo estos
programas, la mayoría de los países en desarrollo se vio obligada a
abandonar la industria nacional para dar lugar a intereses empresariales
transnacionales; utilizar sus mejores tierras agrícolas para producir
cultivos de exportación a fin de saldar la deuda externa; recortar el
gasto público en programas sociales y abandonar los programas de atención
médica, educación y seguridad social universales; liberalizar sus
sectores de electricidad, transporte, energía y recursos naturales; y
retirar las barreras reglamentarias contra las inversiones extranjeras.
En las negociaciones existen tensiones de liderazgo. Desde 1995, el
gobierno estadounidense no ha logrado renovar su legislación acerca de
negociaciones rápidas (fast-track) que, básicamente, autoriza al congreso
para adoptar acuerdos de libre comercio en su totalidad. Esto le ha dado
a Brasil, indiscutiblemente el líder económico de Latinoamérica, las
oportunidades de cuestionar la supremacía de Estados Unidos en las
negociaciones y de ofrecerse para dirigir el proceso de integración
económica de las Américas.
Además, la invasión de la comunidad empresarial de la Unión Europea en
Latinoamérica, especialmente en los sectores banca, telecomunicaciones,
automotriz y productos de consumo, ha servido como catalizador de la
reivindicación del liderazgo estadounidense en el hemisferio. La UE ha
intensificado su presencia en la región, negociando acuerdos de libre
comercio e inversión con países individuales tales como Chile, México y
Brasil. Estados Unidos necesita que el ALCA concluya satisfactoriamente
para mantener la predominancia de su sector empresarial en la región.
Hay más presión todavía para que el ALCA llegue a buen puerto debido a la
derrota del Acuerdo Multilateral sobre Inversiones (MAI) en la primera
reunión ministerial de la OMC en 1996 y en la Organización de Cooperación
y Desarrollo Económicos (OCDE) en 1998, además de la clausura de la
"Ronda del Milenio" de la OMC en Seattle en diciembre de 1999.
Efectivamente, es difícil para los funcionarios de la OMC conseguir un
lugar donde celebrar una nueva reunión ministerial. Por otra parte,
APEC, el foro de cooperación económica Asia-Pacífico, está tambaleándose
y pocos creen que se convierta en una zona de libre comercio e inversión,
como se esperaba.
Muchos observadores y especialistas en comercio han identificado al ALCA
como heredero natural de estos proyectos fallidos y temen que otro
fracaso de este tipo podría poner en suspenso a estos acuerdos masivos de
libre comercio durante años. Efectivamente, en una declaración difundida
en enero de 2000, el representante comercial adjunto de Estados Unidos,
Peter Allegeier, dijo que el ALCA ha cobrado nueva importancia tras el
fiasco de Seattle y es muy posible que haya aspiraciones de trascender el
alcance de la OMC, sin la necesidad de interacción.
La próxima Cumbre de las Américas de nivel ministerial se llevará a cabo
en la Ciudad de Quebec en abril de 2001. Durante la reunión se
presentará a los líderes un primer borrador del Tratado de Libre Comercio
de las Américas, de carácter decididamente provisional, sobre la base del
cual se comenzará a elaborar el texto integral. Originalmente, se
esperaba concluir e implementar el acuerdo para el año 2005; no obstante,
algunos países, incluso Chile y Estados Unidos, están presionando a los
demás para adelantar la fecha de ratificación a 2003, aunque esto
dependerá del desarrollo de las negociaciones en la reunión cumbre de la
Ciudad de Quebec.
¿Qué contiene el ALCA?
Esencialmente, tal como se lo ha planificado, el ALCA es una expansión
del TLC de América del Norte, tanto por incluir a una diversidad de
nuevos países en el pacto como por extender el alcance del libre comercio
a nuevos sectores sobre la base de nuevas y rigurosas disposiciones de la
OMC. En una declaración difundida a la par de la cumbre original de
Miami de 1994, los ministros hicieron una serie de recomendaciones en
forma de una declaración. En ésta, dijeron que se había llegado a un
acuerdo con respecto a varios "objetivos y principios" clave, con
inclusión de:
* integración económica del hemisferio
* fomento de la integración de los mercados de capital
* coherencia en relación con la Organización Mundial del Comercio
* eliminación de barreras comerciales arancelarias y no arancelarias
* eliminación de subsidios para exportaciones agrícolas
* eliminación de barrearas para las inversiones extranjeras
* marco jurídico para proteger a inversionistas y sus inversiones
* medidas para mejorar las compras del sector público
* nuevas negociaciones para la inclusión de servicios
Desde ese entonces, la información sobre lo que contiene exactamente el
ALCA ha sido escasa. Sin embargo, tras reuniones con la oficina del
representante comercial de Estados Unidos, la entidad denominada Public
Citizen's Global Trade Watch informa que EE.UU. se ha empeñado en
liberalizar el sector servicios, incluso sanidad, educación, servicios
ambientales y servicios hídricos. El ALCA también incluirá disposiciones
acerca de inversiones similares a las que contenía el fallido Acuerdo
Multilateral sobre Inversiones y el Capítulo II del TLC, sobre la base de
las cuales las empresas podrán enjuiciar directamente a los gobiernos por
las ganancias que se pierdan debido a la promulgación de leyes diseñadas
para proteger la salud y la seguridad, las condiciones laborales o las
normas ambientales.
El Grupo de Miami-Estados Unidos, Canadá, Argentina y Chile-tienen el
objetivo de obligar a todos los países de las Américas a aceptar la
biotecnología y los alimentos genéticamente modificados (OGM), lo que
promovería los intereses de empresas de biotecnología como Cargill,
Monsanto y Archer Daniels Midland por encima de los requisitos de
supervivencia de los pequeños agricultores, campesinos y comunidades de
toda Latinoamérica. Finalmente, según informa Public Citizen, Estados
Unidos está tratando de expandir al resto del hemisferio las reglas de
proteccionismo empresarial acerca de patentes, plasmadas éstas en el TLC-
reglas que otorgan a la empresa titular de una patente en un país
determinado los derechos monopólicos de comercialización de un artículo
en toda la región, lo que por ende imposibilitaría el acceso del pueblo a
medicinas tradicionales.
Por otra parte, los informes de los mismos negociadores han pasado
inadvertidamente a manos del público. Últimamente, se filtró un informe
confidencial del grupo de negociación de servicios fechado el 7 de
octubre de 1999. Éste contiene planes detallados sobre las disposiciones
del ALCA en materia de servicios. Sherri M. Stephenson, Vicedirectora
de Comercio de la Organización de los Estados Americanos, elaboró un
escrito para una conferencia de comercio que se había de realizar en
marzo de 2000 en Dallas, Texas, en el cual informaba acerca del mandato y
progreso de los nueve grupos de trabajo, clasificados por sector. Los
sitios Web del ALCA y los documentos del gobierno canadiense también
contienen información importante.
En conjunto, estos informes revelan un plan para crear el tratado
comercial más amplio que jamás se haya negociado. La combinación de un
acuerdo de servicios totalmente nuevo en el ALCA y las disposiciones
existentes (y quizá hasta extendidas) del TLC con respecto a inversiones
representan una amenaza completamente nueva para todos los aspectos de la
vida de los pueblos de las Américas. Esta poderosa combinación otorgará
a las empresas transnacionales del hemisferio nuevos derechos, mismo en
las áreas supuestamente protegidas de sanidad, seguridad social,
educación, servicios de protección ambiental, suministro de agua,
cultura, protección de recursos naturales y todos los servicios
gubernamentales, tanto federales como provinciales y municipales.
Mandatos de los nueve grupos de negociación
1. Servicios
El mandato del grupo de negociación de servicios es de orden masivo:
"Establecer disciplinas para liberalizar progresivamente el comercio de
servicios, de modo que permita alcanzar un área hemisférica de libre
comercio, en condiciones de certidumbre y transparencia" y desarrollar un
marco "que incorpore derechos y obligaciones en servicios de alcance
integral". Se trata de un nuevo tratado diseñado a fin de que sea
compatible con el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS)-
negociaciones sobre servicios de la OMC actualmente en curso.
El Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios fue establecido en
1994, tras concluir la Ronda de Uruguay del GATT, y fue uno de los
tratados adoptados cuando se formó la OMC en 1995. Las negociaciones
comenzarían cinco años más tarde con el objetivo de "elevar el nivel de
liberalización gradualmente". Tal como se había programado, las
tratativas se iniciaron en febrero de 2000, bajo la presidencia del
embajador canadiense en la OMC (y ex-Ministro de Comercio Internacional)
Sergio Marchi. La meta común de Europa, Estados Unidos y Canadá es
lograr un acuerdo general para diciembre de 2002.
Se trata de un "acuerdo de marco multilateral", lo que significa que en
un principio se define un amplio mandato y posteriormente se agregan
nuevos sectores y reglas mediante negociaciones permanentes.
Básicamente, el GATS tiene como mandato restringir las acciones del
gobierno con respecto a servicios por medio de un conjunto de
limitaciones jurídicas de carácter vinculante con el soporte de sanciones
comerciales ejecutadas por la OMC. El propósito fundamental es
restringir el suministro de servicios de todos los niveles de gobierno y
facilitar el acceso a contratos gubernamentales por parte de las empresas
transnacionales en innumerables áreas, incluso sanidad, cuidado
hospitalario, atención domiciliaria, odontología, puericultura, cuidado
del anciano, educación-primaria, secundaria y postsecundaria-museos,
bibliotecas, servicios jurídicos, asistencia social, arquitectura,
energía, servicios hídricos, servicios de protección ambiental, propiedad
inmobiliaria, seguros, turismo, servicios postales, transportes, campo
editorial, teledifusión y muchos otros sectores.
El tratado de servicios del ALCA tiene un alcance más amplio todavía que
el del GATS.
Además de incorporar "derechos y obligaciones integrales", será aplicable
a "todas las medidas (que según Canadá significa 'leyes, reglas y otros
instrumentos reguladores oficiales') que afecten al comercio de
servicios, tomadas por todos los niveles de gobierno cuando éstos actúen
según los poderes otorgados por las autoridades gubernamentales".
El acuerdo acerca de servicios, según el grupo negociador, debería tener
"cobertura universal de todos los sectores de servicios". Se otorga a
los gobiernos el derecho de regular estos servicios, aunque únicamente de
maneras compatibles con las "disciplinas establecidas en el contexto del
tratado del ALCA". El marco del tratado sobre servicios tiene seis
elementos de consenso.
Incluyen:
* cobertura sectorial ("cobertura universal de todos los sectores de
servicio");
* tratamiento de nación más favorecida (el acceso otorgado a
inversionistas/empresas de un país del ALCA deberá ser otorgado a
inversionistas/empresas de todos los demás países del ALCA);
* tratamiento nacional (deberá darse a los inversionistas/empresas de
todos los países del ALCA el mismo tratamiento que se da a los
proveedores de servicio nacionales y locales);
* acceso a mercados ("disciplinas adicionales en relación con medidas
que restringen la habilidad de los proveedores de servicio para ingresar
en mercados");
* transparencia (disciplinas "que hagan de conocimiento público todas
las medidas pertinentes que podrían incluir, entre otros elementos,
nuevas leyes, reglamentos, directrices administrativas y acuerdos
internacionales adoptados por todos los niveles de gobierno que afecten
al comercio de servicios");
* denegación de beneficios ("los miembros del ALCA contarán con la
capacidad para denegar los beneficios del acuerdo de servicios a un
proveedor que no cumpla con los criterios establecidos". Los criterios
incluirían "propiedad, control, residencia y actividades empresariales
sustanciales).
Esta lista representa nuevos poderes de alcance integral de un tratado
comercial que invalida la regulación gubernamental y otorga inmensas
facultades a las empresas de servicios en un ALCA expandido. Por
ejemplo, si se incluyen los derechos de tratamiento nacional en el ALCA,
todos los servicios públicos de todos los niveles de gobierno se abrirían
a la competencia de empresas de servicio extranjeras con fines de lucro.
Este acuerdo prohibiría a todo gobierno nacional o subnacional ofrecer
financiamiento preferencial a proveedores nacionales en diversos
servicios como ser sanidad, puericultura, educación, servicios
municipales, bibliotecas, cultura y servicios hídricos y de
alcantarillado.
La combinación de este amplio acuerdo de servicios y la extensión de las
reglas de inversión otorga poderes sin precedentes al ALCA y a los
intereses privados que promueve el tratado. Por primera vez en un
acuerdo de comercio internacional, las empresas de servicio
transnacionales contarán con derechos competitivos en una gama completa
de suministros de servicios gubernamentales y tendrán el derecho de
enjuiciar a cualquier gobierno que se resista a indemnizarlas
financieramente. Las palabras de Sherri Stephenson, Vicedirectora de
Comercio de la OEA, muestran claramente que la meta real de este gigante
del sector servicios e inversiones es reducir o destruir la habilidad del
los gobiernos del hemisferio para suministrar servicios financiados por
el sector público (considerados como "monopolios" en el mundo del
comercio internacional):
"Debido a que los servicios no se ven sujetos a barreras en forma de
aranceles aduaneros o impuestos, el acceso a mercados se ve restringido
por los reglamentos nacionales. Por lo tanto, la liberalización del
comercio de servicios presupone la modificación de leyes y reglamentos
nacionales, hecho que dificulta y sensibiliza estas negociaciones para
los gobiernos".
El grupo de negociación de servicios del ALCA ha solicitado la
organización de inventarios nacionales de medidas que afecten (i.e.
inhiban) el libre comercio de servicios.
2. Inversiones
El grupo de negociaciones sobre inversiones tiene como mandato establecer
un "marco legal justo y transparente para promover las inversiones
mediante la creación de un entorno estable y previsible que proteja al
inversionista, sus inversiones y flujos relacionados, sin crear
obstáculos para las inversiones provenientes del exterior del
hemisferio". Se fundamenta en el capítulo acerca de inversiones del TLC,
Capítulo 11, que según explica Barry Appleton, experto canadiense en
aspectos jurídicos de comercio, "es el corazón y espíritu del TLC".
El TLC fue el primer tratado de comercio internacional del mundo en
permitir que un interés privado, usualmente una empresa o sector
industrial, pase por encima de su propio gobierno y, a pesar de no ser
signatario del tratado, cuestione directamente las leyes, políticas y
prácticas de otro gobierno miembro del TLC si esas leyes, políticas y
prácticas inciden en los "derechos" de la empresa en cuestión. El
Capítulo 11 otorga a la empresa el derecho de enjuiciar al gobierno por
ganancias perdidas actuales y futuras que surjan a raíz de acciones de
ese gobierno, sin importar la legalidad de dichas acciones o el propósito
por el cual fueron efectuadas.
El Capítulo 11 fue empleado exitosamente por la empresa Ethyl Corp. de
Virginia para obligar al gobierno canadiense a revocar la legislación que
prohibía la venta transfronteriza de su producto, MMT, un aditivo para
gasolina que ha sido prohibido en muchos países y al que el primer
ministro canadiense Jean Chrétien una vez denominó "neurotoxina
peligrosa". S.D. Myers, una empresa estadounidense de eliminación de
residuos de PCB, también amenazó con utilizar el Capítulo 11 para obligar
a Canadá a revocar la prohibición de exportaciones de PCB-interdicción a
la que ese país se comprometió en cumplimiento de la Convención de
Basilea, acuerdo que prohibe el movimiento transfronterizo de desechos
peligrosos. La compañía estadounidense encausó exitosamente al gobierno
canadiense y percibió USD 50 millones por daños y perjuicios en relación
con los negocios perdidos durante el corto plazo en que se mantuvo en
efecto la prohibición.
Una empresa de exportación de agua, Sun Belt Water Inc. de Santa
Bárbara, California, está enjuiciando al gobierno canadiense por 14.000
millones de dólares porque Columbia Británica prohibió la exportación de
agua en grandes cantidades en 1993, acción que imposibilitó el negocio de
exportación de agua de la empresa en aquella provincia. Además, la
empresa canadiense Methanex-la productora de metanol más grande del
mundo-está enjuiciando al gobierno estadounidense debido a que California
ordenó en 1999 retirar paulatinamente a este controvertido contaminante
empleado como aditivo de gasolina.
En 1996, Metalclad Corporation, una empresa estadounidense de eliminación
de residuos, acusó al gobierno mexicano de violar el Capítulo 11 cuando
el Estado de San Luis Potosí denegó el permiso para reabrir las
instalaciones de eliminación de desechos. El gobernador del estado
ordenó la clausura del sitio después de que una auditoría geológica
demostró que las instalaciones contaminarían el suministro local de agua.
Posteriormente, el gobernador declaró que el sitio sería parte de una
zona ecológica de 600.000 acres (casi 243.000 hectáreas). Metalclad dijo
que esto constituía un acto de expropiación e inició una causa por daños
y perjuicios. En agosto de 2000, un tribunal del TLC expidió un fallo a
favor de la empresa y ordenó al gobierno mexicano pagar USD 16,7 millones
a título de indemnización.
El grupo negociador de inversiones ha progresado considerablemente en
cuanto a la inclusión en el ALCA de los mismos derechos de inversionista-
estado que constan actualmente en el TLC, en algunos caso potenciándolos,
incluso:
* definiciones básicas de inversión e inversionista;
* alcance de su aplicación (sumamente amplio);
* tratamiento nacional (ningún país puede discriminar a favor de su
sector nacional);
* tratamiento de nación más favorecida (el acceso que se otorga a
inversionistas de un país miembro de ALCA deberá otorgarse a los
inversionistas de todos los países miembros del ALCA);
* expropiación e indemnización por pérdidas (un "inversionista o empresa
puede reclamar indemnización financiera por ganancias y negocios que se
pierdan debido a la creación o implementación de reglamentos, incluso
leyes ambientales, por parte del gobierno de otro signatario del TLC);
* personal clave (habilidad de las empresas para mover a sus
profesionales y técnicos de un país al otro por encima del proceso normal
de migraciones);
* requisitos de desempeño (limitación o eliminación del derecho de un
país a exigir requisitos de desempeño en relación con inversiones
extranjeras); y
* solución de controversias (un panel de burócratas designados del área
comercial pueden invalidar la legislación gubernamental u obligar al
gobierno en cuestión a pagar una indemnización a fin de mantener la
legislación).
La inclusión de disposiciones sobre inversiones de tan amplio alcance
representa una forma de introducir en el ALCA el Acuerdo Multilateral
sobre Inversiones, una propuesta de tratado sobre inversiones de la OCDE
que fue abandonada en vista de la fuerte resistencia de la sociedad
civil. En combinación con la propuesta de disposiciones fortalecidas
sobre acceso a mercados, agricultura y derechos de propiedad intelectual,
y la propuesta de disposiciones de amplio alcance sobre servicios y
compras del sector público, estas disposiciones sobre inversiones
otorgarán nuevos poderes a las empresas del hemisferio que les permitirán
cuestionar todos los reglamentos y actividades del gobierno, y socavar la
habilidad de éste para suministrar seguridad social y protección
sanitaria a sus ciudadanos.
3. Compras del sector público
El mandato del grupo de negociación de compras del sector público es muy
claro: "ampliar el acceso a los mercados para las compras del sector
público de los países del ALCA" dentro del nuevo acuerdo. Esto se
logrará mediante "un marco normativo que asegure la apertura y la
transparencia en los procedimientos de las compras del sector público"
que asegure "la no discriminación en las compras del sector público" y
"un examen imparcial y justo para la resolución de los reclamos y
apelaciones relativos a las compras del sector público".
El mandato del ALCA en lo que respecta a las compras del sector público
parece ir más allá que su contraparte de la OMC-el tratado de la OMC
sobre compras del sector público-cuyo fin es evitar que los gobiernos
fomenten el desarrollo de la economía nacional al momento de comprar
bienes. Las medidas afectadas por la OMC incluyen aquellas que favorecen
a los proveedores locales o nacionales, establecen normas de contenido
nacional o imponen reglas de inversión en la comunidad. No obstante, por
el momento, la OMC no ejecuta las reglas de acceso a mercados o
tratamiento nacional en la compra de bienes y servicios gubernamentales
directos.
Sin embargo, el grupo de negociación del ALCA parece ir mucho más lejos,
al abrir todos los contratos, servicios y bienes gubernamentales a
licitaciones en las que podrán participar otras empresas de los países
del ALCA. El grupo de negociación ha solicitado un inventario de los
sistemas de clasificación internacionales pertinentes, como también una
compilación de las estadísticas de compras de cada gobierno.
4. Acceso a mercados
El mandato del grupo de negociación de acceso a mercados es seleccionar
una metodología y un cronograma para la eliminación de los aranceles y
las barreras no arancelarias restantes, y acordar el ritmo al que se
reducirán los aranceles. Los aranceles son impuestos fronterizos; bajo
el TLC y la OMC, se han eliminado en gran medida en Canadá y las
Américas.
Las barreras no arancelarias comprenden todas las reglas, políticas y
prácticas gubernamentales, aparte de los aranceles, que pueden tener
impacto en el comercio. Potencialmente, las barreras no arancelarias
incluyen todo lo que hacen los gobiernos, incluso la prestación de
servicios y la protección de la salud y la seguridad de sus ciudadanos.
Su inclusión en el mandato de este grupo de negociación expande
considerablemente el alcance de las disposiciones de acceso a mercados
del TLC.
Estas disposiciones se expanden también de otra forma importante. Según
el TLC, el acceso a mercados está sujeto a tratamiento nacional. Esto
significa que los bienes importados provenientes de otro país del TLC
deben ser tratados "no menos favorablemente" que los bienes nacionales.
Sin embargo, el tratamiento nacional que dispone el TLC no se extiende a
las compras del sector público o a subsidios nacionales, y se lo aplica a
servicios únicamente de forma limitada. Esto protege a la mayoría de los
programas gubernamentales en caso de que se cuestione el tratamiento
nacional.
Bajo las reglas propuestas del ALCA, parece ser que las reglas de acceso
a mercados tendrán una cobertura más amplia de los servicios. Además,
las restricciones en materia de compras del sector público que permiten a
los gobiernos proteger a los proveedores locales se verán sujetas a
cuestionamientos a raíz de la expansión del mandato de las disposiciones
sobre compras del sector público.
Por otra parte, se ha asignado al grupo de negociación de acceso a
mercados la tarea de identificar y eliminar "las barreras técnicas
comerciales" al igual que en la OMC.
El acuerdo sobre barreras técnicas al comercio (TBT) de la OMC es un
régimen internacional para armonizar las normas aplicables al medio
ambiente y otros sectores que efectivamente crea un techo aunque no un
piso para tal reglamentación. Según las reglas del acuerdo, una nación
debe estar preparada a demostrar, en caso de ser cuestionada, que sus
normas ambientales y de seguridad son "necesarias" y requieren "los
medios menos restrictivos desde el punto de vista comercial" para lograr
las metas de conservación, seguridad alimentaria o normalización
sanitaria. Esto significa que una nación tiene la obligación de
demostrar un elemento negativo-a saber, que no existe ninguna otra medida
compatible con la OMC que proteja el medio ambiente. El acuerdo TBT de
la OMC establece también un código de procedimiento oneroso para
establecer nuevas leyes y reglamentos tan exigentes que sería muy difícil
para cualquier nación cumplir con ellos.
Si bien el TLC contiene disposiciones acerca de normas técnicas, éstas no
son tan rigurosas como las del acuerdo TBT de la OMC. El TLC sí exige
que las barreras técnicas no constituyan "un obstáculo innecesario al
comercio". Sin embargo, le TLC reconoce el derecho de todas las partes a
mantener normas y medidas reguladoras que promuevan un nivel más alto de
protección que el que se lograría con medidas fundamentadas en normas
internacionales, siempre y cuando estas normas se apliquen de manera que
no discriminen entre bienes importados y nacionales. Al elegir las
disposiciones más estrictas de la OMC, los negociadores del ALCA han
introducido restricciones más rigurosas en los gobiernos de la Américas y
han limitado su derecho a regular los intereses de sus ciudadanos.
5. Agricultura
El mandato del grupo de negociación de agricultura es eliminar los
subsidios de exportación agropecuaria que afectan al comercio en el
hemisferio, sobre la base del acuerdo sobre agricultura (AOA) de la OMC;
"disciplinar" otras prácticas agrícolas que distorsionan el comercio; y
garantizar que las "medidas sanitarias y fitosanitarias" no se utilicen
como una barrera oculta al comercio, utilizando al acuerdo de la OMC como
modelo.
Las disposiciones del acuerdo sobre agricultura de la OMC establecen
conjuntos de reglas sobre el comercio de alimentos y restringe las
políticas agrícolas nacionales en lo que compete al nivel de apoyo a los
agricultores, la capacidad de mantener reservas de alimentos de
emergencia, el establecimiento de reglas de seguridad alimentaria y la
habilidad de garantizar el suministro de alimentos.
El acuerdo de la OMC sobre la aplicación de normas sanitarias y
fitosanitarias (SPS) establece restricciones para las políticas
gubernamentales relativas a la seguridad de alimentos y salud animal y
vegetal, desde plaguicidas y contaminantes biológicos hasta la inspección
de alimentos, etiquetado de productos y alimentos genéticamente
modificados, Al igual que en el caso del TBT, el acuerdo SPS de la OMC va
más lejos que el TLC.
La disposiciones del TLC en sí mismas no imponen ninguna norma
específica; establecen un enfoque general para garantizar que las medidas
SPS se empleen por razones científicas legítimas y no oculten barreras al
comercio. Los países miembros están aún facultados para tomar medidas
SPS a fin de proteger la vida y la salud de humanos, animales y plantas
en niveles que consideren "adecuados". Mientras el TLC "alienta" a las
partes para que armonicen sus medidas sobre la base de las normas
internacionales pertinentes, la OMC tiene como meta retirar el poder de
decisión de los gobiernos nacionales con respecto a salud, alimentación y
seguridad, y otorgárselo a entidades normalizadoras internacionales como
Codex Alimentarius, un grupo elite de científicos con sede en Ginebra,
controlado mayormente por las grandes empresas agroalimentarias.
El acuerdo SPS de la OMC ha sido utilizado para derrotar al "principio de
precaución"; según el acuerdo, éste no constituía fundamentos suficientes
para establecer controles reguladores. (El principio de precaución
permite llevar a cabo acciones reguladoras cuando existan riesgos de
daño, mismo si hay incertidumbre científica sobre el alcance y la
naturaleza del impacto potencial que podría tener un producto o
práctica.) Al elegir el acuerdo SPS de la OMC y no las disposiciones SPS
del TLC, quienes elaboran el tratado del ALCA apuntan a retirar
totalmente el derecho de los gobiernos individuales de las Américas a
establecer normas en las áreas cruciales de sanidad, seguridad
alimentaria y medio ambiente.
6. Derechos de propiedad intelectual
El mandato del grupo de negociación de derechos de propiedad intelectual
es "reducir las distorsiones del comercio hemisférico y promover y
asegurar una adecuada y efectiva protección de los derechos de propiedad
intelectual".
El término propiedad intelectual se refiere a tipos de propiedad
intangible como patentes, que generalmente otorgan al titular un poder
exclusivo. Las reglas comerciales de propiedad intelectual extienden
este derecho exclusivo, a menudo ejercido por las empresas, a otros
países signatarios del acuerdo. A partir del 1º de enero de 2000, todos
los países del ALCA están sujetos a las reglas del Acuerdo sobre aspectos
de derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio
(TRIPS).
Este acuerdo establece reglas mundiales ejecutables sobre patentes,
copyright y marcas registradas. Actualmente ha trascendido mucho más
allá del alcance inicial de proteger invenciones originales o productos
culturales y ahora permite la práctica de patentar plantas y formas
animales como también semillas. Promueve la prioridad de los derechos
privados de las empresas por encima de los de las comunidades locales y
su patrimonio genético y medicina natural. Permite a las empresas
farmacéuticas mantener la carestía de las medicinas; últimamente, el
acuerdo TRIPS fue invocado para evitar que los países en desarrollo
suministren medicinas genéricas más baratas a los pacientes de SIDA del
Tercer Mundo.
El grupo de negociación de propiedad intelectual del ALCA ha especulado
que podría ir más lejos que el acuerdo TRIPS de la OMC en ciertas áreas
no especificadas. Sin duda, al contar con los poderes adicionales del
Capítulo 11, la cláusula de inversionista-estado, los derechos de
propiedad intelectual del ALCA se beneficiarán de poderes de
ejecutabilidad adicionales como ser multas en efectivo y penas severas.
7. Subsidios, antidumping y derechos compensatorios
El mandato del grupo de negociación de subsidios, antidumping y derechos
compensatorios es "examinar maneras de profundizar, si correspondiera,
las disciplinas existentes que figuran en el Acuerdo sobre Subvenciones y
Medidas Compensatorias de la OMC y... llegar a un entendimiento común
con miras a mejorar, cuando sea posible, las reglas y procedimientos
relativos a la operación y aplicación de las legislaciones sobre dumping
y subvenciones, a fin de no crear obstáculos injustificados al comercio
en el Hemisferio".
El acuerdo de la OMC establece limites con respecto a lo que los
gobiernos pueden y no pueden subsidiar. Muchos países en desarrollo lo
han criticado severamente por favorecer a los países del Hemisferio Norte
y a las grandes empresas agroalimentarias. Además, el Artículo XXI del
GATT exime a las actividades de la esfera militar, incluso subsidios
masivos gubernamentales para la investigación y exportación, a fin de
proteger los "intereses esenciales de seguridad" de los gobiernos.
Debido a que la exención de seguridad protege a la industria bélica
contra un cuestionamiento de la OMC, fomenta el gasto de los gobiernos en
el sector militar y cualquier industria relacionada a la seguridad
nacional. Considerando que la mayoría del gasto militar se concentra en
las economías de unos pocos países del Hemisferio Norte, la exención de
seguridad de la OMC otorga a estos países una inmensa ventaja competitiva
por encima de los países más pequeños.
8. Política de competencia
El mandato del grupo de negociación de política de competencia es
"garantizar que los beneficios del proceso de liberalización del ALCA, no
sean menoscabados por prácticas empresariales anticompetitivas". El
grupo de negociación ha acordado "Avanzar hacia el establecimiento de una
cobertura jurídica e institucional a nivel nacional, subregional o
regional que proscriba la ejecución de prácticas empresariales
anticompetitivas" y "desarrollar mecanismos que faciliten y promuevan el
desarrollo de la política de competencia y garanticen la aplicación de
las normas sobre libre competencia entre y dentro de los países del
Hemisferio".
Básicamente, la meta de la política de competencia, elemento
relativamente nuevo en las negociaciones comerciales, es reducir o
eliminar las prácticas que parezcan proteger los monopolios nacionales.
Canadá propone que cada país adopte medidas e "inicie la acción
necesaria" para "proscribir la conducta comercial anticompetitiva".
Aparentemente, la meta es promover la competencia; pero el resultado,
particularmente para los países en desarrollo, es que a menudo se ven
obligados a desmembrar los monopolios existentes para ofrecer a las
empresas transnacionales extranjeras la excelente oportunidad de comprar
las empresas nacionales más pequeñas y establecer un nuevo monopolio
protegido por acuerdos de la OMC tales como TRIPS y el Acuerdo de
Servicios Financieros que protegen las mega-fusiones mundiales.
9. Solución de controversias
El mandato del grupo de negociación de solución de controversias es
"establecer un mecanismo justo, transparente y eficaz para la solución de
controversias entre los países del ALCA" y "diseñar medios para facilitar
y fomentar el uso del arbitraje y otros medios alternativos de solución
de diferencias para resolver controversias privadas en el marco del
ALCA".
Queda aún por verse si el mecanismo de solución de controversias será un
calco del modelo del TLC o de la OMC. Sin embargo, el mandato de grupo
de negociación incluye "tomar en cuenta, entre otros, el entendimiento
relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de
controversias de la OMC". De ser éste el caso, es más probable que el
sistema del ALCA para la solución de controversias entre gobiernos se
asemeje más al de la OMC que al del TLC.
Bajo el TLC, un país que pierde un caso frente a un panel de solución de
controversias debe aceptar el fallo y ofrecer una "indemnización
adecuada" al otro gobierno o verse sujeto a represalias en forma de
"beneficios equivalentes". El TLC no crea un conjunto común de leyes
comerciales para los países miembros. Los paneles de solución de
controversias del TLC fallan sobre la base de las leyes comerciales
nacionales del país importador.
Por otra parte, la función del panel de solución de controversias de la
OMC es decidir si la práctica o política en cuestión de un país
determinado constituye efectivamente una "barrera al comercio", e
invalidar la práctica disputada si se considera que así debe ser. Bajo
la entidad de solución de controversias de la OMC, un país, que a menudo
actúa en nombre de sus propios intereses empresariales, puede cuestionar
las leyes, políticas y programas de otro país e invalidar sus leyes
nacionales. El país que pierde tiene tres opciones: cambiar su
legislación a fin de que corresponda con el fallo de la OMC; pagar
permanentemente una indemnización en efectivo al país ganador; o verse
sujeto a sanciones comerciales severas y permanentes por parte del país
ganador.
Decenas de leyes nacionales y estatales sobre sanidad, seguridad
alimentaria y medio ambiente han sido derogadas mediante este proceso de
la OMC. De más está decir que los fallos afectan a los países más pobres
de manera diferente que a los ricos. Las sanciones aplicadas a países
que dependen de uno o dos cultivos de exportación para sobrevivir pueden
ser devastadoras. No es de sorprenderse que la mayoría de las
impugnaciones de la OMC fueron iniciadas por países ricos.
Efectivamente, Estados Unidos promovió casi la mitad de las 117
impugnaciones iniciadas entre 1995 y 2000.
Por supuesto, el recurso a "inversionistas" privados (i.e. empresas) que
consta en el Capítulo 11 del TLC no existe en la OMC. Parecería ser que
los negociadores del ALCA elegirán conservar los poderes de composición
privada de controversias que contienen las disposiciones inversionista-
estado del TLC, y a la vez optar por las condiciones más exigentes de la
OMC en cuanto a controversias entre estados. Esto correspondería con las
demás propuestas del ALCA; sea cual fuere el modelo existente o propuesto
que contenga las "disciplinas" más fuertes, ése es el modelo que elegirá
el ALCA.
Se han reunido también tres comités no negociadores.
El comité de economías más pequeñas ha "reconocido la asimetría" entre
los diferentes países de las Américas y la necesidad de elaborar un plan
"a fin de crear oportunidades para la participación total de las
economías más pequeñas y aumentar su nivel de desarrollo". No obstante,
el plan parece ser impreciso y consiste mayormente en suministrar "una
base de datos de necesidades de asistencia técnica de las economías más
pequeñas". En ninguna parte del mandato de este comité se reconoce la
inmensa disparidad entre los ricos y los pobres del hemisferio, tanto
dentro de cada país como entre naciones diferentes.
El comité de la sociedad civil reconoce que "la sociedad civil ha surgido
como nuevo protagonista en el diálogo acerca del comercio". Si bien su
mandato es recibir puntos de vista de la sociedad civil para analizarlos
y presentar la gama de opiniones a los ministros de comercio del ALCA",
el propósito de todo diálogo es "mantener la transparencia en el proceso
de negociación y llevar a cabo las negociaciones de manera que se
profundice el conocimiento y apoyo del público al ALCA". Parecería ser
que el verdadero papel que juega el comité no es escuchar sino hacer un
simulacro de diálogo real. Efectivamente, dice Stephenson, el beneficio
del trabajo de este comité "podría aliviar la presión relacionada con
problemáticas laborales y ambientales".
Por otra parte, el comité conjunto de expertos del sector público y
privado en comercio electrónico, es un comité muy importante cuyo tema de
concentración tiene todas las características de un sector emergente.
Durante los últimos años ha habido un explosión de comercio electrónico.
En el año 2000, las ventas vía comercio electrónico en Estados Unidos
ascendieron a casi USD 30.000 millones, un aumento de 75% en un año.
Para 2005-año en el que se prevé la ratificación del ALCA-el comercio
electrónico podría manejar un cuarto del comercio mundial. Estados
Unidos ha identificado la meta de adoptar reglas mundiales para un
régimen no regulador de comercio electrónico orientado hacia el mercado.
Si se eliminan los impuestos en este tipo de comercio, se podría perder
anualmente miles de millones de dólares, los que reduciría aún más las
bases de financiamiento para programas gubernamentales.
El comité, dominado en gran medida por los más poderosos productores
empresariales de hardware, software y equipos de comunicaciones Internet,
tales como Microsoft y AT&T, ya ha llevado a cabo análisis extensos sobre
problemáticas relativas al comercio electrónico y ha intercambiado
opiniones con otras organizaciones tales como la OMC y la OCDE. Ha
encargado varios estudios clave sobre todos los aspectos del comercio
electrónico y claramente se está convirtiendo en el centro motriz de la
familia del ALCA.
Finalmente, el comité de negociaciones comerciales del ALCA ha
identificado tres áreas donde habría "acuerdos anticipados"-silvicultura,
energía y pesca-que se esperan acordar durante la cumbre ministerial de
la Ciudad de Quebec en abril de 2001. Esto significa que se podría
llegar a un acuerdo en estas áreas antes de la fecha prevista para la
ratificación del ALCA de 2005, eliminándose los aranceles en estos
recursos ambientalmente sensibles sin que el público tenga la oportunidad
de dar a conocer su punto de vista.
¿Qué impacto tendrá el ALCA en los pueblos de las Américas?
Seguridad Social
Los poderes expandidos propuestos para el ALCA, combinados con el
Capítulo 11 del TLC y la introducción de una "cobertura universal de
todos los sectores de servicio" presentan una grave amenaza para los
programas sociales. Algunos gobiernos suministran servicios de sanidad
universal, educación pública, puericultura, jubilaciones, asistencia
social y muchos otros servicios sociales sin fines de lucro.
Hasta las recientes negociaciones GATS, y las actuales negociaciones del
ALCA, muchos gobiernos han sostenido que estos programas sociales son un
derecho fundamental de la ciudadanía y, en consecuencia, los han excluido
de los acuerdos comerciales. Sin embargo, con estos dos acuerdos, todos
los gobiernos de las Américas se están exponiendo a amenazas de sanciones
comerciales por parte de empresas transnacionales prestadoras de
servicios que tienen interés en desmembrar los monopolios gubernamentales
restantes del hemisferio.
El área de servicios es el sector del comercio internacional que
manifiesta el mayor grado de crecimiento. De todos los servicios,
sanidad, educación y agua son los sectores potencialmente más lucrativos.
Los gastos mundiales en servicios hídricos actualmente exceden 1 billón
de dólares anuales; en educación exceden 2 billones de dólares y en
sanidad 3,5 billones de dólares.
Las rapaces y poderosas empresas transnacionales han tomado como blanco a
éstos y otros servicios; indefectiblemente, tienen como meta desmantelar
completamente los servicios públicos al someterlos a las reglas de
competencia internacional y a las disciplinas de la OMC y del ALCA. (A
esta altura, más de 40 países, incluso todos los europeos, han
incorporado el área educación al GATS, abriendo así el sector de
educación pública a la competencia empresarial extranjera, y casi 100
países han hecho lo mismo con el sector sanidad.)
En Estados Unidos, el cuidado de la salud se ha convertido en un negocio
de inmensa magnitud; las empresas gigantes de servicios de salud están
registradas en la bolsa de comercio de Nueva York. Rick Scott,
presidente de Columbia, la empresa hospitalaria con fines de lucro más
grande del mundo, dice que el área sanidad es un negocio igual que el
sector aerolíneas o la industria de rodamientos y se ha comprometido a
destruir todos los hospitales públicos de Norteamérica debido a que no
son "buenos ciudadanos empresariales". Las entidades inversionistas como
Merrill Lynch y The Lehman Brothers prevén que la educación pública se
privatizará en el hemisferio dentro del plazo de una década, como ocurrió
con salud pública, y dicen que cuando esto ocurra se generarán ganancias
ilimitadas.
Si se incluyen los servicios en el ALCA, cosa que parece ser certera, las
empresas extranjeras con fines de lucro de los sectores sanidad,
educación y otros servicios sociales de todo el hemisferio tendrán el
derecho de establecer una "presencia comercial" en cualquier parte de
Norte, Centro y Suramérica. Tendrán derecho a competir por fondos
públicos con instituciones públicas como hospitales, escuelas y
guarderías. Las normas que rigen a los trabajadores de los sectores
salud, educación, puericultura y servicios sociales se verán sujetas a
las reglas y criterios del ALCA a fin de que no constituyan obstáculos
para el comercio. Las empresas educativas de todo el hemisferio estarán
facultadas para conferir títulos. Los servicios extranjeros de
telemedicina serán legales. Ningún país podrá detener la competencia
transnacional de profesionales en sanidad y educación de bajo costo.
Si algún gobierno de cualquier nivel intentase resistirse y mantener
estos servicios bajo control nacional, todas las empresas de servicios
del hemisferio tendrán el derecho legal de solicitar judicialmente
indemnizaciones financieras por ganancias perdidas según las
disposiciones inversionista-estado del ALCA. No se trata de
especulación; en áreas que cubre actualmente el TLC, ya hay muchos
precedentes de gobiernos que revocan decisiones y pagan indemnizaciones a
intereses privados afectados por políticas gubernamentales.
La realidad es simple: una vez establecida la privatización en el sector
público, será casi imposible revertirla. Con el pasar del tiempo, los
gobiernos no podrán financiar con fondos públicos el cuidado de la salud,
los programas sociales y la educación, ya que estarían dispuestos a
conceder a los contratistas privados de otros países del ALCA el acceso
equitativo a tales fondos.
Medio Ambiente
El borrador del ALCA, en su forma actual, no contiene garantías en cuanto
al medio ambiente. El mandato original del ALCA, elaborado en 1994
durante la primera Cumbre de las Américas, contenía la promesa de
promover la integración económica del hemisferio de tal forma que se
"garantizase el desarrollo sostenible y a la vez se protegiese el medio
ambiente". En 1996, se realizó una importante cumbre en Bolivia sobre
desarrollo sostenible a fin de garantizar que los principios de la Cumbre
de Rio de 1992 serían parte integral del proceso del ALCA. La cumbre (en
la que los grupos de la sociedad civil y del sector ambiental brillaron
por su ausencia) dio origen a sesenta y cinco iniciativas, conocidas como
"Plan de Acción de Santa Cruz", y al Comité Interamericano de Desarrollo
Sostenible.
No obstante, el proyecto no contó ni con fondos suficientes ni con un
mandato claro; generalmente se considera que esta cumbre fue un fracaso.
En consecuencia, en la cumbre de Santiago de 1998, se dejó de lado por
completo la meta de desarrollo sostenible en el nuevo mandato del ALCA y
se separaron totalmente los aspectos comercio y medio ambiente. Con
George W. Bush actualmente en la Casa Blanca, hay aún más certeza de que
las problemáticas ambientales relativas al libre comercio hemisférico se
dejarán de lado.
Capítulo 11
Como se ha documentado anteriormente, si bien en breve (véase
Inversiones, en "¿Qué es el ALCA?"), y como consta en un número de
fuentes adicionales, las disposiciones inversionista-estado del TLC ya
han tenido un grave impacto en la política ambiental. No sólo se ha
impugnado exitosamente una cantidad de reglamentos sanitarios y
ambientales en Canadá, Estados Unidos y México, sino que el Capítulo 11
se utiliza para crear un "efecto de enfriamiento" mediante el cual se
advierte a los gobiernos que no conviene tomar ciertas medidas
reguladoras por temor de violar las disposiciones acerca de inversiones
del TLC.
Como explica el experto en aspectos jurídicos del comercio Steven
Shrybman, "las disposiciones de inversionista-estado del TLC representan
nada menos que un desvío radical de las normas legales nacionales e
internacionales de por lo menos tres maneras fundamentales. En primer
lugar, otorgan a las empresas el derecho de ejecutar directamente un
tratado internacional del cual no son partes signatarias y según el cual
no tienen obligaciones. Segundo, extienden el arbitraje comercial
internacional a reclamaciones que no tienen nada que ver con contratos
comerciales sino con leyes y políticas gubernamentales. Tercero, crean
derechos jurídicos sustantivos con respecto a expropiación y tratamiento
nacional que van más allá de los que están a disposición de la ciudadanía
o de las empresas locales".
Toda reglamentación nueva, introducida por cualquier nivel de gobierno,
puede ser impugnada por las empresas del hemisferio que tengan intereses
en el sector en cuestión. Fundamentalmente, los gobiernos deberán estar
preparados a pagar un alto precio por el derecho de proteger la salud
ambiental, animal y humana en el ámbito de su mandato. El abogado en
asuntos comerciales Barry Appleton explica que "podrían condimentar la
comida de los niños con plutonio líquido; si se lo prohíbe y la empresa
productora es estadounidense, habrá que pagar una indemnización".
Los ministros del medio ambiente tienen actualmente una menor
jurisdicción que sus homólogos del sector comercial. Cuando los
ministros de los países del TLC anunciaron en diciembre de 1998 que
facultarían a la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCE)-la entidad
TLC que se ha convertido en un organismo de control sin poder-para
examinar los casos relacionados con el Capítulo 11, transgredieron los
límites establecidos por el ministerio canadiense de relaciones
exteriores y comercio internacional (DFAIT) y sus instituciones hermanas
de Washington y Ciudad de México. Meses después, los ministros del medio
ambiente invalidaron totalmente los nuevos poderes, limitando a la
entidad de tal forma que por poco casi la desmantelan.
Considerando estos antecedentes y la eliminación de la meta de desarrollo
sostenible en los principios del proceso del ALCA, no puede esperarse que
las problemáticas ambientales sean consideradas eficazmente en el pacto
comercial hemisférico.
Energía
Si bien no existe un grupo de negociación ALCA dedicado exclusivamente a
temas de energía, hay un consenso para llegar a un "acuerdo anticipado"
sobre este asunto en la cumbre de la Ciudad de Quebec del mes de abril.
Efectivamente, es muy probable que el ALCA haga eco de las disposiciones
sobre energía que forman parte integral del TLC.
En este acuerdo, los negociadores crearon una política energética
continental liberalizada, antiambiental y anticonservación, fundamentada
en exportaciones generadoras de grandes ganancias a corto plazo y de alto
costo, controlada por las empresas de energía transnacionales, con poco
interés en el aumento de precios o en las consecuencias ambientales se
sus acciones. Si se extiende al resto del hemisferio este régimen
energético desregulado, tendrá consecuencias devastadoras en la lucha
contra el uso excesivo de combustibles fósiles en los países de las
Américas.
Sería útil para los países latinoamericanos productores de energía como
Venezuela y Bolivia saber qué fue lo que pasó con las reservas
energéticas de Canadá bajo estas reglas, ya que éstas serán aplicables a
todos los países de Latinoamérica bajo el ALCA.
En Canadá, para cumplir con dichas disposiciones del TLC, se invalidaron
los poderes de la entidad reguladora National Energy Board y se
desmanteló la "garantía de suministro vital" que exigía que Canadá
mantuviese un superávit de gas natural suficiente para 25 años.
Actualmente, no hay ninguna entidad gubernamental ni ley que garantice
que los canadienses contemos con un suministro adecuado de energía propia
en el futuro. (No obstante, Estados Unidos ha declarado que su propia
reserva de 25 años sí es necesaria por razones de seguridad nacional y,
en consecuencia, actualmente la conserva.)
Los solicitantes de permisos de exportación, ya sean canadienses o
estadounidenses, ya no tienen que aducir evaluaciones de impacto de
exportación, y el sistema de distribución de gas íntegramente canadiense
fue abandonado, lo que generó la frenética construcción de gasoductos
norte-sur. Se prohibió la aplicación de impuestos al suministro
canadiense de energía y así los gobiernos perdieron una fuente de
ingresos tributarios, además de beneficiar a clientes estadounidenses con
lo que era un fijación de precios preferencial para clientes nacionales.
Más importante todavía, el acuerdo comercial impuso un sistema de
"repartición proporcional" mediante el cual el suministro canadiense de
energía a Estados Unidos está garantizado en perpetuidad. En lo que se
puede denominar una sorprendente renuncia de soberanía, el gobierno de
Canadá acordó que ya no tiene el derecho de "rechazar una solicitud de
licencia o revocar o cambiar una licencia de exportación de energía a
Estados Unidos", mismo si fuese por razones relativas a prácticas
ambientales o conservación.
Esto conllevó un aumento espectacular en la venta de gas natural a los
mercados estadounidenses; en una década, las exportaciones se han
cuadruplicado, ascendiendo a 8,5 mil millones de pies cúbicos (240
millones m3) por día. Aproximadamente el 55% de la producción total
canadiense de gas se exporta a Estados Unidos, donde las empresas de
distribución de ese país -que proveen a una población mucho más grande-
han logrado firmar contratos a largo plazo al menor precio posible. Los
consumidores canadienses deben ahora competir por sus propios recursos
energéticos contra una economía diez veces más grande con reservas que
decrecen permanentemente y una demanda que va en aumento. La situación
del sector petrolero es la misma. Canadá produce actualmente 2,3
millones de barriles por día y envía 1,3 de éstos a Estados Unidos.
Los acuerdos de libre comercio obligaron a Canadá a comprometerse a una
política energética controlada por exportaciones masivas y garantizadas a
Estados Unidos, al control empresarial de las provisiones y a una
política económica que depende más que nunca de la explotación de
recursos primarios. Debido a que, en relación con impugnaciones
comerciales, se eximió a los subsidios gubernamentales canadienses para
la exploración de petróleo y gas, los fondos públicos del país seguirán
siendo utilizados para la exploración no controlada de combustibles
fósiles ambientalmente destructivos, proceso que ya ha destruido los
hábitats del norte y amenaza los delicados desovaderos de la costa de
Cabo Bretón y Terranova, todo para el beneficio de las empresas
transnacionales.
En el ALCA, estas disposiciones se extenderán a los demás países de las
Américas, naciones que deben tomar conciencia de la pérdida de soberanía
en el suministro de energía y en la responsabilidad ambiental que
acompaña a esos recursos.
Agua
De igual manera, es improbable que, bajo el ALCA, Estados Unidos no
extienda a los demás países del hemisferio las disposiciones del TLC con
respecto a recursos hídricos. Estas disposiciones establecen un mercado
continental de agua en caso de que se inicien las exportaciones
comerciales de agua; este es un asunto que exige la atención inmediata de
aquellos países preocupados por los planes de privatización del
suministro de agua.
El Capítulo 3 del TLC establece obligaciones, incluso derechos de
tratamiento nacional, con respecto al acceso a mercados para el comercio
de bienes. Utiliza la definición de "bienes" del Acuerdo general sobre
aranceles aduaneros y comercio (GATT) que claramente incluye "aguas,
incluso aguas naturales o artificiales, y aguas aireadas".
Cuando se estaba negociando el TLC, sus opositores exigían que se
eximiese expresamente al agua. Los gobiernos argüían que en ese momento
el agua no se comercializaba en ninguno de los países del TLC; por lo
tanto, el agua en su estado "natural" gozaba de seguridad. Los
detractores argüían que toda protección de esta índole sería, en el mejor
de los casos, sólo temporaria y que en cuanto cualquier jurisdicción
comenzase a vender agua con fines comerciales, las disposiciones clave
del TLC entrarían en efecto, lo que socavaría el control público del
agua.
Existen tres disposiciones clave del TLC que ponen en peligro al agua una
vez que ésta se comercializa. La primera es la relativa a tratamiento
nacional, según la cual ningún país puede discriminar a favor de su
propio sector privado en cuanto al uso comercial de los recursos
hídricos. Una vez que se expide a una empresa una licencia para la
exportación de agua, los "inversionistas" (i.e. las empresas) de otros
países del TLC tienen el mismo "derecho de establecimiento" que las
empresas nacionales con respecto al uso comercial del agua.
La segunda disposición consta en el Capítulo 11, en la cláusula
inversionista-estado. Es aplicable al agua de dos maneras. En primer
lugar, si cualquier país, estado o provincia del TLC intenta autorizar
únicamente a empresas nacionales para exportar agua, las empresas de los
demás países del TLC tendrán derecho a indemnizaciones financieras.
Segundo, si cualquier gobierno del TLC promulgase legislación para
prohibir la venta de agua en grandes cantidades, en virtud de ese mismo
acto el agua se convertiría en un "bien" comercial; los derechos del
inversionista que constan en el Capítulo 11 entrarían en vigor gracias a
la misma ley que los excluye, posibilitando la demanda de indemnización
financiera por oportunidades perdidas.
La tercera disposición clave consta en el Artículo 315, "repartición
proporcional", la misma disposición que creó un mercado continental de
energía. Según los artículos 315 y 309, ningún país puede reducir o
restringir la exportación de un recurso una vez establecida su
comercialización. Además, ningún gobierno puede imponer un impuesto a la
exportación o cobrar más a los clientes de otro país del TLC que a los
clientes nacionales. Las exportaciones de agua estarían garantizadas al
nivel adquirido durante los 36 meses precedentes; cuanto más agua se
exporte, más será el caudal que se deberá exportar. Mismo si se
determinase que el movimiento masivo de agua daña el medio ambiente,
dichos requisitos continuarían en vigor.
El tratado ALCA que se ha propuesto contiene otra amenaza adicional
contra la soberanía y conservación del agua. La lista de servicios del
GATS cuya negociación se encuentra actualmente en curso, incluye
"servicios ambientales". Es muy probable que los servicios ambientales,
que incluyen servicios hídricos, se incorporen de manera similar al ALCA.
Esto significa que los servicios públicos de agua podrían ser impugnados
según las disposiciones de tratamiento nacional del acuerdo propuesto, lo
que ocasionaría que servicios tales como el suministro de agua o
tratamiento de aguas residuales sean privatizados y subcontratados a
empresas hídricas transnacionales como Suez Lyonnaise des Eaux y Vivendi.
Si cualquier gobierno intentase mantener los servicios de agua en manos
del estado, estas empresas tendrían enormes derechos de indemnización
según el Capítulo 11.
Esta pérdida de control público del agua es de suma urgencia para los
países latinoamericanos, donde la privatización, promovida en gran medida
por el Banco Mundial, se está extendiendo rápidamente.
Combinados con los acuerdos TBT y SPS de la OMC y los planes de acuerdos
"anticipados" en las áreas de silvicultura y pesca, el tratado ALCA
promete ser desastroso para la administración de las Américas.
Agricultura y Seguridad Alimentaria
Los agricultores de las Américas ya han sentido el impacto total de la
competencia mundial según los mandatos onerosos de los programas de
ajuste estructural del Banco Mundial y del FMI, como también el de las
disposiciones sobre agricultura de la OMC. Se ha retirado de la voz
inglesa "agriculture" (agricultura) el elemento "culture" (cultura),
reemplazándoselo con "business" (empresa). Bajo el nuevo sistema
alimentario mundial, la agricultura, mediante la cual los agricultores
cultivaban alimentos para el pueblo y las comunidades, ha sido
reemplazada por un sistema "agroempresarial", industria agroalimentaria
en la cual las empresas transnacionales producen alimentos con fines de
lucro sin que importen las normas de seguridad alimentaria o los derechos
de los agricultores.
Debido a que la OMC prohíbe los controles de exportación e importación,
sólo los agricultores sumamente grandes, los grandes países y las grandes
empresas podrán sobrevivir. En consecuencia, el acuerdo sobre
agricultura de la OMC ha beneficiado casi exclusivamente a las grandes
empresas agroalimentarias del mundo, sin que importe su país de origen.
Al elegir los acuerdos sobre agricultura (AOA) y las normas (SPS) de la
OMC, los negociadores tienen la intención de otorgar nuevos poderes
mediante este pacto para restringir los derechos tradicionales de los
agricultores y bajar el nivel de la legislación alimentaria. Según las
disciplinas de la OMC, los agricultores ya no pueden negociar
colectivamente los precios de los productos con compradores nacionales,
por una parte, y extranjeros, por la otra. La eliminación del soporte de
precios nacionales para proteger a los agricultores los ha dejado a la
merced de los precios internacionales.
Por otra parte, el acoso de los acuerdos AOA de la OMC contra las medidas
no arancelarias, tales como las normas ambientales y los programas de
gestión de suministro, ha sido utilizado para rebajar las garantías de
salud pública y protección de agricultores. Por ejemplo, mediante la
OMC, Estados Unidos ha impugnado exitosamente los requisitos impuestos
por Japón a las importaciones agrícolas en materia de pruebas de residuos
de plaguicidas en relación con la salud. Los países ya no pueden
mantener reservas alimentarias de emergencia en caso de sequía o cosecha
deficitaria; actualmente, deben comprar lo que necesitan en el mercado
abierto. "Autosuficiencia alimentaria" significa ahora contar con el
dinero suficiente para comprar comida, a diferencia de la habilidad para
producirla.
El acuerdo SPS de la OMC ha tenido un impacto terrible en el derecho de
los pueblos del mundo a contar con alimentos seguros. Canadá y Estados
Unidos han utilizado exitosamente el acuerdo SPS para revocar una
prohibición europea de la carne vacuna norteamericana que contiene
hormonas dañinas y posiblemente cancerígenas. La UE, sumamente sensible
a la preocupación por el trastorno de la vaca loca, puso en vigor una
interdicción del uso no terapéutico de hormonas en su sector alimentario,
citando diversos estudios que establecían un nexo entre éstas y la
enfermedad. El panel de la OMC exigió "certeza científica" de que estas
hormonas causan cáncer u otros efectos adversos para la salud,
eviscerando así el principio de precaución como base de los reglamentos
de seguridad alimentaria.
El ALCA parece estar dispuesto a promover un modelo de agricultura en el
hemisferio; los resultados serán devastadores para los agricultores de
Latinoamérica.
¿Qué depara el futuro para una América Latina bajo el ALCA?
Se está prometiendo todo tipo de cosas a los países de Centroamérica,
Suramérica y el Caribe con respecto al ALCA: se les dice que el comercio
y las inversiones más liberalizadas crearán la potencia comercial más
grande de la historia, ofreciendo prosperidad a los millones de
habitantes de la región que actualmente no tienen ni trabajo ni
esperanza.
Los latinoamericanos deben analizar estas promesas detenidamente antes de
firmar impulsivamente este pacto.
La realidad es que Latinoamérica ha estado viviendo bajo este modelo del
ALCA desde hace ya más de una década. Se fundamenta en los programas de
ajuste estructural del Banco Mundial y del FMI que los latinoamericanos
ya conocen muy bien. En primer lugar, fueron los criterios imperativos
de liberalización y privatización del ajuste estructural los que
ocasionaron el desmantelamiento de sus infraestructuras públicas. A fin
de cumplir con los requisitos de alivio de la deuda, decenas de países de
las Américas se vieron obligados a abandonar los programas sociales
públicos, lo que permitió a empresas extranjeras con fines de lucro
entrar y vender sus "productos" de sanidad y educación a los
"consumidores" que pudiesen pagar.
Actualmente, estos países tienen permiso para mantener dichos programas
únicamente para los más pobres. No obstante, estos servicios son tan
inadecuados que las empresas no tienen interés y, por ende, millones de
habitantes del hemisferio no cuentan con los elementos básicos de
educación y servicios de salud. No es de sorprenderse que los países
latinoamericanos estén sufriendo una invasión de empresas de salud
estadounidenses, tales como Aetna International y American International,
firmas que tienen una crecimiento anual de 20% en esa región.
Bajo el ALCA, el proceso se acelerará, lo que eliminará por completo la
medicina tradicional, la educación y la diversidad cultural.
Efectivamente, la meta es lograr una armonización mundial económica y
cultural, según un funcionario superior estadounidense de la OMC, quien
agrega que "básicamente, no se detendrá hasta que los extranjeros
empiecen a pensar como americanos, actuar como americanos y, sobre todo,
comprar como americanos".
La última década de liberalización de comercio e inversiones ha causado
mucho sufrimiento en Latinoamérica. Las tasa de interés sobre las deudas
han aumentado del 3% en 1980 a más de 20% en la actualidad.
Latinoamérica, como región tiene la tasa de distribución de ingresos no
equitativa más alta del mundo. Tras tomar la medicina del libre mercado,
hay más pobreza ahora que en 1980 y el poder adquisitivo del trabajador
latinoamericano ha decaído en un 27%. El 85% del crecimiento laboral ha
ocurrido en el sector precario, sin protección o beneficio alguno.
México, después de ocho años en el TLC, tiene un nivel de pobreza sin
precedentes de 70%. Durante esos años el salario mínimo perdió más de
tres cuartos de su poder adquisitivo. En la actualidad hay 90 millones
de latinoamericanos indigentes y 105 millones no tienen acceso a ningún
tipo de servicio médico. El número de niños que trabajan ha crecido
espectacularmente; hoy en día hay al menos 19 millones de niños que
trabajan en condiciones terribles. El movimiento desesperado que se
desencadenó para explotar los recursos naturales de la región ha causado
una degradación masiva del medio ambiente y el uso de plaguicidas y
fertilizantes se ha triplicado desde 1996; existen hoy 80.000 sustancias
químicas que se producen y utilizan en las Américas.
La explotación actual de los recursos naturales latinoamericanos por
parte de empresas canadienses y estadounidenses aumentaría
considerablemente bajo el nuevo pacto hemisférico. Las empresas
transnacionales de minería, energía, agua, ingeniería, silvicultura y
pesca tendrían nuevo acceso a la base de recursos invalorables de cada
país y contarían además con el derecho de impugnar a cualquier gobierno
que tratase de limitar dicho acceso, valiéndose de las disposiciones de
inversionista-estado. La habilidad de los gobiernos para proteger el
medio ambiente o establecer normas ambientales con respecto a la
extracción de recursos naturales se vería considerablemente reducida al
igual que el derecho del garantizar que las actividades de las empresas
extranjeras generen empleos en el lugar.
La afiliación al ALCA bajo estas condiciones "equivaldrían a un
suicidio", afirma la coalición de sindicatos del Cono Sur. En diciembre
de 2000, los principales sindicatos de Argentina, Brasil, Paraguay y
Uruguay celebraron una cumbre sindical del MERCOSUR, donde exhortaron a
los gobiernos para que sometan al ALCA a un plebiscito nacional, en el
cual, según creen, se derrotaría al tratado. El proceso ALCA está
aumentando un nivel de pobreza en la región que ya va en aumento, según
dijeron los líderes sindicales, y está imponiendo "límites a las
instituciones nacionales que deberían decidir el futuro de cada país,
dejando de lado los mecanismos que permiten a la sociedad garantizar la
administración democrática del estado".
Conclusión
Si las condiciones y recomendaciones de los grupos de negociación del
ALCA conforman la base sustantiva de un pacto de comercio hemisférico, el
proceso en su totalidad es inaceptable y los ciudadanos de las Américas
deben luchar para derrotarlo por completo. A pesar de que los gobiernos
declaran que estas nuevas reglas de comercio e inversión fueron
negociadas en colaboración con sus ciudadanos, el tratado propuesto para
el ALCA no refleja ninguna de las inquietudes expresadas por la sociedad
civil y contiene las disposiciones que los ambientalistas, grupos de
derechos humanos y justicia social, agricultores, pueblos indígenas,
artistas, trabajadores y muchos otros consideran más atroces. La
integridad de todos los programas sociales, reglamentos ambientales y
recursos naturales peligra bajo el ALCA. En su estado actual, no hay
colaboración alguna que pudiese convertir a este pacto comercial en un
acuerdo aceptable.
Esto no quiere decir que los ciudadanos de las Américas se opongan a las
reglas que rigen al comercio y a los vínculos económicos entre nuestros
países; siempre y cuando se basen en un conjunto diferente de supuestos
fundamentales, tal como la Declaración de Derechos Humanos de Naciones
Unidas y reglas ambientales sólidas, los ciudadanos de las Américas
estarían preparados a iniciar un proceso tendente a desarrollar lazos
estrechos entre ellos mismos y con los pueblos del mundo. No obstante,
éste no puede comenzar con los supuestos y las metas del ALCA.
Dicho proceso debe comenzar con una revisión de los tratados comerciales
actuales como los de la OMC y el TLC; es hora de concebir un nuevo
sistema de comercio internacional con fundamento en la democracia,
sostenibilidad, diversidad y desarrollo, alternativas con respecto a las
cuales se está realizando una valiosa labor. Por encima de todo, el
mundo del comercio internacional deberá dejar de ser el reino exclusivo
de las elites protegidas, los burócratas comerciales y los negociadores
del poder empresarial. Cuando entiendan lo que está en juego en estas
negociaciones hemisféricas, los pueblos de las Américas se movilizarán
para derrotarlas. Ése es el destino que las tratativas se merecen.
FUENTES
The State of the FTAA Negotiations at the Turn of the Millennium,
ponencia preparada para la conferencia "Trade and the Western
Hemisphere," organizada por la Southern Methodist University, Dallas,
Texas, 25 de marzo de 2000, por Sherri M. Stephenson, Vicedirectora de
Comercio, Organización de los Estados Americanos
Report to the Trade Negotiations Committee, documento de acceso
restringido del grupo de negociación sobre servicios del ALCA, donde se
delinea su mandato, filtrado en octubre de 2000
Services and Trade in the Western Hemisphere: Liberalization, Integration
and Reform, colección compilada por Sherri. M. Stephenson, Brookings
Institute, Washington, 2000
Social Exclusion, Jobs, and Poverty in the Americas, escrito preparado
para el foro Americas Civil Society Forum, noviembre de 1999, Toronto,
por Hemispheric Social Alliance and Common Frontiers-Canada
Forgotten Promises and Forgotten Lessons: The OAS, the FTAA and
Environmental Protection, escrito preparado para el International Centre
for Democratic Development Workshop, Windsor, 5 de junio de 2000, por
Christine Elwell, miembro del Sierra Club of Canada
Navigating NAFTA, A Concise User's Guide to the North American Free Trade
Agreement, Barry Appleton, Carswell, Toronto, 1994
MAI, The Multilateral Agreement on Investment and the Threat to Canadian
Sovereignty, Tony Clarke y Maude Barlow, Stoddart, Toronto, 1997
Whose Trade Organization? Corporate Globalization and the Erosion of
Democracy, Lori Wallach y Michelle Sforza, Public Citizen, Washington DC,
1999
GATS: How the World Trade Organization's New "Services" Negotiations
Threaten Democracy, Scott Sinclair, The Canadian Centre for Policy
Alternatives, Ottawa, Ontario, 2000
The World Trade Organization, A Citizens' Guide, Steven Shrybman, The
Canadian Centre for Policy Alternatives, Ottawa, Ontario, y James Lorimer
and Co. Ltd, Halifax, Nueva Escocia, 1999
Invisible Government, the World Trade Organization: Global Government for
the New Millennium?, Debi Barker y Jerry Mander, International Forum on
Globalization, San Francisco, 2000
Investigación sobre servicios: Ellen Gould, Vancouver Investigación sobre
comercio electrónico: Sarah Anderson of the Institute for Policy Studies,
Washington Investigación sobre Latinoamérica: Karen Hansen-Kuhn,
Development Gap, Washington
Print Frame
The Council of Canadians
502-151 Slater Street, Ottawa, Ontario, K1P 5H3,
Canada
Telephone: 613-233-2773, 1-800-387-7177 - Fax:
613-233-6776
www.canadians.org - inquiries@canadians.org
Maude Barlow es presidenta nacional del Council of Canadians, el grupo de
propugnación pública más grande de Canadá, y una de las directoras del
International Forum on Globalization. Es autora y coautora de 12
bestsellers. Su nuevo libro, Global Showdown: How the New Activists are
Fighting Global Corporate Rule, escrito juntamente con Tony Clarke, será
publicado por la editora Stoddart en febrero de 2001.
http://www.alainet.org/active/1637
|
|
|
[Página de búsquedas]
[Página principal]
[Main Page]
[Regresar]
Quienes somos | Área Mujeres |
Minga Informativa de Movimientos
Sociales
|
|